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Así lo confirmó el Secretario de Gobierno, Nicolás Souza, luego de que esa dependencia hago un pedido formal a la intendencia argumentando que no tienen posibilidad de renovar el contrato de alquiler del sitio donde funcionan en la actualidad. Esta semana se reunirán para cerrar los detalles.

El Secretario de Gobierno y Coordinación de Gabinete, Nicolás Souza, confirmó este mediodía que el Municipio de Rawson, está en tratativas para cerrar contrato con un local en la ciudad, que cumpla con los requisitos detallados en la nota, mediante la cual, desde la Unidad de Anses Trelew, solicitaron a la intendenta Rossana Artero, un lugar para poder llevar adelante la atención el público.

Souza, detalló que “Ni bien llegó la nota, la intendenta nos pidió que nos pongamos a buscar un local, porque no podemos permitir que cierre una oficina tan importante de atención a jubilados, pensionados, beneficiarios de becas o de la Asignación Universal, entre otros trámites”.

En este sentido, el funcionario dijo que “nos ponemos a disposición de ellos para que puedan seguir funcionando,  nos piden un lugar que tenga de 80 a 100 metros cuadrado con conexión a internet y eso es lo que le vamos ofrecer para que puedan seguir trabajando, porque sino deberán permanecer cerrados, al mínimo por 7 meses”.

“Esta semana –agregó Souza- nos pondremos en contacto con la gente de Anses para evaluar juntos los locales disponibles, y así avanzar con la firma del contrato de alquiler, que estará a cargo de la Municipalidad”.

Para finalizar, el representante del ejecutivo municipal, desmintió que esta gestión forme parte de una campaña política, ya que “el último viernes entró la nota y ahí mismo nos pusimos a buscar alternativas para solucionar este inconveniente, pero lo que si nos indigna, es que desde Cambiemos, que están constantemente criticándonos, no tomen participación directa en este asunto, y que destinen dinero para abrir locales de campaña, y para carcelería gigante, que son cosas costosas, y no para dar una solución real a la gente”.

El Gobierno publicó este miércoles el decreto con el aumento por el que, desde este mes, los beneficiarios cobrarán todos los incrementos previstos para el año.

El Gobierno oficializó este miércoles el aumento de 46% para la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo. La asistencia actualizada por la suba será liquidada desde este mes.

El porcentaje había sido anticipado por el presidente Mauricio Macri en su discurso de apertura del año legislativo en el Congreso, el 1 de marzo. En lugar del 11% previsto, los beneficiarios cobrarán este mes todos los incrementos que se habían previsto para el año.

La AUH pasará así de los actuales $ 1.816 a $ 2.644. Llega a 4 millones de beneficiarios y tendrá un costo fiscal de $ 15.000 millones, según informaron desde el ministerio de Hacienda.

El Comodorense

Más de 40.000 reajustes de jubilaciones del programa de Reparación Histórica fueron devueltos por la Justicia a la ANSeS por contener errores que imposibilitan su homologación por los distintos juzgados de la Seguridad Social. Y hasta tanto no se solucionen esos errores, en ANSeS dicen que no puede enviar otros 70.000 expedientes para su ratificación por la Justicia.

En tanto, esos más de 110.000 jubilados y pensionados no cobran el reajuste de sus haberes, ni de corresponderles, la retroactividad, en los términos de la Reparación Histórica.

Según la Justicia, los pedidos de homologación son enviados por vía digital por ANSeS a la Dirección de Tecnología (DGT) de la Justicia. Pero de allí no fueron reenviados a los Juzgados porque contienen errores, como que no están firmados por la autoridad de ANSeS que corresponde, hay matriculas erróneas de los letrados que intervienen o esos letrados no figuran en los listados de ANSeS, falta el número de CUIL de los jubilados, los textos de los convenios tienen errores, falta el número de CUIL en las liquidaciones.

Todos esas falencias hace que no se cumpla con los requisitos exigidos por la Acordada  de la Corte Suprema, y no pueden ser homologados, dicen en la Justicia.

Por esa Acordada, “una vez que ANSES reciba la notificación de la homologación del Acuerdo, por parte del juzgado, procederá a la registración de la novedad en sus bases de datos y a la liquidación correspondiente”. En esos más de 40.000 casos, el expediente ni siquiera fue enviado al Juzgado.

