La Ley de Ética de la Función Pública, N° 25.188, establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado.”
El art.42°dice:”La publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos deberá tener carácter educativo, informativo o de orientación social, no pudiendo constar en ella, nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos.”
Los medios de la zona sur de la provincia en particular, destacaron hace unas horas que en un funcionario de tercera categoría que está a cargo de la Delegación Zona Sur del IPV Chubut utilizaría su Facebook particular al servicio del Estado.
El Diario Crónica publica: “El delegado del IPV contestará consultas mediante su Facebook personal. Quienes tengan consultas o demandas al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, delegación Sur, podrán contactarse hoy con el delegado Daniel Carrizo a través de su página personal de Facebook. De ese modo, el funcionario espera agotar la intermediación y responder directamente a las situaciones de los vecinos, inscriptos o no en el organismo”.
Realmente nos queda la duda de si la utilización de su cuenta personal es con fines electoralistas, ya que el funcionario pretende ser Intendente de Comodoro Rivadavia, o es por desconocimiento de que está violando la ética pública, que algunos dicen que Carrizo no sabe qué significa y cómo respetarla.
El ambicioso funcionario publicitó que en su página @danielcarrizocr respondería las consultas que le llegaran por mensajes a ese facebook. Por supuesto en la foto de perfil se lo puede ver la imagen del político y en la de portada hay otra donde aparece junto a su Jefe Político, Don Mario Das Neves.
Señor Carrizo, esto no se hace, usted está violando la Ley de ética Pública. Por si no lo entendió, vuelva a leer el art.42°: ”La publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos deberá tener carácter educativo, informativo o de orientación social, no pudiendo constar en ella, nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos.”
Por Luis Dupuy