La senadora Edith Terenzi de JxC propone incorporar una modificación al Código Electoral Nacional para que los argentinos que residan en el exterior, puedan emitir sus votos vía postal, en aquellos países donde no cuenten con representación diplomática y, por lo tanto, no pueden sufragar de manera presencial.
Terenzi presentó el proyecto por el cual se incorpora el artículo 86 Bis del Código Electoral Nacional, que queda redactado de la siguiente manera: “dónde y cómo pueden votar los electores residentes en el exterior de la República Argentina. En el caso de electores que residan en el exterior, podrán optar por la votación presencial en las representaciones diplomáticas y consulares pertenecientes al país de residencia, de acuerdo al artículo 86 y las disposiciones de la Ley Nº 24007, o por vía postal, conforme lo establezca la reglamentación.
En el caso de electores residentes en países que no cuenten con representación diplomática, la reglamentación determinará el mecanismo para que puedan votar en la representación concurrente o vía postal”.
Remarca la legisladora que, en el año 2019, el Poder Ejecutivo dictó el decreto 45/2019 que posibilitó el sufragio vía postal de los residentes en el exterior que se encontraran inscriptos en el registro, a fin de facilitar el ejercicio de votar a quienes se encontraran distantes de las respectivas representaciones consulares y diplomáticas. Posteriormente, en el año 2021, el Ejecutivo derogó el mencionado decreto ya que, el Código Electoral Nacional sólo convalida el sufragio de los electores y las electoras únicamente en la mesa receptora de votos en cuya lista figuren asentados y asentadas.
Con el fin de propiciar el efectivo acceso al voto de quienes se encuentran residiendo en el exterior, en lugares alejados de las representaciones consulares, Terenzi propone modificar el Código Electoral Nacional, incluyendo en su normativa esta opción de sufragio a través del correo postal.
“Incluir el voto por correo postal dentro del Código Electoral Nacional subsanará la actual dicotomía suscitada entre el derecho de los votantes a acceder al sufragio y el respeto del plexo normativo vigente. Una vez aprobada la presente iniciativa, sí podrá el Ejecutivo reglamentar de modo pormenorizado el procedimiento de voto en estos casos”, asegura Terenzi.
Por último, si bien reconoce que el sistema requiere otras modificaciones, como el proyecto que se encuentra en la Cámara de Senadores para su revisión y que ya cuenta con media sanción de Diputados, que incorpora la boleta única de papel, “esta iniciativa otorga una solución factible y que generará un mayor acceso al derecho a voto de los ciudadanos argentinos residentes en el exterior”.