Una profunda preocupación y un creciente malestar sacuden al sistema sanitario argentino tras conocerse la puesta en marcha de una controversial normativa oficial.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica comenzó a aplicar un tributo a la importación de insumos médicos de alta complejidad y tratamientos de alto costo, cancelando de un plumazo los esquemas de exención que se mantenían vigentes. La medida encendió alertas extremas en clínicas privadas, obras sociales y colectivos de pacientes, quienes denuncian que la falta de implementación operativa congeló las gestiones de familias vulnerables.
Bloqueo de trámites con CUD y severas fallas en la implementación
La drástica medida se fundamenta en la Disposición 5461/2026 y afecta de manera directa a los expedientes iniciados por particulares con Certificado Único de Discapacidad (CUD). El organismo conducido bajo la órbita del ministro de Salud, Mario Lugones, emitió una comunicación interna donde especificó que no se procesarán nuevas exenciones y que las ya otorgadas quedaron invalidadas, pasando el pago de la nueva tasa a ser un requisito obligatorio para destrabar los expedientes.
Sin embargo, el escenario se tornó crítico debido a un grave fallo de gestión: el Estado no definió el instructivo de procedimiento ni activó el código de pago operativo para saldar el tributo. Esta omisión burocrática provocó que los trámites para importar insumos vitales queden absolutamente paralizados, dejando a cientos de familias sin una vía formal de reclamo o solución inmediata.
El impacto de los aranceles y la contradicción con leyes vigentes
El nuevo esquema impositivo fija una tasa sobre el despacho a plaza calculada a partir del valor FOB de las mercaderías ingresadas, aplicando una alícuota general del 1,5% y una reducida del 1,25% para operaciones de gran escala. Además, establece topes de 5 millones de pesos en productos médicos y alcanza un techo de 12 millones de pesos en el caso de especialidades medicinales. La traba golpea a insumos indispensables que no cuentan con fabricación dentro del país, tales como dispositivos médicos Clase III y IV junto a terapias farmacológicas complejas.
Diversas entidades técnicas y gremiales salieron al cruce al señalar que la norma colisiona directamente con la Resolución 1388/97 del Ministerio de Economía, legislación histórica que resguarda de aranceles aduaneros a los bienes y fármacos destinados a la rehabilitación o tratamiento de personas con discapacidad. Frente a las críticas, desde el ente regulador argumentan que el arancelamiento responde al marco de desregulación iniciado en 2025, mediante el cual se liberó de intervención a los productos de bajo riesgo (Clase I y II) para focalizar la recaudación en los rubros de mayor valor de mercado.
Asfixia a las prepagas y cambios en la Ley de Discapacidad
La decisión gubernamental aplica una presión financiera insostenible sobre las obras sociales y las empresas de medicina prepaga, sectores que arrastran un estado de ahogo presupuestario crítico. Este conflicto estalla en simultáneo con las discusiones legislativas del Presupuesto 2027, debate que contempla reformas estructurales al Nomenclador de Prestaciones Básicas contemplado en la Ley 24.901, elevando la incertidumbre sobre la cobertura médica futura en todo el país.
