Este lunes en el Boletín Oficial de Chubut, se formalizó la declaración de Emergencia Carcelaria en la provincia, firmada por el Gobernador Mariano Arcioni.
En el mismo se puede leer la declaración de Emergencia Carcelaria en todo el territorio de la Provincia del Chubut, por el término de un un año, pedido por el Ministerio de Gobierno y firmado por el Gobernador, debido a la sobrepoblación en las cárceles, la incapacidad de recibir nuevos detenidos, el incremento de condiciones de insalubridad al recibir nuevos ingresos y violencia intercarcelaria. También remarcan que gran parte de la población carcelaria se encuentra alojada en Comisarías por no contar con mas lugares en las cárceles, por lo que, al ser un deber del Estado Provincial garantizar la plena observancia de los derechos y garantías constitucionales de las personas privadas de la libertad, corresponde declarar la emergencia carcelaria.
La declaración:
PODER EJECUTIVO: Declárase la Emergencia Carcelaria
Dto. N° 425/18
Rawson, 25 de Junio de 2018
VISTO:
El Expediente N° 1188-GB-2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto, el Ministerio de Gobierno solicita la declaración de emergencia carcelaria en todo el territorio provincial, según lo indicado en la Nota N° 73/18 SSG-MG, obrante a fojas 01;
Que dicha cartera de estado, a través de la Subsecretaria de Protección Ciudadana dependiente de la Secretaria General de Gobierno, tiene a su cargo la coordinación en materia de ejecución de políticas en materia penitenciaria, en los diferentes ámbitos de detención y encierro, en articulación con el Consejo Federal Penitenciario, como así también la promoción de políticas y programas relativos a la readaptación social;
Que en relación con lo expuesto, el Artículo 51° de la Constitución Provincial establece que ‘’…los lugares de detención serán seguros, sanos y limpios, y constituyen centros de recuperación y trabajo, en los que no puede privarse al individuo de la satisfacción de sus necesidades naturales y culturales, con arreglo a la ley y reglamentaciones que se dictan… «
Que a efectos de materializar esta directiva constitucional, el Poder Ejecutivo ha impulsado una política penitenciaria que incluye grandes inversiones en infraestructura carcelaria, como así también la formación y capacitación de las fuerzas de seguridad encargadas de la custodia de los reos, y la adquisición de dispositivos electrónicos para la prisión domiciliaria; Que además de estas medidas también se ha propuesto la ejecución de dos nuevas alas en el Instituto Penitenciario Provincial N° 1 de la ciudad de Trelew;
Que a pesar de los enormes esfuerzos realizados, la realidad carcelaria evidencia un escenario crítico, teniendo en cuenta que el sesenta y dos por ciento (62%) de los lugares de detención disponibles en la Provincia se encuentran completos o con sobrepoblación, y el restante porcentaje con incapacidad real recibir nuevos detenidos;
Que los nuevos ingresos a las unidades de detención aumentan las condiciones de insalubridad y en algunos
casos añaden factores de violencia intercarcelaria, circunstancia que -de llegar a prolongarse- podrían afectar aspectos esenciales de las condiciones de encierro;
Que por otro lado, gran parte de la población carcelaria se encuentra alojada en Comisarías, circunstancia que implica un deterioro de las condiciones de infraestructura que no fue prevista originariamente para tal fin;
Que esta situación también da lugar a la promoción de acciones judiciales, teniendo en cuenta que podrían limitarse o conculcar derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad y el consecuentemente el agravamiento ilegítimo en la forma o condiciones de detención;
Que en definitiva, el escenario descripto revela la necesidad de normalizar de manera inmediata la situación
carcelaria en el territorio provincial, a través de herramientas y mecanismos que permitan mejorar sustantivamente las condiciones de detención;
Que por todo lo expuesto, siendo un deber indelegable del Estado Provincial garantizar la plena observancia de los derechos y garantías constitucionales de las personas privadas de la libertad, corresponde declarar la emergencia carcelaria;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales dependiente de la Secretaría General de Gobierno del Ministerio de Gobierno;
Que ha tomado legal intervención el Sr. Asesor General de Gobierno;
POR ELLO
El Gobernador de la Provincia del Chubut
DECRETA:
Artículo 1º.- Declárese la Emergencia Carcelaria en todo el territorio de la Provincia del Chubut, por el término de un (1) año en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamento de Gobierno y de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Dr. FEDERICO MASSONI
Sr. MARCIAL PAZ