En la ANSeS respondieron a la Cámara de la Seguridad Social. Dicen que “habiendo logrado desarrollar satisfactoriamente el primer expediente electrónico judicial en la historia del País, lo cual nos ha permitido asignar más de 700 mil acuerdos de Reparación Histórica en apenas 2 años, es natural que haya inconvenientes, dada la indefectible coordinación que se requiere entre todos los responsables. Y hemos solucionado todos los obstáculos, sin que se haya frenado el proceso de envío, hasta ahora”

En consecuencia, y dado que “las dificultades actualmente existentes para la asignación de los acuerdos, obedecen a las validaciones implementadas por el Poder Judicial y que tienen por objeto controlar cuestiones formales”, esos expedientes – proponen– “podrían ser subsanados luego de ser asignados a cada juzgado”. Y concluyen: «nos encontramos a disposición para imprimirle la mayor velocidad a la solución de las dificultades existentes».

Por la ley de Reparación Histórica, los jubilados y pensionados que aceptan el ofrecimiento de la ANSeS deben desistir si iniciaron un juicio o desistir de recurrir a la Justicia en relación al reajuste en cuestión. Por esa razón, los acuerdos no pueden implementarse hasta tanto la Justicia de la Seguridad Social los valide. Y si ni están homologados, el expediente queda congelado y no se efectiviza los reajustes que ya tienen la aceptación del jubilado o pensionado.

 

 

Clarín

La ANSES aclaró cuáles son los derechos de las personas que trabajan en el servicio doméstico, y qué deben exigir que se cumpla.

Aquellas personas que trabajan como personal doméstico deberán tener en cuenta la siguiente información, a fin de garantizar que se cumplan sus derechos según informó la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).

Como parte del servicio doméstico se consideran a las actividades de mucamas, niñeras, cocineras/os, jardineros, caseros, amas de llaves, damas de compañía, mayordomos, institutrices, nurses o gobernantas.

Las mismas se organizan en tres categorías, según las horas trabajadas. Clase 1 abarca a quienes trabajan 4 horas 4 veces por semana para un mismo empleador, Clase 2 a quienes trabajan 16 horas semanales o más para uno o más empleados, y Clase 3 a los que trabajan más de 6 horas semanales.

“Cada empleador debe registrar a su personal doméstico ante la AFIP e informar cada vez que se produzca un cambio, por ejemplo, renuncia o despido. Si una persona trabaja en varias casas, cada empleador deberá registrarla y pagar los aportes y contribuciones en función de las horas que corresponda.

Para tener derecho a una jubilación, las contribuciones al sistema jubilatorio tienen que ser iguales o mayores a la cuota establecida para la categoría de 16 horas semanales o más. Si fueran menores, el trabajador podrá pagar la diferencia”, explica la ANSES en su página oficial.

Los trabajadores del servicio doméstico pueden controlar sus aportes ingresando a la opción “Mi ANSES/Consultas/Historia Laboral”, con la clave de Seguridad Social. Pero si necesitan más información pueden recurrir al sitio de la AFIP por ella.

Al igual que otros trabajadores los trabajadores del servicio doméstico pueden acceder a la “Asignación Familiar por Maternidad/ Maternidad Down”, “Asignación Universal por Hijo para Protección Social”, y “Asignación por Embarazo para Protección Social”.

Mientras que la Obra Social les corresponde a los trabajadores que tengan aportes “iguales o mayores a la cuota establecida para la categoría 16 horas semanales o más. Si el pago es inferior, el empleado puede completar la diferencia o asumirlo el empleador”.

Cien Radios

De acuerdo a lo establecido por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) todos los trámites y consultas relacionadas con pensiones nacionales y pensiones no contributivas por invalidez, enmarcadas en el artículo 9 de la Ley Nacional N° 13.478, deben realizarse desde el mes de febrero en las oficinas de ANSES.

Así lo informó la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Trelew, a través de la dirección de Protección Social.

“A partir del mes de febrero se dispone que todos los trámites por pensión nacional por invalidez y las consultas se recibirán en las oficinas de ANSES”, explicó el titular del área de Protección Social del municipio, Leonardo Aguirre.

En este sentido, el funcionario recordó que hasta el momento “todos los trámites se iniciaban en la dependencia municipal, que había tomado la posta ante el cierre de la dependencia de Nación, que funcionaba en la Avenida Fontana”.

“Nosotros juntábamos la información, realizábamos la encuesta social, armábamos el legajo y se enviaba al área de Desarrollo Social de Nación”, indicó.

En el día de ayer  se habilitaron los turnos en Anses para comenzar el trámite para acceder a la reparación económica para hijos huérfanos a causa de femicidios, informó el Instituto Nacional de las Mujeres (INAM).

