Tras la apelación presentada por la defensa de Omar “Cura” Segundo a la condena a nueve años de prisión que le propinara el Tribunal Oral Federal con asiento en Comodoro Rivadavia en octubre de 2017, la misma permanece en estudio en la Sala 3, Vocalía 7, de la Cámara de Casación Penal, a cargo de los doctores Carlos Alberto Mahiques, Liliana Catucci y Eduardo Rafael Riggi y el último movimiento que registró el expediente data de una fecha reciente, el 10 de julio del corriente año.
Cabe señalar que una vez radicada la causa en dicha cámara, la misma no tiene un plazo prefijado para confirmar o modificar la sentencia, y según se supo, la Cámara no ha realizado audiencia alguna sobre el caso, y no es obligación realizarla, bien puede fallar sin hacerla según los profesionales de las leyes.
El 10 de junio de 2013, un operario manipulaba una caja de langostino que estaba preparándose para exportar a Vigo, España, cuando el mismo se le cae, se rompe y detectan que en medio de los crustáceos había bolsitas que contenían cocaína. A partir de allí comenzó una compleja trama, con una polémica investigación desde el inicio, ya que de entrada se suponía que había una tonelada de cocaína y en el transcurrir de poco más de doce horas se diluyó en poco más que 110 kilos.
LA CONDENA
Tres años después, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, integrado por los doctores Enrique Jorge Guanziroli, Nora M. T. Cabrera de Monella y el juez subrogante de Ushuaia Luis A. Giménez resolvieron condenar a Héctor Omar Segundo, alias “Cura” a 9 años de prisión por almacenamiento de estupefacientes y una multa de 15 mil pesos, más accesorias y costas. La misma condena impuso a Nicolás Seoane, el broker que fue una parte importante en la organización del intento de exportación de 110 kilos de cocaína, que fuera hallado en las cámaras de frío de la empresa Poseidón el 10 de junio de 2013. También bajo la figura de almacenamiento de estupefacientes y la misma multa más accesorias y costas.
Para el único detenido en la causa, el ciudadano español Rafael Aranda Barberá, también se impuso la pena de 9 años de prisión y una multa de 15 mil pesos por el delito de transporte de estupefacientes. Aranda Barberá había planteado una excarcelación, pero el 6 de octubre de 2017, el mismo tribunal no hizo lugar.
Mientras tanto, el taxista marplatense Juan Eduardo Burgos, quien fuera pieza clave para la conformación de la empresa Mar Pesca Azul Argentina para realizar la exportación, le cupo una pena de cuatro años de prisión y una multa de ocho mil pesos.
A más de cuatro años del episodio, el único que se encuentra detenido es el ciudadano español Aranda Barberá, mientras que los otros condenados gozan de libertad hasta tanto quede firma la condena. Cosas del Código Penal.