¿El lunes es feriado en Argentina? Qué pasa con el pago del 23 y 24 de marzo
Ante la llegada de un nuevo fin de semana extendido, surge una de las dudas más recurrentes entre los trabajadores argentinos: ¿cómo se cobran los próximos días? La respuesta depende de la categoría legal de cada jornada, ya que el lunes 23 y el martes 24 de marzo tienen tratamientos distintos ante la Ley de Contrato de Trabajo.
Mientras que el lunes ha sido declarado día no laborable con fines turísticos, el martes es un feriado nacional inamovible por el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Esta distinción es clave para saber si te corresponde cobrar un adicional o si la asistencia al puesto de trabajo queda a criterio del empleador.
Lunes 23 de marzo: Día no laborable y pago simple
El lunes 23 funciona bajo la modalidad de «día no laborable». Esto significa que no tiene el mismo peso legal que un feriado nacional. En estas jornadas, rigen las siguientes condiciones:
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Decisión del empleador: Es la empresa o el empleador quien define si se presta tareas o no.
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Remuneración: Si el empleado trabaja, percibe su salario habitual. No se paga doble.
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Asistencia: En caso de que el empleador decida abrir, el trabajador está obligado a asistir, salvo que se acuerde lo contrario.
Martes 24 de marzo: Feriado nacional y pago doble
A diferencia del lunes, el martes 24 de marzo es un feriado nacional. Al ser una fecha inamovible, la ley protege el descanso del trabajador y establece compensaciones económicas para quienes deban cumplir funciones:
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Descanso obligatorio: El trabajador tiene derecho a no prestar tareas.
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Adicional por feriado: Si el empleado trabaja el martes 24, debe cobrar la jornada con un recargo del 100%. Es decir, percibe el pago de un día normal más un adicional equivalente (pago doble).
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Cobro sin trabajar: Aquellos que no trabajen por el feriado, perciben su salario del día de manera normal, sin descuentos.
Diferencias clave para el bolsillo
Es fundamental entender que el lunes 23 es un «puente turístico» administrativo, pero no un feriado de cumplimiento obligatorio para el sector privado. Para quienes busquen organizar su economía, la diferencia es clara: el lunes se cobra como un día común y el martes representa una jornada de pago extraordinario para quienes se desempeñen en sus puestos de trabajo.