El año pasado se sancionó la ley 27.452 que establece el derecho al cobro, en calidad de reparación, de una suma equivalente a una jubilación mínima para las niñas, niños y adolescentes menores a 21 años o personas con discapacidad sin límite de edad, que sean hijos de víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar o de género, detalló el organismo en un comunicado.

Asimismo, explicó que el trámite «no requiere la participación de abogados ni gestores y es totalmente gratuito» y se inicia solicitando un turno en Anses a través de o por teléfono al número 130.

La gestión la pueden hacer los jóvenes a partir de los 18 años y quienes sean menores deberán solicitar la reparación a través de sus representantes legales.

El INAM detalló que la reparación económica se otorga a partir del momento de ocurrido el delito «de acuerdo a los siguientes supuestos: si el hecho es anterior al 26 de julio de 2018, fecha de promulgación de la ley 27.452 se percibirá a partir de ese día».

Y si el delito ocurrió con posterioridad a la fecha en que se sancionó la norma «se percibirá a partir del hecho» que «debe haber ocurrido en territorio argentino».

La norma surgió a partir del activismo de la ONG La Casa del Encuentro y la Red Internacional de Periodistas con Visión de Género en Argentina, y en sus inicios se conoció como «ley Brisa».

El nombre es el de una niña, huérfana a causa del femicidio de su mamá, Daiana Barrionuevo que fue asesinada por Iván Adalberto Rodríguez, en diciembre de 2014 en la localidad bonaerense de Moreno, cuando Brisa tenía tres años.

La niña y sus hermanos gemelos, Elías y Tobías, quedaron a cargo de una tía, madre de tres hijos y la historia de la familia, que atravesó difíciles momentos económicos, sirvió para mostrar que esa realidad afectaba a cientos de hijas e hijos huérfanos por femicidios.

Si bien no hay cifras oficiales, el informe de femicidios que realiza La Casa del Encuentro en base a las noticias publicadas en 120 medios de comunicación, incluida la agencia Télam, identificó 3378 hijas e hijos de víctimas de femicidios en el país, entre 2008 y 2017.

Radio 3

La decisión de la ANSeS sobre el nuevo esquema de cálculo de retención del Impuesto a las Ganancias por CUIL, “es inconstitucional” según el Ombudsman de la Tercera Edad, Eugenio Semino, quien adelantó que recurrirán a la Justicia. Por su parte, el abogado previsional Miguel Fernández Pastor recordó que una de las promesas en campaña de Mauricio Macri fue precisamente que ningún trabajador pagaría el impuesto. “Lamentablemente es otra promesa incumplida, otra de las tantas. Forma parte de una política constante de este gobierno: ajustar sobre los sectores más débiles”, dijo.

El Ombudsman de la Tercera Edad, Eugenio Semino, dijo este miércoles que la decisión de la ANSeS sobre el nuevo esquema de cálculo de retención del Impuesto a las Ganancias por CUIL, “es inconstitucional” y adelantó que recurrirán a la Justicia. “El haber jubilatorio es un sueldo diferido; es decir que si a esas personas ya le descontaron ganancias como trabajador activo, se está haciendo una doble imposición”, aseguró.

Recordemos que con este nuevo cálculo, a aquellos jubilados que perciban al menos dos beneficios previsionales (por ejemplo, jubilación y pensión) se les aplicará un nuevo esquema de cálculo de retención del Impuesto a las Ganancias cuando su ingreso total –por la sumatoria de haberes– supere en enero los 55.854 pesos. Este nuevo cálculo de la retención del tributo afectará a más beneficiarios del sistema de previsión en 2019.

“Nuestro sistema político institucional tiene un empecinamiento en el despropósito; a mi criterio, ya aplicar ganancias sobre sueldos es incorrecto, y sobre los haberes jubilatorios es una exageración”, enfatizó Semino en declaraciones a radiales.

El defensor de la tercera edad recordó que en el caso Blanco, resuelto a fines del año pasado, la Corte Suprema de Justicia le dijo claramente a la ANSeS que “con resoluciones no puede modificar criterios legales”.

“Nosotros vamos a hacer el requerimiento judicial, pero van a pasar meses, y desgraciadamente mientras esto se resuelva, si ocurre algún día, se le va a seguir injustamente descontando a los trabajadores jubilados”, se lamentó Semino.

Por su parte, el abogado previsional Miguel Fernández Pastor recordó que en 2015 unos 117.000 jubilados pagaban Ganancias y que esa cifra llega hoy casi a 273.000. “Con este cambio se sumarán otras 50.000 y podría incrementarse más a partir de marzo cuando se aplique la actualización prevista en los haberes previsionales”, advirtió.

