Los usuarios de todas las cooperativas eléctricas de Chubut podrán abonar la factura de luz por separado de otros ítems para evitar los cortes del servicio por falta de pago.
Las prestatarias no podrán cortar la luz por moras en otros ítems de la factura que no se consideran esenciales para los ciudadanos.
Lo dispuso una resolución del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) para garantizar la prestación del servicio «esencial» para los ciudadanos.
La medida rige para todas las prestatarias del país. Buscan cuidar el bolsillo de los usuarios frente a los incrementos tarifarios que se vienen replicando en todo el país.
La resolución del Inaes introduce que los servicios públicos son «esenciales» y tienen como misión «resguardar el bienestar de los usuarios», razón por la cual las Cooperativas ahora tendrán que cobrarlos por separado de otros ítems que no responden a esta categoría.
«El asociado/usuario debe poder individualizar y abonar por separado la tarifa por el servicio público de distribución de energía eléctrica y el precio de otros conceptos ajenos», plantea la resolución 3442/2018 en uno de los párrafos.
De este modo, la medida del Inaes protege a aquellos usuarios que reciben intimaciones de las cooperativas por falta de pago de la facturación general, sin discriminar el cobro del servicio eléctrico.
«Que la facturación por separado evita restricciones o cortes del servicio esencial por falta o imposibilidad de pago de conceptos ajenos. Se beneficia así al usuario sin causar agravio alguno para la cooperativa concesionaria», dice la resolución.
De esta manera, el Inaes explicita que a partir de ahora las cooperativas deberán separar el cobro de todos los conceptos adicionales. «Que es conveniente entonces arbitrar mecanismos para asegurar que las cooperativas diferencien materialmente en su facturación todos los rubros o conceptos adicionales no vinculados directamente con el servicio público que brindan», dice el escrito.
Así el directorio del Inaes resuelve que «las cooperativas prestadoras del servicio de distribución de energía eléctrica deben facturar tal servicio de forma autónoma e independiente de otros conceptos ajenos».
El Chubut