Por pedido de la Fiscalía, el Juez Jorge Novarino formalizó otra investigación preparatoria de juicio contra el ex intendente Sebastián Balochi y los ex funcionarios municipales Rubén Camarda y Daniel Miguenz. En el transcurso de los últimos dos meses, los dirigentes políticos y el ex asesor contable, fueron imputados en tres causas judiciales.
Las calificaciones legales provisorias contra los procesados es la de presuntos autores del delito de administración fraudulenta. La última denuncia fue por la licitación para la construcción de la obra Escuela de Artes y Oficios .
En la sala de audiencias de la Oficina Judicial se desarrollo una audiencia de apertura de la investigación preparatoria de juicio. El acto judicial fue presidido por el magistrado Jorge Novarino.
Los imputados Balochi y Camarda, fueron asistidos legalmente por los abogados de la Defensa Publica, Gustavo Oyarzun y Marcelo Catalano. En tanto, Miguenz, recibió la asistencia técnica del abogado particular Guillermo Klaur.
La pieza de apertura de investigación presentada por el representante del Ministerio Publico Fiscal indica que el 2 de junio del 2015, mediante resolución N° 526/15, el ex intendente municipal decidió instrumentar un proceso licitatorio para la construcción de la Obra Escuela de Artes y Oficios.
La fecha tope para la recepción de ofertas, fue establecida para el 3 de julio de ese año. En tanto, la apertura de sobres, se programo para tres días después.
Asimismo, se publicaron avisos haciendo saber que el presupuesto de la obra sería de 8.352.136 pesos. Ante la falta de oferentes, el gobierno municipal resolvió prorrogar dichos plazos.
Así las cosas, el 7 de agosto de dicho año se procedió a la apertura de sobres, con dictamen legal y de la comisión de pre adjudicación.
En este marco, la construcción de la obra se adjudico a la Empresa «Ledesma». En este sentido, Meneses señalo que en esta ocasión el presupuesto fue por un monto de 10.406.079 pesos, es decir, un 24,59% por encima del presupuesto inicial,-
Por otra parte, la investigación sostiene que el 26 de noviembre del 2015, se adjudico la obra y el 2 de diciembre, se celebro el contrato de construcción de Escuela de Artes y Oficios, entre el ex mandatario municipal y el representante de la Empresa Constructora «Ledesma y Cía. S.R.L».
Al día siguiente, la empresa constructora solicitó “Anticipo Financiero en Contrato”. La parte investigadora, afirma que la compañía realizo ese pedido , sin intervención de la Dirección de Rentas de la Provincia de Chubut y sin dar razones del apartamiento del pliego de bases y condiciones.
En tanto, el 4 de diciembre, Rubén Alberto Camarda (a cargo de la Intendencia Municipal) , con la participación de Graciela Nuñez ( a cargo de la Secretaria de Coordinación de Gabinete) resolvieron pagar el anticipo solicitado por la empresa Ledesma. El monto requerido fue de 2.081,216 pesos.
En este contexto, Meneses considero que el procedimiento resultó violatorio de las normativas existentes en la materia. El proceso establece que el Concejo Deliberante, debe efectuar la autorización prevista en la Ordenanza N° 49/12, mediante la cual se establece el Sistema de Compras y Contrataciones.
Para mayor precisión, el Fiscal dio lectura al artículo 4 de la ordenanza, donde indica que: “Corresponde al Concejo Deliberante autorizar la contratación de ejecución de obras públicas municipales, su conservación y mantenimiento. En el acto de autorización el Honorable Concejo establecerá las modalidades de Contratación y aprobará en su caso el pliego de Bases y Condiciones dentro de lo establecido en la Ley XVI N° 46”.
Otra de las documentaciones incorporadas a la pieza enunciatoria, fue un informe del Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut. El organismo de control, comunico que se adjudicó la obra a la Empresa Ledesma , en un 24,59%, por encima del presupuesto inicial, sin precisar el mes base con el cual se calculó el precio.
También sostiene que los planos de obra, de planta, cortes, y cálculo de estructura deberían tener aprobación municipal. Por otra parte, el ente controlador agrega que no surgen de los planos aportados de servicios de agua, cloaca, energía eléctrica y gas, la firma de un profesional habilitado.
Por último, el Tribunal de cuentas afirmo que no existen constancias de partidas presupuestarias a la que se pretende afectar, ni saldos para la ejecución de la obra.
Sobre la calificación legal, la parte acusadora, propuso que se investigue a los ex funcionarios municipales como presuntos co autores del delito de administración fraudulenta agravada por haber sido cometida contra la administración pública. Para finalizar su investigación, peticiono un plazo de seis meses.
Para Meneses, el accionar descripto, ha producido un claro perjuicio a la administración pública, local.
A su turno, los abogados defensores coincidieron en requerir al magistrado, que no aperture la investigación judicial contra sus asistidos. Los argumentos del abogado defensor de Balochi y Camarda se orientaron a que en el relato del Ministerio Publico Fiscal, no dice que si mediante esta operatoria los imputados obtuvieron un beneficio para ellos o para terceros. Tampoco determina cual es el perjuicio concreto que se le habría causado a la administración publica local.
A criterio de la parte de la Defensa Publico, en estas condiciones, sus asistidos no pueden ejercer una defensa concreta, porque desconocen circunstancias elementales de la atribución que les hace la Fiscalía.
En este marco, Novarino indico que el escrito de apertura presentado por la Fiscalía es sucinto y precario, en cuanto a la determinación concreta de los hechos que está investigando, de todos modos se logro identificar la calificación legal provisional y el accionar de los imputados.
En consecuencia, resolvió hacer lugar a la apertura de la investigación preparatoria de juicio contra los ex funcionarios municipales, bajo la calificación legal provisoria propuesta por el Ministerio Publico Fiscal. También entendió que el plazo solicitado es razonable y otorgo a los investigadores seis meses para culminar las tres investigaciones.
Por último, el magistrado hizo lugar al pedido del abogado defensor Oyarzun, quien requirió la acumulación de las tres carpetas judiciales