El Tribunal Oral Federal dictó sentencia en un expediente por narcotráfico que combinó técnicas de investigación de fuerzas federales con una particularidad registral en la identidad de la principal imputada. La investigación comenzó en 2023 tras una entrega vigilada de Gendarmería Nacional.
La acusada, que en ese momento se identificaba como Dante Darío Sierra, realizó posteriormente un cambio de identidad de género y fue condenada como Alexia Yasmín Sierra a dos años de prisión en suspenso.

El pronunciamiento de la justicia ordinaria determinó la responsabilidad penal de los involucrados en un entramado logístico de distribución de estupefacientes. Fue condenada a dos años de prisión en suspenso por su participación en una maniobra vinculada al transporte de estupefacientes que comenzó a investigarse en septiembre de 2023 en Comodoro Rivadavia. El caso tuvo una particularidad: durante el desarrollo de la causa, la acusada atravesó un proceso de cambio de identidad de género.
Los registros oficiales reflejan la transición de la imputada, quien mantuvo sus datos de identificación civil inalterados tras el trámite amparado por la normativa nacional. Al momento de los hechos, la persona involucrada se identificaba como Dante Darío Sierra. Actualmente es Alexia Yasmín Sierra, de 43 años, oriunda de Tucumán. Según consta en el expediente, conservó el mismo número de DNI tras el cambio registral.
Origen de las actuaciones y entrega vigilada
El procedimiento que dio origen al legajo judicial se desencadenó durante un control de rutina en el corredor vial litoraleño, donde se detectaron cargamentos sospechosos en un transporte logístico. La investigación se inició el 14 de septiembre de 2023, cuando personal de Gendarmería Nacional realizaba un control sobre la Ruta 14, en el departamento Colón, provincia de Entre Ríos. Durante la inspección de un camión con semirremolque que prestaba servicios para la empresa Vía Cargo, los agentes detectaron irregularidades en la documentación.
La utilización de tecnología de control y la intervención de la división canina especializada permitieron descubrir el cargamento ilícito oculto en una pieza de mecánica automotriz, activando un protocolo de seguimiento encubierto. A partir de una revisión realizada con el perro antinarcóticos Mirko y un escáner, se observaron anomalías dentro de la tapa de un block de motor transportado como encomienda. Ante la sospecha de que el envío pudiera contener droga, se dispuso una entrega vigilada. El remitente figuraba como Manuel Alejandro Aguirre, con domicilio en Posadas, Misiones.
El desenlace de la operación encubierta tuvo lugar en la Patagonia de forma posterior, cuando los sospechosos se presentaron a retirar el envío a bordo de un automóvil particular. Cinco días después, el 19 de septiembre de 2023, Sierra y Leandro López llegaron al local de Vía Cargo de Comodoro Rivadavia a bordo de un Volkswagen Polo conducido por López.
Según la sentencia, Sierra ingresó al establecimiento para retirar la encomienda que estaba a su nombre. En el interior del block de motor había ocho paquetes envueltos en papel aluminio y film que contenían dos kilogramos de marihuana ocultos en los cilindros de los pistones.
Fundamentos del Tribunal sobre la identidad y el dolo
El dictamen del magistrado interviniente despejó cualquier ambigüedad jurídica respecto a las modificaciones en el estado registral de la procesada, encuadrando el escenario bajo el marco legal correspondiente. El fallo señaló que, aunque durante la maniobra la imputada se identificaba como Dante Darío Sierra, actualmente su identidad es Alexia Yasmín Sierra. En ese sentido, el tribunal sostuvo: “No existe duda alguna acerca de que la destinataria formal del envío y la persona efectivamente vinculada a la maniobra investigada resultan ser una misma persona, circunstancia que se encuentra debidamente acreditada en autos conforme a las previsiones de la Ley N.º 26.743”.
La resolución de la magistratura descartó de plano las versiones de una participación accidental o por desconocimiento, fundamentando la acusación en el sofisticado método de embalaje empleado por la organización. La resolución judicial destacó además que la droga había sido acondicionada mediante un sistema de ocultamiento complejo. Según el texto, “Se evidencia una maniobra deliberada de ocultamiento incompatible con cualquier hipótesis de desconocimiento, error o intervención inadvertida”.
Atenuantes, vulnerabilidad y reglas de conducta
No obstante, el juez consideró que la participación de Sierra y López se limitó al retiro de la encomienda. De acuerdo con la investigación, Sierra fue quien solicitó el paquete, abonó los costos y firmó la documentación correspondiente, mientras que López permaneció dentro del vehículo. Ninguno de los dos intervino en el acondicionamiento, origen o destino final de la sustancia.
La defensa oficial introdujo elementos de ponderación socioeconómica relativos a las condiciones de vida de Sierra al momento de cometerse el ilícito, argumentando la necesidad económica como factor condicionante. Durante el proceso, la defensora oficial Verónica Castillo expuso que Alexia Sierra atravesaba una situación de vulnerabilidad económica al momento de los hechos y aceptó el encargo como una forma de obtener ingresos. También indicó que provenía de un contexto de escasos recursos, que intentaba completar la educación primaria y que trabajaba como panadera.
Al momento de fijar la pena, el juez Enrique Baronetto tuvo en cuenta que ninguno de los acusados registraba antecedentes penales. Respecto de López, valoró que cuenta con empleo formal y que tiene a cargo el sustento de tres menores.
Finalmente, Alexia Yasmín Sierra y Leandro López fueron condenados mediante un juicio abreviado a dos años de prisión en suspenso como partícipes secundarios del delito de transporte de estupefacientes.
La concesión de la ejecución condicional de la pena quedó sujeta al cumplimiento estricto de restricciones ordinarias de supervisión judicial. Además, deberán cumplir una serie de reglas de conducta, entre ellas abstenerse de utilizar o portar armas, no consumir drogas ni abusar de bebidas alcohólicas en forma pública u ostensible, evitar vínculos con personas relacionadas al narcotráfico, no cometer nuevos delitos y presentarse cada dos meses ante la Justicia.
