El régimen de Nicolás Maduro decretó el estado de conmoción externa en Venezuela, otorgándose facultades extraordinarias que permiten la toma militar de infraestructuras estratégicas y la suspensión de garantías constitucionales.
La medida, justificada ante supuestas amenazas de Estados Unidos, mantiene en la opacidad su contenido exacto y alcance real.
Los poderes excepcionales del decreto
Bajo la Constitución venezolana, el estado de conmoción externa autoriza temporalmente la restricción de derechos fundamentales, exceptuando solo aquellos considerados intangibles como el derecho a la vida y la prohibición de tortura. Según análisis de Acceso a la Justicia, el decreto concede rango y fuerza de ley desde el momento de su emisión, permitiendo al régimen actuar sin los límites habituales de control y transparencia.
La justificación de «amenazas externas»
Delcy Rodríguez, alta funcionaria del gobierno chavista, justificó el decreto denunciando «peligrosas amenazas» de Estados Unidos. Alegó que el despliegue de fuerzas militares norteamericanas cerca de las costas venezolanas requiere una reacción «de defensa y seguridad». Rodríguez atribuyó a Washington la voluntad de apoderarse de los recursos energéticos y minerales del país, aunque no presentó evidencias concretas.
El control militar de infraestructuras clave
La medida permitiría la movilización de la Fuerza Armada a nivel nacional y el control militar de servicios públicos e industrias estratégicas, incluyendo hidrocarburos y empresas básicas. También faculta ejecutar cierres fronterizos y activar «todo tipo de planes económicos, políticos y sociales», consolidando el control chavista sobre cada aspecto de la estructura productiva y social del país.
La opacidad en el proceso de implementación
Pese a la gravedad de la medida, el régimen mantiene oculto el texto completo del decreto. Maduro reconoció haberlo suscrito, pero no se ha publicado en la Gaceta Oficial ni se ha dado a conocer su contenido exacto. Esta opacidad impide que la ciudadanía conozca los alcances reales de las restricciones que enfrentará.
Los mecanismos de control institucional
Por ley, el decreto debería presentarse en un plazo de ocho días ante la Asamblea Nacional y la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Sin embargo, ambas instituciones están controladas por el chavismo, lo que hace improbable cualquier revisión crítica o rechazo a la medida. La ONG Acceso a la Justicia reclama la publicación inmediata del texto.
La duración y posibles prórrogas
El estado de conmoción externa tendría una vigencia inicial de noventa días, prorrogable por un período igual previa aprobación parlamentaria. El Ejecutivo o el Parlamento pueden revocar la medida antes si consideran extinguidas las causas que la motivaron, aunque la falta de contrapesos reales hace improbable una revisión autónoma.
Las advertencias de organizaciones civiles
Organizaciones de derechos humanos alertan que la opacidad y discrecionalidad de la medida abren la puerta a nuevas olas de represión y control autoritario. La falta de transparencia impide que la ciudadanía pueda conocer a qué atenerse ante la inminente activación de este instrumento de excepción, generando incertidumbre y temor en la población.
El decreto de conmoción externa representa la consolidación de un mecanismo legal para el control autoritario en Venezuela. Bajo el pretexto de proteger al país de amenazas externas, el régimen de Maduro se atribuye facultades extraordinarias que limitan derechos fundamentales y concentran el poder en manos del ejecutivo, profundizando la crisis institucional y democrática que vive el país sudamericano. Información extraída del medio Infobae.