El régimen del monotributo sube sus topes un 14.3%, impactando en la facturación permitida y el valor de las cuotas mensuales. Conocé cómo afecta a cada categoría y qué hacer ante la «trampa» de exclusión.
El escenario fiscal para 2026 trae novedades inmediatas para los más de 4 millones de monotributistas que operan en Argentina. Según Noticias Argentinas, los topes máximos de facturación y los valores de las cuotas del Monotributo se actualizaron en un 14.3%, un ajuste que refleja la inflación del segundo semestre de 2025.
Este cambio, que rige desde el pago de enero que se abona en febrero, modifica los límites para permanecer en el régimen simplificado, especialmente para quienes están en los extremos de las categorías.
El detalle de la actualización y la «trampa» de exclusión que pocos ven
La actualización homogénea del 14.3% impacta en todas las categorías de la A a la K. Por ejemplo, la categoría K, la más alta, vio su tope de facturación anual elevarse de $94.8 millones a $108.3 millones. Perojo aclaró un punto crucial para evitar confusiones: este límite se evalúa sobre los últimos 12 meses de facturación real, no es un promedio mensual.
Sin embargo, el especialista lanzó una advertencia clave sobre lo que llamó la «trampa» de la exclusión. Quienes en diciembre de 2025 estaban cerca del límite máximo de su categoría deben prestar especial atención: la recategorización de enero se realiza comparando la facturación de los últimos 12 meses contra las escalas antiguas (las de 2025). «Si vos estabas muy cerca de excluirte en enero, al 31 de ese mes, los doce meses que mirás para atrás para verificar si no te excluiste son con las escalas viejas», explicó el contador. Esto significa que un pequeño exceso en diciembre podría derivar en una exclusión no prevista.
Ganancias y Bienes Personales: más deducciones y un impuesto que se extingue
Los cambios no se limitan al monotributo. Para los trabajadores en relación de dependencia, los montos mínimos no imponibles del Impuesto a las Ganancias también se actualizaron en un 14.8%. Esto eleva las franjas de exención, por ejemplo, a $2.49 millones para una persona soltera sin hijos, y a $3.3 millones para un matrimonio con dos hijos donde solo uno percibe ingresos.
Perojo destacó una deducción especialmente valiosa y a veces subutilizada: la de alquileres. Los inquilinos con contrato registrado pueden deducir el 40% de lo abonado (con un tope) más un 10% adicional sin tope, pudiendo llegar a descontar hasta la mitad del monto del alquiler en su declaración.
En cuanto al Impuesto a los Bienes Personales, la tendencia es clara: su eliminación progresiva avanza. Los mínimos no imponibles para 2025 ya son altos (US$280.000, excluyendo la vivienda y dólares bancarizados). Además, las alícuotas máxima continúan bajando: será del 0.75% en 2026y del mero 0.25% en 2027. «Ahí vence el impuesto», proyectó Perojo, anticipando su virtual desaparición para 2028.
Un año de hipereficiencia para las PyMEs y el consejo sobre el dólar tarjeta
Frente a este panorama, Perojo fue contundente sobre el desafío que enfrentan las pequeñas y medianas empresas. Si 2025 ya fue un año para ser «hipereficientes», 2026 parece que va a ser aún peor en esfuerzo para ser eficientes, advirtió, citando la apertura de importaciones y la volatilidad cambiaria como factores clave.
Finalmente, dio un consejo práctico sobre el dólar tarjeta. Quienes deben afrontar la percepción del 30% pueden deducirla en Ganancias o Bienes Personales si están inscriptos. Para quienes no lo están, existe la opción de solicitar la devolución mes a mes a través del servicio de ARCA, aunque el trámite es engorroso. La estrategia más simple para evitarla es pagar el resumen de la tarjeta directamente en dólares, comprando dólar MEP u oficial según convenga, planificando con antelación.




