El Gobierno oficializó por decreto el refuerzo extraordinario para beneficiarios de haberes mínimos y pensiones.
A través de la publicación del Decreto 1296/2026 en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional formalizó el otorgamiento de un bono extraordinario de ayuda económica de hasta $70.000 para jubilados y pensionados durante el mes de noviembre.
Decreto oficial, montos y escala según el nivel de ingresos
La liquidación de este refuerzo financiero estará bajo la órbita de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y se acreditará de forma directa de manera concurrente con la liquidación habitual de los haberes previsionales.
El esquema de cobro estipula que la suma total de $70.000 será percibida de forma integra por aquellos adultos mayores que cobren un haber igual o inferior a la jubilación mínima garantizada. En el caso de los beneficiarios que superen dicho umbral, se aplicará un criterio proporcional: cobrarán un bono variable equivalente a la cifra necesaria para equiparar la diferencia entre su ingreso base y el techo fijado por la jubilación mínima más los $70.000.
Beneficiarios alcanzados y carácter no remunerativo del haber
La medida alcanza a los titulares de prestaciones previsionales contributivas, a quienes perciben la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y a los beneficiarios de pensiones no contributivas. Asimismo, el abanico de cobertura incluye a perceptores de pensiones por vejez, invalidez,madres de siete hijos o más, así como también a los titulares de pensiones graciables gestionadas por el organismo previsional.
Como condición indispensable, las asignaciones deberán encontrarse plenamente vigentes durante el transcurso del mes de noviembre. Por último, la normativa oficial especifica que el refuerzo económico posee carácter estrictamente no remunerativo, lo que implica que no estará sujeto a ningún tipo de descuento ni se computará para el cálculo de otros conceptos previsionales.
