La justicia penal de Comodoro Rivadavia vivió una jornada de alta carga emocional este viernes durante la audiencia preliminar por el fallecimiento de un menor de tres años
La causa, que investiga la responsabilidad de la madre del niño, identificada como A. F. P., entró en un paréntesis legal luego de que la magistrada a cargo solicitara precisiones sobre la plataforma fáctica del caso. El proceso busca determinar si el hecho debe ser juzgado como un abandono agravado o bajo una figura penal menos severa.
Los detalles del trágico incendio y la postura de la Fiscalía
El hecho que se ventila en tribunales ocurrió la madrugada del 26 de julio de 2024. Según el relato de la fiscal Andrea Rubio, la imputada habría dejado solo a su hijo de tres años, cerrando la puerta del departamento con llave. Durante su ausencia, se desató un foco ígneo en el inmueble. A pesar de los intentos desesperados de los vecinos por ingresar al notar el humo, la puerta cerrada impidió el rescate a tiempo, y el pequeño perdió la vida.
Para el Ministerio Público Fiscal, la calificación legal corresponde a “abandono de persona incapaz seguido de muerte, agravado por el vínculo”. Bajo esta figura, la fiscalía sostiene que la mujer asumió voluntariamente el riesgo de dejar al menor en total desamparo, por lo que solicitó que el caso sea elevado a un juicio por jurados populares, debido a la elevada expectativa de pena que contempla el Código Penal.
La defensa alega vulnerabilidad y solicita homicidio culposo
Por su parte, el defensor particular Mauro Fonteñez presentó una postura divergente. Si bien no desconoció la gravedad de la tragedia, puso el foco en lo que denominó un «contexto de extrema vulnerabilidad emocional» de la madre. Según la defensa, la mujer actuó bajo una «equivocada confianza» de que el niño permanecería dormido durante su breve ausencia, sin prever el desenlace fatal.
Bajo estos argumentos, la defensa técnica postuló la calificación alternativa de “homicidio culposo”, una figura que implica negligencia o imprudencia pero no la intención o el dolo que supone el abandono de persona. Ante estas posturas contrapuestas, la jueza penal Daniela Arcuri resolvió dictar un cuarto intermedio, otorgando tiempo a la fiscalía para rectificar puntos específicos de la acusación antes de decidir si el caso llega finalmente a la instancia de debate oral y público.
