El esquema del Monotributo vigente desde febrero de 2026, que define los topes de facturación y cuotas mensuales de más de dos millones de contribuyentes en todo el país, se mantiene sin cambios durante abril.
Las categorías del régimen simplificado para pequeños contribuyentes quedan de la siguiente manera:
Las 11 categorías del Monotributo
| Categoría | Facturación anual | Cuota (servicios) | Cuota (bienes) |
|---|---|---|---|
| A | hasta $10.277.988,13 | $42.386,74 | $42.386,74 |
| B | hasta $15.058.447,71 | $48.250,78 | $48.250,78 |
| C | hasta $21.113.696,52 | $56.501,85 | $48.320,22 |
| D | hasta $26.212.853,42 | $72.414,10 | $61.824,18 |
| E | hasta $30.833.964,37 | $102.537,97 | $81.070,26 |
| F | hasta $38.642.048,36 | $129.045,32 | $97.291,54 |
| G | hasta $46.211.109,37 | $197.108,23 | $118.920,05 |
| H | hasta $70.113.407,33 | $447.346,93 | $238.038,48 |
| I | hasta $78.479.211,62 | $824.802,26 | $355.672,64 |
| J | hasta $89.872.640,30 | $999.007,65 | $434.895,92 |
| K | hasta $108.357.084,05 | $1.381.687,90 | $525.732,01 |
Nota: En las categorías C a K, el importe de la cuota varía según si el monotributista presta servicios o vende bienes.
Qué tener en cuenta
Los valores de facturación y las cuotas mensuales se mantienen sin cambios desde febrero de 2026. Los monotributistas deben tener en cuenta que superar el tope de facturación de su categoría implica la recategorización obligatoria, lo que puede derivar en un aumento de la cuota mensual o incluso la exclusión del régimen.
La AFIP (actual ARCA) realiza controles periódicos para verificar que los contribuyentes estén correctamente categorizados. Se recomienda a los monotributistas revisar su situación fiscal y actualizar su categoría si corresponde.
Cómo recategorizarse
La recategorización del Monotributo se realiza cada seis meses (enero y julio). Los contribuyentes deben ingresar al sitio web de ARCA con su CUIT y clave fiscal, y completar el formulario de recategorización declarando los ingresos brutos de los últimos 12 meses.
Superar los topes de facturación de la categoría K implica la exclusión del Monotributo, y el contribuyente debe pasarse al régimen general de IVA y Ganancias.




