Chubut

Se rechazó sumario contra la Jueza Suàrez por falta de merito

Por: Mariel Suárez Jueza Penal de Chubut

SE RECHAZO SUMARIO POR FATA DE MERITO: La preocupación era preservar los derechos del detenido.

Lo dijo la instructora sumariante, en el sumario que se instruía en mi contra desde la Ciudad de Esquel, la Jueza de la Cámara Penal Carina Estefanía, que se encontraba a cargo.

Sumario que tuvo su inicio por la denuncia de un colega –el Juez Penal Mariano Nicosia- quien frente a un pedido de la defensa le imprimió por su cuenta trámite de habeas corpus al reclamo, y atormentado por la situación resolvió elevar la causa al Superior Tribunal de Justicia para que en definitiva, se sume a mi haber un nuevo trámite del cual debía defenderme.

Entrenada en estos temas, decidí defenderme a mí misma sin asistencia letrada, conforme me autoriza la ley, ya que todo magistrado puede defenserse a sí mismo y a sus familiares directos sin matricularse y en ese contexto fue que asumí mi propia defensa.

El caso se trataba del hombre que había quedado colgado de un poste de tendido eléctrico el 5 de febrero de éste año, el cual había sido trasladado por personal policial directamente al hospital y las partes técnicas reclamaban la realización de la audiencia de control de detención conforme lo establece la norma procesal vigente.

Resulta que el estado de salud de esta persona era criticó, se encontraba inconsciente y esto se pudo acreditar en el sumario.

A parte de la inconsciencia, tuvo que ser intervenido quirúrgicamente y además había dado positivo de Covid 19, lo que dificultaba a todas luces el contacto con sus abogados de la defensa pública y por supuesto, la realización de la audiencia de control de detención.

Sin embargo, y frente al pedido de la defensa de que cesara la custodia policial en el nosocomio local, el juez interviniente en ese entonces, no tuvo mejor idea que elevar la causa a sumario en mi contra, en vez de resolver simplemente lo que correspondía e interpretar que siempre se veló por el derecho a ser oído de la persona.

Es que cuando una persona es detenida o demorada por las autoridades policiales, cuenta con el derecho de presentarse ante un juez para exponer su situación y este no se trata de una disposición de mero trámite, sino de una cláusula constitucional y convencional vinculada al debido proceso legal.

Así lo reconoció la instructora sumariante quien sostuvo en su resolución final “Ninguno de los/as funcionarios/as y magistrados/as -de Fiscalía, de la Defensa y de la OFIJU- que intervinieron en el caso dieron cuenta de una actitud caprichosa, arbitraria o malintencionada de la Jueza actuante. Por el contrario, con total honestidad depusieron sobre las distintas alternativas que fueron analizando, reconociendo la voluntad y el interés de la Jueza en preservar los derechos del detenido.”

Y por ello consideró que no había merito para formular cargos en mi contra.

 

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