La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso la implementación de nuevos límites para las operaciones de compraventa de dólares financieros (MEP y Contado con Liquidación, CCL).
La medida fue adoptada mediante la resolución general 959/2023, con fecha 28 de abril y que será publicada mañana en el Boletín Oficial, pero que comenzó a tener vigencia a partir de este lunes, teniendo en cuenta que en Estados Unidos hay actividad financiera y bursátil.
La resolución considera pertinente «establecer ciertas restricciones» para quienes posean posiciones tomadoras en cauciones o pases, en el contexto de la necesidad de «fortalecer el orden macroeconómico» y «estabilizar los mercados».
Los límites se centran en la cantidad de valores negociables vendidos respecto de la cantidad de los comprados (con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local o extranjera).
Para dar curso a la venta de dólares CCL, deberán observarse como plazos mínimos de tenencia un día hábil en el caso de Valores Negociables emitidos bajo ley argentina y tres para los emitidos bajo ley extranjera, en ambos casos contados a partir de su acreditación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables.
Asimismo, se dispone que tanto los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) como los de Negociación no podrán dar curso ni liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera -en jurisdicción local y extranjera- correspondientes a clientes ordenantes (mientras mantengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, cualquiera sea la moneda de liquidación).
La resolución se elaboró en base a lo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia 164/2023, sobre la adopción de medidas «tendientes a consolidar y fortalecer el orden macroeconómico, así como también implementar políticas que permitan aportar mayor certidumbre cambiaria y financiera en el corto y el mediano plazo», indicó en sus considerandos.