Chubut

Mallines, los humedales patagónicos en peligro. Silenciosas esponjas verdes camino a la desaparición

Por: María José Quintana Dourado, abogada, especializada en ambiente.

La palabra “mallín” es de origen Mapuche y significa “suelo inundado” con este término se designa a los humedales patagónicos, esas pocas áreas de color verde intenso que aún sobreviven en las zonas aledañas a la cuenca petrolera del Golfo San Jorge.

Estos ecosistemas patagónicos son muy frágiles y suelen pasar desapercibidos, sin embargo revisten una gran importancia para el ambiente: son filtros de agua, fuentes de alimento y agua dulce; controladores de inundaciones; recarga de aguas subterráneas; absorbedores de C02 y mitigadores del cambio climático.

Históricamente la industria petrolera los ha destruido, y hoy en día quedan muy pocos humedales patagónicos. En la actualidad está PROHIBIDO hacer pozos de petróleo o movimientos de suelo en zona de mallines. Sin embargo, se lo sigue haciendo, y el Ministerio de Ambiente del Chubut llega tarde cuando toca protegerlos; controla de manera ineficiente; no cuenta con los recursos ni la infraestructura necesarios y como autoridad de aplicación tampoco brinda información cuando es requerida por los afectados.

Este último no es un dato menor, pues recordemos que acceder a la información pública ambiental es un derecho humano reconocido por la Convención Americana de DDHH con jerarquía constitucional y hace al control republicano de los actos de gobierno, la transparencia y la participación ciudadana.

Los mallines, como humedales de los patagónicos que son, están protegidos por la Convención de Ramsar, a la cual Argentina adhirió, y ha sido puntapié inicial del inventario nacional de humedales. Todo con fines de visibilizar y proteger estas áreas de gran importancia para el desarrollo de políticas públicas que protejan el ambiente no solo para nosotros sino para las generaciones futuras.

Restaurar un mallín destruido es muy difícil de lograr, debido a su delicada hidrodinámica, por lo cual cada acto de destrucción implica no sólo un daño ambiental en términos de la Ley General del Ambiente 25675 (LGA), violación del derecho humano al ambiente sano consagrado en el Art. 41 de la Constitución Nacional, sino que incluso implica un delito.

El Código Penal de la Nación prevé en el Art. 183, una pena de quince días a un año, para aquél “que destruyere, inutilizare, hiciere desaparecer o de cualquier modo dañare una cosa mueble o inmueble o un animal, total o parcialmente ajeno, siempre que el hecho no constituya otro delito más severamente penado” en tanto se agrava la pena de tres (3) meses a cuatro (4) años de prisión, si se comete en despoblado. Este delito se integra con el concepto de daño ambiental que define la LGA como “toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos”.

El derecho ambiental tutela el ambiente como tal, por ser presupuesto para el desarrollo humano y la salud. Cada proyecto que implique una afectación al ambiente debe pasar previamente por una Evaluación de Impacto Ambiental, la cual controla el Ministerio de Ambiente, y debe pasar por una audiencia pública en donde la comunidad toda participe y opine. Sin este requisito, la actividad es clandestina, es decir genera un daño ambiental que incluso puede configurar un delito.

Recientemente en el Yacimiento El Trébol que explota la Operadora YPF SA se está construyendo un pozo que pone en riesgo un mallín, y una serie de ejemplares de molle (planta autóctona de gran longevidad) lo cual se puede evitar por son pozos “dirigidos” y se debe evitar por los principios ambientales preventivo y precautorio. Dicho proyecto no atravesó por la Evaluación de Impacto ambiental ni audiencia pública, sino que sólo recibió una “aprobación condicionada”, según la escueta información que hasta ahora ha otorgado el ministerio de ambiente a la comunidad.

Es grave que cosas como estas sigan ocurriendo aun hoy, que la sociedad ha tomado mayor conciencia ambiental y del fuerte impacto que el cambio climático acarrea a las vidas de las personas, como las inundaciones, sequías, falta de agua, plagas y problemas de salud.

Por lo cual resulta necesario estar alertas como ciudadanos y tomar participación accediendo a información de calidad al respecto, y participando en la toma de decisiones sobre cuestiones que afectan al ambiente y al agua como derechos humanos que son, y es nuestro deber preservar y proteger para nosotros y para las futuras generaciones.

Dejanos tus comentarios

Comments are closed.