En una resolución de alcance histórico para la causa penal que investiga el ataque terrorista del 18 de julio de 1994 contra la mutual judía AMIA —que dejó un saldo de 85 muertos, 151 heridos y severos daños materiales—, el juez federal Daniel Rafecas dictó el procesamiento de ocho altos mandos de origen iraní y libanés.
En su fallo, el magistrado encuadró los hechos bajo la figura de delitos de lesa humanidad y genocidio en los términos del Derecho Internacional, e impuso un embargo preventivo de 500 millones de dólares sobre los bienes de cada uno de los imputados.
La medida judicial pudo concretarse gracias a la aplicación de la Ley 27.784 de Juicio en Ausencia, herramienta normativa que permite avanzar en el proceso penal y encaminar la causa hacia el juicio oral y público a pesar de que los acusados se mantengan en condición de prófugos en el extranjero.
La responsabilidad del régimen iraní y el rol de Hezbollah
En la reconstrucción de los hechos respaldada por la prueba reunida por la Unidad Fiscal AMIA (UFI AMIA), el magistrado dio por probado que la decisión de cometer el atentado se adoptó en agosto de 1993 dentro de las máximas estructuras del gobierno de Teherán, encomendando su ejecución operativa a la organización pro-iraní Hezbollah a través de una red de apoyo desplegada en la zona de la Triple Frontera.
El tribunal diferenció los grados de responsabilidad en el esquema criminal:
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Autores de la decisión estratégica: Alí Fallahijan (exministro de Inteligencia iraní), Alí Velayati (exministro de Relaciones Exteriores iraní), Mohsen Rezai (excomandante de la Guardia Revolucionaria) y Ahmad Vahidi (comandante de la fuerza Al Quds).
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Cómplices necesarios: Hadi Soleimanpour (exembajador de Irán en Argentina), Mohsen Rabbani (exconsejero cultural en Buenos Aires) y Ahmad Asghari (exagente de inteligencia), acusados de facilitar la logística desde el plano diplomático y la red local.
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Coordinación operativa: Salman Raouf Salman (alias Samuel El Reda, agente libanés de Hezbollah), señalado como el responsable directo de la fase final del ataque.
Por otra parte, el juez dictó la falta de mérito para Abdallah Salman y Hussein Mouzannar, en tanto que no abordó la situación procesal del Líder Supremo iraní Alí Khamenei —fallecido en 2026—, Imad Mughniyeh (muerto en 2008) y Alí Hussein Abdallah (fallecido en 2020).
El fallo dio por acreditado que el atentado se coordinó con un segundo ataque ejecutado al día siguiente en Panamá contra un avión de línea —donde fallecieron 20 personas, 12 de ellas pertenecientes a la comunidad judía—, los cuales fueron reivindicados cuatro días después desde El Líbano bajo la denominación de cobertura «Ansar Allah». Ante estos elementos, Rafecas dio intervención a la Corte Suprema para evaluar la conexidad de la causa con el atentado a la Embajada de Israel de 1992, investigado por el fiscal Sebastián Basso.
Repercusiones políticas e institucionales
Tras conocerse la resolución, diversos referentes del Poder Ejecutivo y del Congreso se pronunciaron sobre el avance judicial en las causas de terrorismo internacional.
El presidente Javier Milei se expresó a través de sus canales oficiales manifestando:
«La Moral como Política de Estado. ¡MAGA!»
Por su parte, el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, destacó la trascendencia de la aplicación del nuevo marco regulatorio:
«El procesamiento dictado por la Justicia Federal en la causa AMIA marca un hito en la lucha contra la impunidad. Gracias a la ley de juicio en ausencia, hoy se procesó a 8 iraníes y libaneses como autores del atentado a la AMIA y pronto habrá en Argentina un juicio oral por estos hechos. Un paso histórico en favor de las 85 víctimas, sus familias y toda la sociedad argentina».
En la misma línea, la jefa del bloque de La Libertad Avanza en el Senado, Patricia Bullrich, enfatizó la importancia de la continuidad de los procesos criminales:
«32 años tuvieron que pasar para que la Justicia pueda avanzar contra los iraníes prófugos acusados por el atentado a la AMIA. La Ley de Juicio en Ausencia, que aprobamos el año pasado, vino a terminar con la impunidad: si un acusado de terrorismo se fuga, la Justicia no se detiene. Todo lo contrario al Memorándum con Irán que firmó Cristina Kirchner para exculparlos y que queden impunes».
De ser confirmado el procesamiento por las instancias superiores tras la eventual apelación de la Defensa Oficial —a cargo de Hernán Silva—, el expediente quedará en condiciones de ser elevado a juicio oral y público ante un Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Capital.