El experto recordó que una de las promesas en campaña del presidente Mauricio Macri fue precisamente que ningún trabajador pagaría el impuesto.

“Lamentablemente es otra promesa incumplida, otra de las tantas. Forma parte de una política constante de este gobierno: ajustar sobre los sectores más débiles. Sacan plata al sistema de seguridad social para enviarlo al sistema financiero”, concluyó.

En medio de las críticas, el titular de la ANSeS, Emilio Basavilbaso, salió a justificar la decisión. “Lo que hicimos es ser más justos. Si un jubilado tiene dos beneficios y otro no, pusimos a todos en igualdad de condiciones”, sostuvo.

El funcionario explicó que el organismo no hace más que aplicar lo que dice la ley. “Nosotros no definimos quién debe pagar”, dijo y recordó que antes que asuma el gobierno de Cambiemos había muchos trabajadores pasivos que tributaban. “Nosotros achicamos la cantidad de jubilados que pagan ganancias”, concluyó.

El Comodorense

La jubilación jamás debería tributar Impuesto a las Ganancias, sea el monto que perciba el jubilado porque provienen del reconocimiento por sus aportes efectuados durante su etapa de actividad y la contribución estatal correspondiente.

Al ser una prestación de naturaleza previsional queda claro que la jubilación no es una ganancia sino el débito que tiene la sociedad hacia el jubilado que fue protagonista del progreso social en su ámbito y en su época; que consiste en hacer gozar de un jubileo, luego de haber transcurrido la vida activa y en momentos en que la capacidad laborativa disminuye o desaparece.

La jubilación es una suma de dinero que se ajusta a los parámetros constitucionales de integridad porque la sociedad lo instituyó para subvenir a la totalidad de las necesidades que pueda tener la persona en ese período de vida.

Por este motivo la prestación no puede ser pasible de ningún tipo de imposición tributaria, porque de lo contrario se estaría desnaturalizando el sentido de la misma.

Las 3 Salas que conforman la Seguridad Social, en innumerables fallos: “Pagani, Pedro Jose c/ Anses” y similares tales como “Alegre Nelly Emmi c/ Estado Nacional/AFIP s/Amparo”, como asi también, los recientes fallos de la Sala II de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social en los autos “Calderón, Carlos Héctor c/ ANSES s/ Reajustes Varios”, Expte. 7473/2010, en su fallo de fecha 12/06/2017, y “Hartmann Gabriel Leonidio c/ Anses”, Expte. 79.740/14 de fecha 19/09/2018, sostienen que los: “jueces deben velar por el cumplimiento del mandato constitucional, protegiendo la cuantía de los haberes previsionales de cualquier quita o disminución que resulte confiscatoria. Cuando exista una norma que se contraponga con tal principio debe ser revisada y desestimada.”

La validez del cobro de Ganancias a los jubilados, dispuesto por la ley impositiva y explicado por el hecho de que los aportes previsionales hechos en la vida activa están al margen de la carga fiscal, es un tema que tiene una definición pendiente por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación –según publica Urgente 24-.

En septiembre de 2017, la sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, declaró inconstitucional el Impuesto a las Ganancias en la causa del jubilado Leonardo Calderale. Antes de eso ya había existido un pronunciamiento judicial, también en contra de la imposición, por parte de la Justicia Federal de Paraná, en Entre Ríos, “Cuesta, Jorge Antonio c. AFIP sobre Accion de Inconst (sumarísimo)”, Expte. n° fpa 21005389/2013, sentencia del 29/04/2015 y “Bonnot, Jorge Osvaldo c. AFIP sobre acción meramente declarativa de inconstitucionalidad, ordinario“, Expte. n° fpa 14166/2015/ca1, sentencia del 31/10/2017, proveniente del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay.

Corresponde, y así lo creemos los especialistas en la materia, que la Corte Suprema declare la inconstitucionalidad del art. 79 inc. “C” de la Ley 20.628 (Decreto 649/97) y la inaplicabilidad del Impuesto a las Ganancias sobre el haber previsional de los jubilados, en virtud de las sumas percibidas por los ajustes jubilatorios y siendo que los mismos no generan ganancias.

Dando una precisa y convincente explicación de la voracidad de un impuesto, en la mayoría de sus partes, inconstitucional, la administración de Mauricio Macri parece no entender del control de legalidad y de los principios constitucionales que rodean la carta magna, desde la sencilla razón que, desde la ANSeS se emitió un circular número 01/19 titulada “Nuevo esquema de cálculo de retención del Impuesto a las Ganancias por CUIL”, el pasado 02/01/2019.

