El escenario de la obra pública en el país atraviesa horas decisivas bajo una altísima tensión financiera.
En una medida de último momento que busca evitar una catarata de juicios millonarios, la administración nacional decidió postergar el límite temporal para que las empresas constructoras acepten cobrar las deudas acumuladas del Estado mediante títulos de deuda pública. Esta prórroga forzada deja en evidencia las dificultades operativas y de papeles que enfrentan los contratistas para subirse a un plan de pagos clave en el esquema del Palacio de Hacienda.
Prórroga de urgencia y el nuevo límite para sumarse al plan
A través de una medida oficial de impacto directo para el sector de la construcción, el Gobierno prorrogó hasta el próximo 23 de julio de 2026 inclusive el plazo de inscripción. De esta manera, las constructoras ganan una bocanada de aire para decidir si aceptan la polémica propuesta de saldar los pasivos estatales mediante papeles financieros, en lugar de dinero en efectivo. La resolución técnica aclara que este aplazamiento no modifica en absoluto el cupo máximo de fondos asignados ni ninguna de las condiciones de fondo que ya se habían establecido previamente.
La disposición lleva la firma de Fernando Augusto Hermann, actual secretario de Coordinación de Infraestructura. El funcionario argumentó que la decisión de postergar el cierre, que originalmente estaba pactado para el 16 de julio (a diez días hábiles del lanzamiento concretado el 3 de julio), responde directamente a un pedido desesperado de los propios contratistas. Las empresas alegaron severos inconvenientes de tiempo y de carga de datos para completar los complejos trámites de adhesión formal a través de la plataforma estatal Trámites a Distancia (TAD). Con esta prórroga, se busca asegurar una mayor concurrencia de firmas acreedoras.
Deudas pesificadas y la dura renuncia a reclamar ante la Justicia
El denominado Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones de Contratos de Obra Pública funciona bajo la órbita del Ministerio de Economía, alcanzando de manera directa a los prestadores de las Secretarías de Obras Públicas y de Transporte. El sistema está diseñado para cancelar deudas devengadas entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025, además de obligaciones derivadas de contratos que ya fueron extinguidos desde 2024. Para saldar estos compromisos, el Gobierno dispuso un cupo máximo global de $221.119.509.519, el cual será cubierto exclusivamente mediante la entrega de tres títulos públicos en pesos: Letras del Tesoro (LECAP) y Bonos de Capitalización (BONCAP).
Aceptar la propuesta estatal demanda una decisión sumamente compleja para las empresas del sector. El proceso establece que, una vez ingresada la solicitud digital por TAD antes de la nueva fecha límite, las constructoras dispondrán de un período adicional de diez días hábiles para anexar toda la documentación de respaldo, lo que incluye la liquidación técnica de los intereses acumulados por la mora del propio Estado. El punto más controversial del régimen es que la firma del acuerdo individual obliga a los contratistas a realizar una renuncia total y definitiva a cualquier tipo de reclamo administrativo o judicial que tengan en curso contra el Estado Nacional en el marco de sus contratos. Además, de manera previa a la firma de cada acta de entendimiento, se requerirá la obligatoria intervención y auditoría de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN).
