Una actualización clave entra en vigor para millones de trabajadores independientes en la Argentina.
En pleno proceso de recategorización del monotributo para el segundo semestre de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero aplicó un incremento general del 16,8% sobre los topes de facturación permitidos y sobre las cuotas fijas mensuales, cuyos importes comenzarán a impactar directamente en los vencimientos fijados desde el próximo mes de agosto.
Si bien la normativa estipula que el parámetro oficial evaluación es anual sobre los ingresos brutos acumulados en los últimos 12 meses, resulta indispensable contar con una guía de facturación mensual tope para evitar saltar de escalón o quedar afuera del régimen simplificado. Dividiendo los techos por doce, las referencias orientativas por mes quedan configuradas de la siguiente manera:
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Categorías iniciales: La Categoría A permite facturar hasta $1.000.784,20 al mes; la Categoría B alcanza un límite de $1.466.265,23; la Categoría C trepa a $2.055.874,53; y la Categoría D fija su tope mensual en $2.552.387,62.
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Categorías medias: La Categoría E autoriza un máximo de $3.002.352,61 mensuales; la Categoría F permite hasta $3.762.638,28; la Categoría G topea en $4.499.649,91; y la Categoría H llega a los $6.827.055,03 por mes.
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Categorías superiores: La Categoría I se extiende hasta $7.641.646,83 mensuales; la Categoría J escala hasta $8.751.043,27; y la Categoría K, la más alta de la escala, establece su techo orientativo en $10.550.903,23 por mes.
Parámetros clave, facturación devengada y riesgo de exclusión
Desde el organismo fiscal remarcaron que la permanencia en un determinado escalafón no está condicionada de forma exclusiva a las facturas emitidas. Los fiscalizadores también auditan simultáneamente otros factores físicos y económicos, como la superficie afectada al desarrollo de la actividad, el consumo anual de energía eléctrica y el monto total de los alquileres devengados en el período.
Un punto fundamental a considerar es que el control se ejecuta sobre los ingresos devengados durante el último año (las facturas confeccionadas, al margen de si fueron efectivamente cobradas o no). Por esta razón, superar la media mensual en un mes puntual de altos ingresos no genera automáticamente la expulsión del régimen simplificado ni obliga a cambiar de escalón, siempre y cuando la suma anual acumulada no sobrepase el tope permitido de la categoría.
Qué hacer si superás los montos máximos autorizados
Aquel contribuyente que al evaluar su facturación compruebe que sobrepasó los montos autorizados deberá realizar el trámite de recategorización en la plataforma oficial del organismo.
En caso de superar el techo máximo general fijado para la Categoría K del monotributo, el usuario quedará excluido del régimen simplificado y tendrá que realizar de forma obligatoria el traspaso al Régimen General, quedando alcanzado por las obligaciones correspondientes al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y al Impuesto a las Ganancias, conforme a la normativa vigente de ARCA.
