Se actualizaron los topes para informar los movimientos en cuentas bancarias y tarjetas por parte de bancos y billeteras virtuales.
La AFIP decidió aumentar de $30.000 a $120.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito.
La Resolución General estableció que las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de cuentas y depósitos a plazo fijo deben ser informados a partir de $200.000.
Esto significa que cada compra realizada con tarjeta de débito sin financiación, por encima de los $120.000, deberá ser reportada por el banco o fintech emisora de la tarjeta a la AFIP.
La normativa actualizada también establece que las entidades deberán informar los consumos con tarjetas de débito en el exterior realizados por el titular y/o adicionales.
El régimen también contempla cuando el tipo de operación, ya sea de ingreso o egreso sea una transferencia bancaria o virtual, y ésta iguale o supere los $400.000.