La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica(ANMAT), prohibió un producto odontológico. La medida, fue comunicada hoy por Boletín Oficial, mediante la Disposición 1023/2018.
De esta manera, ANMAT prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, de todos los lotes, del producto médico: “ASFER Industria Química Ltda.: /Sao Caetano do Sul-SP /Soda Clorada /Hipoclorito de Sodio Uso Odontológico / Altamente bactericida”.
En este sentido, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS), consultó el sistema de expedientes de esta Administración Nacional, y no encontró antecedentes de inscripción del producto, ni inicios de trámite bajo tales denominaciones, aclarando además la DVS que dicho artículo no describe en su rótulo los datos de registro ante esta Administración.
Con respecto a la documentación de procedencia de la unidad descripta anteriormente, el inspeccionado explicó que “este producto fue adquirido a un odontólogo para probar en el mercado, por lo que no posee la factura de compra”.
En tanto, toda vez que se trata de un producto no autorizado por esta Administración, “la DVS considera que no se puede asegurar que éste cumpla con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de este tipo de producto médico”, explica el texto oficial.
El Intransigente