Los ediles de la ciudad aprobaron la ordenanza en la última sesión del Concejo Deliberante. Por otro lado, el concejal Tomás Buffa cuestionó la aplicación de multas digitales remotas en el SEM, por la falta de definiciones sobre lo que debe considerarse como «notificación fehaciente».
En la última sesión del Concejo Deliberante se aprobó una ordenanza vinculada al límite de consumo de alcohol permitido para quienes vayan a conducir un automóvil. Al respecto, el concejal Tomás Buffa confirmó a Actualidad 2.0 que los ediles aprobaron el proyecto de «Tolerancia Cero».
El edil integrante del bloque de Juntos por el Cambio en la última sesión del Concejo Deliberante sostuvo que «en la última sesión se resolvió por unanimidad la aprobación de la ordenanza de Tolerancia Cero para la circulación en vehículos». Recordó que «esta iniciativa estaba presentada en Comodoro hace mucho tiempo, estaba frenada en Comisión desde el año pasado».
En ese sentido, señaló que «uno de los trabajos que estamos haciendo en comisiones es ver la agenda que quedó pendiente, que se puede trabajar y que se puede mandar a despacho, este proyecto fue trabajado en comisión, recibió despacho y luego fue aprobado por el pleno de concejales».
Hasta el momento, el límite permitido de alcohol al volante era de 0,5 gr/l. «Ya han sido notificados los juzgados de faltas, con lo cual entiendo que ya está vigente, y entiendo que habrá que comunicarlo al cuerpo de Tránsito para que lo implementen en los controles».
Mencionó que en las provincias donde se aplicó la Tolerancia Cero se notó una disminución en los siniestros, aunque reconoció que «va a llevar un tiempo que la comunidad se acostumbre a esta nueva normativa».
«Las multas son las mismas, que están valuadas por módulos, y es el juzgado de faltas el que le corresponde valuar la cantidad -si el mínimo o el máximo- en función de la reincidencia u otras variables», acotó.
Aplicación de multas remotas en el SEM
En cuanto a las multas remotas que se estarían aplicado en el Sistema de Estacionamiento Medido, que ya está vigente, Buffa indicó que esto no está reglamentado dentro de la ordenanza aprobada ni de la normativa publicada.
Según se supo, días atrás comenzaron a labrarse multas de manera digital y remota a aquellos vehículos que, habiendo estacionado en un lugar donde rige el SEM, no registraron una activación del servicio en los siguientes 10 minutos.
«Lo que no queda muy en claro es cómo se comunicaría fehacientemente la aplicación de una multa digital, ya que si te dejan el papelito en el vidrio tenés 5 días para hacer el descargo, pero en el caso de la multa digital no», cuestionó Buffa.
Recordó que «primero se creó el sistema medido por tarjeta, después se modifica y se incorpora el digital con la aplicación para celulares, después se habilita al inspector a labrar multas que no son infracciones de tránsito sino que son violaciones a la norma del estacionamiento medido.»
Remarcó que la multa no es labrada por los becarios del SEM que tienen la función de controlar la activación del turno de estacionamiento, sino por inspectores de tránsito. En el caso de la aplicación de las multas remotas -que no requieren de la presencia física del inspector donde está el vehículo- señaló que «no está plasmado ni reglamentado en la ordenanza ni en la normativa publicada; no sé si el Ejecutivo habrá reglamentado eso».