El Banco Central reglamentó el nuevo esquema que reemplaza las indemnizaciones por despido.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó la reglamentación de las cuentas especiales para el Fondo de Cese Laboral (FCL), un mecanismo que busca reemplazar el tradicional sistema de indemnización por despido. La medida, que forma parte de la reforma laboral impulsada por la Ley de Bases (Ley 27.742) y el Decreto 847/2024, fue instrumentada a través de la Comunicación “A” 8288/2025.
Este nuevo régimen es opcional, y permite que empresas y empleados pacten un sistema de aportes anticipados en lugar de la compensación por antigüedad prevista en la Ley de Contrato de Trabajo (artículo 245).
Cómo será el funcionamiento del nuevo esquema
El sistema contempla dos modalidades de cuentas:
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Cuentas individuales, abiertas a nombre del trabajador.
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Fondos colectivos, gestionados por una entidad definida en el convenio colectivo de cada actividad.
En ambos casos, los aportes serán realizados por el empleador. También se contempla la posibilidad de que el trabajador realice aportes voluntarios, siempre que ambas partes estén de acuerdo.
¿Qué pasa cuando termina la relación laboral?
Al finalizar un vínculo laboral, el empleador deberá transferir el dinero acumulado al trabajador. Si esto no ocurre, el trabajador podrá retirar los fondos directamente. La cuenta se mantendrá activa por 180 días, con posibilidad de reactivación si la persona vuelve a ser empleada bajo el mismo régimen.
¿Cuánto deben aportar las empresas?
El nuevo sistema establece un tope general de 8% del salario. Sin embargo, en sectores como la construcción (por ejemplo, bajo convenio de UOCRA), este porcentaje podrá llegar al 12% durante el primer año.
Cómo se invierten los fondos y quién controla el sistema
Los aportes podrán ser gestionados a través de Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF), que deberán llevar en su nombre la denominación “Cese Laboral”.
El esquema será supervisado por distintos organismos:
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BCRA: regula el funcionamiento de las cuentas bancarias.
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CNV: controla los instrumentos financieros.
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Superintendencia de Seguros de la Nación: supervisa los seguros asociados.
Un dato clave: los fondos no son embargables ni por deudas del empleador ni del trabajador. Además, tendrán el mismo tratamiento fiscal que las indemnizaciones tradicionales.
Una transición hacia un modelo de seguridad anticipada
Este nuevo régimen busca brindar previsibilidad a los empleadores y protección efectiva para los trabajadores ante eventuales despidos. Aunque es de adhesión voluntaria, marca un cambio profundo en el sistema laboral argentino. La información fue extraída del El Ambito.