El mercado laboral argentino se sacude. El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Modernización Laboral mediante el Decreto 407/2026, publicado en el Boletín Oficial, y puso el foco en la revisión de convenios colectivos.
La medida establece límites a la ultraactividad de los acuerdos (es decir, que las condiciones pactadas sigan aplicándose después del vencimiento del plazo formal), fija nuevas restricciones sobre aportes y contribuciones empresariales, y obliga a renegociar convenios vencidos o sin fecha de expiración.
La Secretaría de Trabajo tiene 30 díaspara iniciar el procedimiento de convocatoria. La norma también determina que los aportes empresariales solo serán obligatorios para las empresas afiliadas a las cámaras que los establezcan, y que los convenios que excedan los topes legales deberán ser readecuados. Sindicalistas ya frotan la lamparita.
El fin de la ultraactividad eterna: convenios vencidos deberán renegociarse
Uno de los puntos más explosivos del decreto es el que afecta a la ultraactividad de los convenios colectivos. Hasta ahora, un convenio vencido seguía aplicándose automáticamente hasta que se firmara uno nuevo. Eso generaba situaciones donde acuerdos de hace décadas seguían vigentes sin que nadie los renegociara.
El decreto ordena a la Secretaría de Trabajo iniciar en un plazo de 30 días el procedimiento de convocatoria para renegociar convenios colectivos cuyo plazo original de vigencia hubiera expirado. También alcanza a los acuerdos que no tengan fecha expresa de vencimiento o no consignen un período determinado. En esos casos, la autoridad laboral podrá tomar como referencia el 31 de diciembre de 2026 para promover su renegociación. Los sindicatos ya anticipan una pulseada feroz.
Cambios en los aportes: las empresas no afiliadas no pagarán
Otro punto clave es el financiamiento derivado de los convenios colectivos. El decreto establece que los aportes, contribuciones, retenciones y fondos creados por esos acuerdos deberán computarse de manera global para verificar el cumplimiento de los límites previstos por la legislación vigente.
Pero lo más polémico es que los aportes empresariales surgidos de convenios colectivos solo serán obligatorios para las empresas afiliadas a las cámaras o asociaciones que los establezcan. Es decir, si una empresa no está afiliada a la cámara que firmó el convenio, no está obligada a pagar esos aportes adicionales. Un golpe directo a las arcas de muchos sindicatos que financian sus obras sociales y actividades gremiales con esos recursos.
Readecuación obligatoria: los convenios que excedan topes legales deberán cambiar
La reglamentación también dispone que los convenios vigentes que excedan los topes fijados por la ley deberán ser readecuados. Además, no serán homologados nuevos acuerdos que superen esos límites. El objetivo del Gobierno es claro: evitar que las negociaciones colectivas impongan cláusulas que vayan más allá de lo que establece la ley en materia de aportes, contribuciones y condiciones laborales.
Las modificaciones se inscriben en la estrategia oficial de reformular el sistema de negociación colectiva y podrían generar cuestionamientos de organizaciones sindicales y de sectores empresarios involucrados en convenios que contemplan mecanismos de financiamiento mediante aportes convencionales. La CGT ya evalúa medidas de fuerza. La tensión está servida.
El Gobierno reglamentó la Ley de Modernización Laboral: límites a la ultraactividad de convenios vencidos, cambios en aportes empresariales y readecuación obligatoria de acuerdos que excedan topes legales. Los sindicatos ya se preparan para resistir.
