A partir de este jueves 1° de junio dejará de funcionar el sistema de Fiscalización Electrónica que se encuentra en el portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El mecanismo será reemplazado por el Sistema de Acción de Control Electrónico (SIACE).
El nuevo esquema manejará los requerimientos de documentación y las respuestas entre el organismo recaudador y cada contribuyente, de un modo más detallado que como se venían llevando a cabo hasta ahora.
Si bien los contadores y profesionales tributaristas señalan que no revista grandes diferencias respecto del sistema que se venía manejando hasta ahora, aparecen nuevos plazos para responder a las notas del organismo.
Dependiendo del tipo de requerimiento, las respuestas se tendrán que formular entre 3 a 15 días hábiles.
Tal vez para algunos pueda resultar un plazo exiguo.
El nombre que tenía hasta ahora (Fiscalización) ya sugería que el contribuyente se encontraba bajo algún proceso de inspección, aunque la mayorías de los requerimientos que se cursaban solo hacían referencia a inconsistencias de datos, que no constituyen en sí una acción de fiscalización, sino pedidos de corrección o explicación de los números informados de parte de la AFIP.
El contribuyente va a recibir en su domicilio electrónico, al cual se accede con clave fiscal en la página del organismo, la información de que se puso en marcha el SIACE indicando un código de acción de control electrónico. Para acceder al mismo, el contribuyente deberá buscar “Acciones de control electrónico” en “Mis servicios”.
Por medio del SIACE se podrán enviar “acciones de inducción”, que son notas en las cuales el organismo advierte al contribuyente que de acuerdo con los registros oficiales podría haber bienes no declarados, que de no blanquearse podrían generarle algún perjuicio.
Se trata de medidas de la AFIP tendientes a que las personas declaren evitando enviar intimaciones formales.
Este tipo de comunicaciones no deberán ser respondidas.
Las respuestas a los pedidos de la AFIP se realizarán con un código.
Los contribuyentes podrán solicitar prórroga para responder por única vez.
En algunos casos el sistema les va a pedir el envío de documentación en formato PDF.
La falta de respuesta a los pedidos que lleguen al SIACE tendrá como consecuencia, entre otras, una reducción de la nota del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER); exclusión o suspensión de los Registros Especiales Tributarios; limitación de la CUIT o la imposibilidad de emitir Facturas clase “A” y quedar habilitados para emitir Facturas clase “M”.