Audiencia de control y apertura por abuso de arma y lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego.
A mitad de la mañana del martes se llevó a cabo en la Oficina Judicial la audiencia de control de detención y apertura por un hecho acontecido el pasado 3 de noviembre, que tiene como imputado a un funcionario policial, Sandro Vilte. El fiscal solicitó se le formalice el hecho, se declare legal su detención y se le dicten medidas sustitutivas. Por su parte la defensora no cuestionó el relato del hecho pero si la calificación legal provisoria.
Presidió el acto Alejandro Soñis, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Adrián Cabral, fiscal general y Patricia Rivas, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Cristina Sadino, defensora pública.
El fiscal se refirió brevemente al hecho a investigar acontecido el pasado 03 de noviembre de 2019, a las 21:00 hs aproximadamente, tres personas se hicieron presentes en la vivienda sito en Calle Código 2456 al 1.400, del Barrio Standart Norte de esta ciudad, previo romper la puerta de acceso lateral, e intentaron ingresar a la misma. Dicho accionar fue advertido por el Sargento Sandro David Vilte, funcionario policial quien se encontraba de franco, desde su domicilio sito en Calle Código 2456 al 2.400 el cual está situado en diagonal a la vivienda mencionada, y dio aviso a la policía desde su teléfono celular al centro de monitoreo. Acto seguido, Vilte se dirigió a esa vivienda llevando en sus manos una maza y le dijo a los nombrados “ustedes acá no se pueden meter, acá trabajó mi mamá”, y se retiró a su domicilio. Transcurrido pocos minutos, Vilte regresó nuevamente a la citada vivienda, llevando consigo, además de la maza, su arma reglamentaria, y sin mediar palabra alguna comenzó a efectuar disparos hacia las extremidades inferiores de los ocupantes. Personal policial se constituyó en el lugar con motivo del llamado del imputado, quienes al arribar observaron a Vilte que llevaba un arma de fuego y un martillo tipo maza, y que ante el reclamo de una de las personas que cesara su actitud, éste efectúo un disparo hacia el suelo de manera intimidante, siendo aprendido de manera inmediata por el personal policial actuante. Calificando provisoriamente el mismo como “abuso de armas, en concurso real con lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego, dos hechos”, en calidad de “autor” para Vilte.
Ante una interrogación del juez, el fiscal refirió a que se formarán actuaciones hacia estas tres personas que se encontraban en la vivienda antes referidas, por la presunta comisión del delito de usurpación.
Cabral solicitó se declare legal la detención del imputado, ya que fue detenido en flagrancia. Existen elementos de convicción para sostener que Vilte es con probabilidad el autor del hecho, y riesgo de entorpecimiento. A los fines de cautelar el proceso solicitó la prohibición de acercamiento y contacto de Vilte hacia las tres víctimas por 6 meses. Requiriendo el plazo de ley para concluir con la investigación.
Por su parte la defensora no cuestionó el relato del hecho pero si la calificación legal provisoria, recordemos que llega y ve un número de personas ingresando a una vivienda que no es la suya, fuerzan el candado. Son vecinos, los conoce y es funcionario policial. Ante la comisión de un delito, tiene el deber de proceder, argumentó la defensa. No debemos olvidar en el contexto en que se enmarcó el accionar de mi asistido. No realizando observaciones acerca de la legalidad de la detención.
Finalmente el juez penal resolvió que hubo varias circunstancias en la audiencia, la primera es la posible comisión de un ilícito, de usurpación, por los aquí traídos como víctimas. La segunda es que el propio imputado ha llamado a la policía. Esta situación ha sido una situación violenta que debe analizarse a fondo si el accionar del imputado debe enmarcarse en legítima defensa propia o de terceros, o si ha habido un exceso en su actuación. Declarando legal la detención, en flagrancia, dando por formalizada la presente investigación, por anoticiado el hecho que se investiga en su contra y por asegurada su defensa técnica. Dictando finalmente la prohibición de acercamiento y contacto con las 3 víctimas por 6 meses, al igual que el plazo de investigación.