Una jueza federal de Nueva York dejó sin efecto la suspensión de los trámites de visa para la residencia permanente en Estados Unidos que el gobierno de Donald Trump había aplicado a ciudadanos de 75 países
La resolución judicial frena temporalmente una de las medidas de restricción migratoria implementadas a comienzos de año por la administración norteamericana.
Fundamentos del fallo contra la medida del Departamento de Estado
En su dictamen, la jueza Jeannette Vargas determinó que la disposición resultaba «contraria a la ley» y que el secretario de Estado, Marco Rubio, excedió las atribuciones legales de su cargo al establecer el bloqueo generalizado.
El fallo judicial remarcó los siguientes puntos clave sobre la decisión gubernamental:
-
Fundamento de la restricción: El Departamento de Estado había justificado la suspensión argumentando que los solicitantes de dichas naciones implicaban un riesgo de transformarse en una «carga para las finanzas públicas» o depender de la asistencia social.
-
Arbitrariedad por origen: La magistrada sostuvo que no se puede ordenar la denegación automática de visados basándose exclusivamente en la nacionalidad del solicitante cuando este cumple con los requerimientos legales vigentes.
-
Alcance: La resolución invalida las denegaciones tramitadas bajo este criterio desde el 21 de enero, beneficiando a peticionantes de países como Brasil, Rusia, Egipto, Afganistán, Irak, Irán, Nigeria, Somalía, Tailandia y Yemen, entre otros.
Antecedentes y posibilidad de apelación
La medida judicial revoca de manera directa las cancelaciones dispuestas para las visas de inmigrante —destinadas a la residencia permanente—, sin afectar el régimen de visados de no inmigrante para estadías temporales. No obstante, el gobierno estadounidense quedó facultado para apelar la resolución ante un tribunal de alzada para intentar reinstaurar la normativa.
