La búsqueda de justicia por el atroz atentado terrorista perpetrado contra la sede de la AMIA en 1994, que dejó el doloroso saldo de 85 muertos y más de 150 heridos, acaba de dar un paso crucial y definitivo.
En un fallo histórico que busca romper con décadas de paralización procesal, los tribunales nacionales avalaron de forma contundente la aplicación de la ley que permite juzgar a los sospechosos extranjeros que se mantienen prófugos de la Justicia.
Respaldaron la constitucionalidad de la Ley de Juicio en Ausencia
La decisión fue adoptada por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, con la firma de los jueces Ángela Ledesma, Diego Barroetaveña y Carlos Mahiques. Los magistrados desestimaron de manera categórica el planteo de inconstitucionalidad presentado por la defensa oficial de los acusados, convalidando plenamente la norma impulsada durante la gestión del presidente Javier Milei y sancionada por el Congreso el año pasado.
El reclamo había sido elevado por el defensor oficial Enrique Comellas en representación de los imputados iraníes y libaneses Ali Fallahijan, Moshen Rabbani, Hadi Soleimanpour, Ahmad Reza Asghari, Ali Akbar Velayati, Moshen Rezai, Ahmad Vahidi, Salman Raouf Salman, Hussein Mounir Mouzannar y Salman Abdallah. La defensa alegaba que la Ley 27.784 introducía «distinciones arbitrarias» sobre las opciones de acceder a un nuevo proceso si los prófugos llegaran a entregarse voluntariamente.
Sin embargo, los camaristas rechazaron tajantemente ese argumento al calificarlo de «hipotético y conjetural», recordando además que el estado de rebeldía en el que se mantienen los acusados desde el año 1995 es el factor principal que ha obstaculizado el avance normal de las actuaciones judiciales durante más de tres décadas.
Un mecanismo clave para terminar con la impunidad del terrorismo
La incorporación de este procedimiento extraordinario en el Código Procesal Penal de la Nación habilita a los tribunales a llevar adelante el juzgamiento de delitos de extrema gravedad, incluso cuando los sospechosos se encuentren escondidos en el exterior y hayan eludido sistemáticamente los requerimientos de la Justicia argentina.
El contundente fallo de Casación allana de manera firme la ruta hacia la realización del debate oral y público. Para concretar el inicio formal de las audiencias, tan solo resta que adquieran firmeza los últimos pasos procesales y se resuelvan las apelaciones de revisión pendientes en los tribunales.
