Como una propuesta para ayudar a quienes dan inicio a la actividad del comercio en la capital del Chubut, el concejal Sebastián Curtale (PJ) presentó un proyecto de Declaración dirigido al Poder Ejecutivo Municipal propiciando la quita de carga tributaria municipal.
En la fundamentación el edil pone de relieve la necesidad de, “promover el desarrollo de la económica y de los comercios locales, ya que es un rol indelegable como sociedad que debemos asumir”.
Sostiene además que, “el Estado Municipal debe ser uno de los protagonistas del desarrollo local, atenuando esta problemática y actuando de manera eficaz ante las necesidades que se demandan de los diferentes sectores en pos del beneficio de nuestra comunidad”, afirma.
Añade que, “en otras localidades de la provincia se han adoptado normas similares de promoción fiscal”
La necesidad de paliar la difícil situación de los comercios locales, y ante la evidencia de que la región atraviesa un estado de situación económica delicada y comprometida, en especial el pequeño y
mediano comerciante; y hay un dato objetivo de la realidad respecto que “a instalación de nuevos emprendimientos posee una carga tributaria inicial que podría eliminarse temporalmente”, lo que sirve de base para la propuesta del edil Curtale.
Excepciones
El proyecto de Declaración expresa en su artículo primero que, “vería con agrado se exceptuase a los nuevos contribuyentes por el término de seis (6) meses, del pago de la Contribución sobre Habilitación e Inscripción de Comercios, Industrias y Oficinas, establecida en la Ordenanza Tarifaria Anual vigente, (Ord N°7856)”.
En el artículo segundo se propicia que, se bonifique a los nuevos contribuyentes, por el término de seis (6) meses, el 100% del pago a realizar en concepto de la Tasa por Inspección Seguridad e Higiene, establecida en la Ordenanza Tarifaria Anual vigente, (Ord N°7856)”.
El artículo tercero especifica el pedido respecto que “se bonifique a los nuevos contribuyentes por el término de seis (6) meses, el 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a ingresar establecido en la Ordenanza Tarifaria Anual vigente, (Ord N°7856)”
Finalmente el proyecto propone que la presente, “Promoción Fiscal tendrá una vigencia de 12 (doce) meses de duración a partir de la fecha de su promulgación a los fines de otorgar a los contribuyentes alcanzados en la misma los beneficios de los Arts. 1, 2, y 3”, concluye.