El Juez César Zaratiegui hizo lugar a la petición de las partes y autorizó la aplicación del instituto de juicio abreviado, en el marco del artículo 355 del código procesal penal, condenando a Oscar Dardo Villagrán por el suceso ocurrido en fecha 3 de mayo de 2017 en un horario previo a las 21,25 en perjuicio de un menor, calificado como homicidio culposo y lesiones leves culposas en concurso ideal en carácter de autor, previsto en los artículos 84, 1er. párrafo y 89, 54 y 45 del código penal, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para conducir por el término de cinco años.
El Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general jefe Silvia Pereira, dijo haber llegado a un acuerdo con el defensor Fabián Gabalachis, para imprimirle al caso la aplicación de juicio abreviado, reconociendo el imputado la admisión de responsabilidad en el hecho descripto en la acusación. De acuerdo a esto, destacando el trabajo llevado adelante por el funcionario de fiscalía Lucas Koltsch, se pudo establecer que aquel día, Oscar Dardo Villagrán, sabiendo lo que hacía, conociendo la significación que su conducta poseía, dejó estacionado frente a su domicilio en la calle Pellegrini norte al 600 de Trelew, en un horario previo a las 21,25 un camión marca Fiat 619, con un acopladito de cuatro ruedas agrícola, y el mismo, se encontraba enganchado con su correspondiente acoplado cargado con 250 fardos, lo que pesaba aproximadamente 20980 kgs.
A raíz de una falla presentada en el sistema de frenos y bloqueos, sumado a la pendiente que posee la calle donde se encontraba estacionado, originó que dicha unidad se moviera cuesta abajo y comenzara su derrotero de aproximadamente 300 metros por la calle Pellegrini norte, arrasando con todo lo que se interponía a su paso, como fue un techo tipo alero para el resguardo de un vehículo, el cuál también resultó afectado con diversos daños, como así también un Fiat 147 con serios destrozos en su carrocería, el frente de algunos domicilios y nichos de gas, entre varios objetos.
Este derrotero culmina cuando embiste y aplasta a un vehículo chevrolet corsa que circulaba por calle Pietrobelli, produciendo lesiones leves en tres de sus ocupantes, dos mujeres mayores y una menor. Iba con ellas un menor de ocho años, quien falleció en el hospital zonal a causa de los politraumatismos, debido a los aplastamientos del camión que colisiona sobre el vehículo corsa, que se encontraba estacionado. A tal hecho se lo calificó como constitutivo del delito de homicidio culposo y lesiones leves culposas, tres hechos, en concurso ideal en calidad de autor.
Si bien es cierto que la aplicación del juicio abreviado no requiere acuerdo de las víctimas, las mismas fueron notificadas del mismo a través de su abogado, tal como fue manifestado en el alegato de la fiscal general. El imputado Oscar Villagrán manifestó en forma expresa que efectivamente ha entendido cabalmente el funcionamiento del instituto solicitado por la fiscalía y su defensa, prestando conformidad con el procedimiento y admitió su autoría y participación en el hecho descripto precedentemente y consintiendo la imposición de la pena propuesta.