El fiscal Daniel Báez planteó revocatoria y aclaración de la resolución que ordenó la liberación de Facundo Ciarlo, por entender que “la misma contiene afirmaciones erróneas e interpretaciones antojadizas de Vuestra Señoría sin sustento ni factico ni jurídico”.
Ciarlo había sido detenido en Rusia tras una orden de captura emitida por la jueza de Puerto Madryn Marcela Pérez a pedido de la fiscalía. Pero luego se lo liberó y se derivó la competencia de la causa a un juzgado de Buenos Aires.
Ciarlo fue condenado en 2016 en Puerto Madryn por “asociación ilícita y estafas con tarjetas de crédito” y la pena, dictada por la jueza Stella Eizmendi, incluía la prohibición de salir del país. Estaba en libertad condicional, pero hace pocos días se observó que se encontraba en el mundial de Rusia, desde donde compartió fotos en sus redes sociales. A raíz de ello, desde Puerto Madryn se ordenó su captura por incumplir las medidas impuestas. Pero luego, otra jueza indicó que “esta jurisdicción resultaba incompetente, por lo que corresponde revocar la decisión adoptada por la Dra. Marcela Perez”.
Desde la Justicia portuaria se desconocía la intervención de otro juzgado, precisamente de Buenos Aires, que autorizó a Ciarlo a viajar fuera del país.
“El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nro. 16 condenó a Ciarlo a 8 meses de prisión y la hace comprensiva de la aplicada en esta Jurisdicción por la Dra. Eizmendi. En ningún párrafo de ese documento se menciona la intervención o la derivación de dicha condena unificada o compuesta, de la intervención de un Juzgado de Ejecucion de Capital Federal y de acuerdo a lo que prevén las reglas del Art. 58 del C.P., se entiende de manera clara que el condeno por la pena mayor debía a pedido de parte dictar una única sentencia, cuestión que no sucedió porque violando dicho artículo, el tribunal que dicto una pena menor, la compuso y unifico con la pena mayor, arrogándose competencia sobre la unificación de la condena dictada en esta Jurisdicción”, indica un párrafo del planteo judicial de la fiscalía.
“Por último –piden los fiscales de Madryn-, solicitamos la revisión de su declaración de incompetencia por tres jueces, a los fines de que se revea lo resuelto, pues entendemos que Ud. ha declinado la competencia a favor del Juzgado de Ejecución Nro. 1, cuando la pena mayor impuesta resulta de esta Jurisdicción y más allá a la violación del Art. 58 del C.P. en la que incurriera el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nro.16, la ejecución debe continuar en esta jurisdicción, entendiendo que debería haber planteado Ud. la incompetencia del Juzgado de Ejecución Nro, 1, que por otra parte violó lo dispuesto en la Sentencia de la Jueza Eizmendi, esto es, el impedimento de Ciarlo de salir del país de manera expresa”.
“No resulta difícil advertir las serias omisiones e irregularidades en el trámite de la ejecución de la condena de Facundo Ciarlo, por parte del Juzgado de Ejecución Nro. 1, por ello insistimos en que o bien revoque VS la decisión adoptada, o bien haga lugar a la revisión de su medida”, finaliza el escrito.
“La fiscalía persiste en controlar el trámite de ejecución de la condena, principalmente por el trabajo realizado para lograr la condena, la única de efectivo cumplimiento que tuvo Ciarlo, ante la cantidad de víctimas estafadas. Se trabajó para desbaratar esta banda que estafó a personas y empresas”, indicó Báez.