A través del Decreto 1266/2026, el Ejecutivo redujo el alcance del régimen para reenfocar la asistencia en la Patagonia, Malargüe y la Puna. Mar del Plata, Bahía Blanca y decenas de municipios bonaerenses pierden la bonificación geográfica automática y deberán cumplir criterios de ingresos para mantener el beneficio.
El Gobierno nacional oficializó la reestructuración del Régimen de Zona Fría tras reglamentar el Capítulo I de la Ley 27.828. La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial mediante el Decreto 1266/2026 con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Economía Luis Caputo, introduce modificaciones de fondo en el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas y establece qué distritos quedan fuera del esquema de tarifa bonificada.
La normativa elimina el beneficio automático que regía para las localidades sumadas en la ampliación de 2021 y restringe la cobertura geográfica prioritaria a la Patagonia, el departamento mendocino de Malargüe y la región de la Puna.
Las ciudades afectadas y los requisitos para conservar la asistencia
La medida impacta de forma directa sobre millones de usuarios que perdiendo el descuento automático por residencia. Entre los municipios afectados en la provincia de Buenos Aires se encuentran centros urbanos como Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría, Azul, Necochea, Pinamar, Villa Gesell, Junín, Pergamino y San Nicolás.
Para no perder la asistencia económica, los hogares de estas zonas deberán quedar encuadrados en el Régimen de Subsidios Focalizados, estar ubicados en las subzonas bioambientales contempladas y acreditar al menos una de las siguientes condiciones:
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Ingresos familiares: Contar con ingresos netos de hasta tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo de cuatro integrantes.
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Registro de vivienda: Disponer de un integrante con Certificado de Vivienda Familiar expedido por el ReNaBaP.
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Veteranos de guerra: Percibir una pensión vitalicia como héroe o veterano de la Guerra de Malvinas.
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Discapacidad: Contar con un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD), caso en el cual la autoridad de aplicación evaluará la necesidad del aporte.
Nuevo cálculo tarifario: la bonificación se aplicará únicamente sobre el gas en PIST
Además del recorte territorial, la reglamentación modifica la base de cálculo de la tarifa. A partir de la entrada en vigencia del decreto, la bonificación se calculará de manera exclusiva sobre el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), en lugar de aplicarse sobre el monto total de la factura.
Como consecuencia de este cambio, los rubros correspondientes a transporte, distribución e impuestos quedarán excluidos del descuento, lo que significará un incremento en el valor final de las boletas incluso para aquellos usuarios que logren conservar la categoría de subsidiados. La Secretaría de Energía será la encargada de reglamentar en los próximos días los mecanismos de inscripción y acreditación formal.
