Mediante un comunicado la Fiscalía Federal de Esquel informó que el 11 de agosto del corriente año, la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó el procesamiento sin prisión preventiva del Agente de la AFI como autor penalmente responsable del delito previsto en los arts. 43 bis y ter de la ley 25.520 (en función de las actividades ilegales prohibidas en el art. 4 incs. «a» y «b» y en el art. 15 bis de la misma ley).
La Fiscalía Federal de Esquel informa que el día 11 de agosto del corriente año, la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó el procesamiento sin prisión preventiva del Agente de la AFI como autor penalmente responsable del delito previsto en los arts. 43 bis y ter de la ley 25.520 (en función de las actividades ilegales prohibidas en el art. 4 incs. «a» y «b» y en el art. 15 bis de la misma ley) en concurso ideal (art. 45 y 54 del C.P.).
La causa se inició en virtud de una denuncia penal efectuada por el Sr. Fiscal General de la Circunscripción Esquel del Poder Judicial de Chubut Fernando Rivarola, en la que puso de manifiesto determinadas irregularidades de una persona que pertenecería a la ex Secretaría de Inteligencia de Estado.
Es así que este Ministerio Público Fiscal ha impulsado la acción penal en pos de la averiguación de los hechos ocurridos, las identidades de las personas denunciadas, la constatación de la existencia de tareas de investigación direccionadas a referentes sociales de la zona y la identificación de demás participantes en los delitos.
Cabe mencionar que la ley 25.520, modificada por la ley 27.126, reclaman de los funcionarios públicos que tomen conocimiento de información clasificada (actividades de inteligencia, personal afectado a las mismas, documentación, etc.), estricta reserva sobre su contenido. Es por ello que esta Fiscalía Federal se permite sólo revelar los datos mencionados precedentemente. Esquel, 2 de septiembre de 2015.