Policiales

Sentencian a cinco años de prisión a Daniel Peña por lesiones graves y homicidio simple con exceso en legítima defensa

El juez José Luis Ennis presidió el nuevo debate por la pena, dispuesto por la Cámara Penal de modificar el concurso de delitos por los que fue declarado penalmente responsable Daniel Peña. El acusado fue declarado responsable por lesiones graves y homicidio simple, ambos cometidos con exceso en la legítima defensa, agresión con toda arma sin causar herida y lesiones leves. El fiscal Fidel González pidió que se le imponga la pena de 5 años y diez meses de prisión. El defensor Horacio Hernández requirió el mínimo legal.

El cambio en el concurso de delitos modificó sensiblemente la escala penal disponible, por lo tanto también el pedido de pena de la Fiscalía y el margen en el que puede decidir el juez. En primera instancia Peña fue condenado a la pena de 8 años de prisión, ahora el monto máximo disponible es de 6 años.

El debate comenzó con testigos aportados por la defensa, para demostrar aspectos de la personalidad del acusado, de su vida y de su familia. También declaró el imputado pidiendo perdón a la familia de la víctima y a la suya propia. La estrategia de Hernández fue demostrar la innecesariedad de aplicar una pena efectiva.

Por la Fiscalía, González expuso al juez la gravedad de los sucesos, el despliegue de conductas de Peña y las consecuencias de sus acciones. Le pidió al magistrado que recurra a los testimonios de los policías intervinientes, de la víctima de lesiones y de la familia, para comprender el grado de responsabilidad. Mensuró que actuó en un conflicto ajeno, haciendo justicia por mano propia. Señaló que tuvo la opción de irse y sin embargo decidió quedarse y actuar violentamente. Planteó como agravante el medio empleado para actuar, un cuchillo de alto poder ofensivo, el que nunca fue hallado. Señaló además que existieron advertencias del personal policial que no fueron escuchadas por el acusado, que tuvo posibilidades de motivarse en la norma y sin embargo no lo hizo. Como atenuante postuló la falta de antecedentes penales.

Hernández, argumentó que todo lo llevado por el fiscal en su argumentación, hace al tipo penal y no puede tenerse como agravante, ya que está contenido en el mínimo legal.

La resolución del juez se conocerá el martes 26 a las 12 hs.

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