Prácticamente y en criollo, la circular de ANSeS pone de manifiesto el nuevo esquema del pago de ganancias a partir de enero de este año, en el cual, pagan Ganancias, las jubilaciones a partir de un ingreso equivalente a 6 haberes mínimos; así, el monto varía durante el año. En enero y febrero el mínimo será de $55.854,60, mientras que en marzo subirá a $62.462,20.

Del aumento, oficial, que les otorgaron a los jubilados en marzo de este año, parece que “lo que te dan, por un lado, te lo quitan con la ganancia”.

Lo que no parece entender el gobierno de Mauricio Macri, es que una circular de un órgano descentralizado del Estado Nacional, Anses, no puede violar el control de legalidad y de constitucionalidad que tienen una norma emanada por el Congreso de la Nación. La Ley de Impuesto a las Ganancias, en su art 79 inc “C”, ley 20.628, es -y ya fue declarado por la justicia- de carácter inconstitucional, pues, la jubilación no es una ganancia sino el cumplimiento del débito que tiene la sociedad hacia el jubilado y entonces el haber previsional no puede quedar sujeto al pago del Impuesto a las Ganancias.

Parece no entender, luego del revés al gobierno el pasado 18/12/18, con el fallo “Blanco”, a favor de los jubilados, que, la validez y el control del descuento o retención de ganancias a los jubilados está pendiente de la palabra de la Corte Suprema y no de la ANSeS, ni mucho menos del Ejecutivo.

El Estado no puede y no debe subrogarse esta facultad mediante una simple circular de un órgano descentralizado de sus entrañas.

Que no quede dudas, es el juez quien vela por el mandato legal y constitucional, no el Poder Ejecutivo ni mucho menos sus órganos descentralizados, en este caso, Anses, mediante un mera circular, resolución o Decreto.

El Comodorense

Estas Letras tienen como fecha de emisión el 28 de enero próximo y de vencimiento, el 29 de julio de este año. Devengará intereses a «Tasa Variable».

El Gobierno nacional oficializó este viernes la emisión de Letras del Tesoro por hasta $ 10.000 millones, a 182 días de plazo, que serán suscriptas de manera directa por la ANSeS.

A través de una resolución conjunta de las secretarías de Hacienda y de Finanzas publicadas este viernes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo aclaró que esta emisión se realiza «en el marco de la programación financiera para el presente ejercicio».

Estas Letras tienen como fecha de emisión el 28 de enero próximo y de vencimiento, el 29 de julio de este año; la moneda de emisión y pago son los pesos y la moneda de suscripción, pesos o dólares estadounidenses al tipo de cambio de referencia de la Comunicación «A» 3500 del Banco Central correspondiente al día hábil anterior a la fecha de liquidación.

La forma de colocación será por suscripción directa, y devengará intereses a «Tasa Variable», pagaderos trimestralmente el 29 de abril y el 29 de julio de 2019. Esa tasa, según lo dispuesto, «será el equivalente al promedio aritmético simple de las tasas nominales anuales (TNA) de Letras del Tesoro Capitalizables en Pesos o las que las reemplacen en el futuro, en base a los precios de cierre publicados por el Mercado Abierto Electrónico (MAE) para el plazo más próximo a 90 días, que no podrá ser inferior a 60 días ni superior a 120 días».

Además, la amortización será íntegra al vencimiento y la Letra del Tesoro será intransferible y no tendrá cotización en los mercados de valores locales e internacionales.

Por último, este título gozará de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.

Esta emisión se suma a otra de características similares dispuesta por el Ministerio de Hacienda a fines de diciembre último por hasta $ 86.000 millones, que también había sido suscripta de manera directa por la ANSeS.

Ámbito Financiero

Miembros del Abuelazo Bariloche y trabajadores de Pami hicieron una manifestación en el exterior del edificio de Anses, que se encuentra cerrado hace varios meses por refacciones.

“¿Fin de obra u otra calle Mitre?” cuestionaba el cartel sostenido por un hombre mayor. También repudiaron los ajustes en el fondo previsional y los recortes en las prestaciones. “Ladrones devuelvan Anses”; “Basta de saqueos” consignaban otros carteles.

Además manifestaron su rechazo a los tarifazos y convocaron a la Marcha Nacional de Antorchas que se llevará a cabo en Bariloche a fines de enero.

El Cordillerano