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Prisión preventiva

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A 8 meses del femicidio de Evelyn Lehr, ocurrido en junio del año pasado en Trelew, el caso avanza a la elevación a juicio, anticipó a RADIO 3 la abogada de la familia. El próximo 14 de marzo vencen los 3 meses de prórroga de la prisión preventiva del femicida Archie Philips.

La abogada Lorena Elisaicin, querellante de la familia de Evelyn, anticipó a RADIO 3 que a fines de febrero o principios de marzo se realizará la audiencia de elevación a juicio de Archie Philips, el femicida de la joven.

Evelyn Lehr tenía 25 años cuando fue asesinada de 28 puñaladas por quien era su pareja, Archie Phillips, el 14 de junio de 2018.

La causa se vio demorada y se debió solicitar una ampliación del plazo para realizar la investigación, en diciembre pasado, porque no se llegó a tiempo con las pericias y se vencía también el periodo de prisión preventiva dictado para el imputado.

La abogada Elisaicin explicó al respecto que la Fiscalía ya cuenta con las pruebas necesarias para presentar la acusación con Phillips, con lo cual la presentación se realizaría antes de la finalización de la prisión preventiva, el próximo 14 de marzo.

Radio 3

Audiencia de revisión de la prisión preventiva por tentativa de homicidio agravado

Por el ilícito contra la persona acontecido el pasado 1ro. de diciembre de 2018 se concretó la mañana del martes en los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de revisión de la prisión preventiva por dos jueces, solicitada por el defensor de la imputada Ana Lepio.

El defensor requirió su libertad y subsidiariamente su arresto domiciliario; en tanto que la fiscal se confirme la prisión preventiva por dos meses que le fuera confirmada el pasado lunes por la jueza natural de la causa. Finalmente el tribunal revisor resolvió por unanimidad confirmar la decisión de la jueza natural manteniendo a Lepio privada de su libertad.

El tribunal de revisión fue integrado por los jueces penales Martín Cosmaro y Mónica García; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa fue ejercida por Guillermo Iglesias, defensor particular.

En un primer momento el defensor se refirió a las posibles calificaciones jurídicas que puede tener el caso, como tentativa de homicidio o lesiones graves y que se produjo un informe del Cuerpo Médico Forense donde concluye que la víctima tuvo lesiones graves que pusieron en riesgo su vida.

La jueza natural dijo que tomaba como base la tentativa de homicidio, prescindiendo de los agravantes. Respecto de la solicitud de arresto domiciliario solicitada para Lepio con su hijo como tutor, aseguró que su hijo no reunía las condiciones para cuidar de su madre.

El defensor también aseguró que la víctima miente y que la agresión estuvo rodeada de circunstancias donde falta a la verdad. Postuló que la agresión fue “bajo emoción violenta” y que la imputada se quedó en el lugar del hecho a esperar a la policía. Tiene arraigo y mostró su voluntad de sujeción al proceso, sostuvo. Solicitando su libertad con prohibición de acercamiento y contacto con la víctima y prohibición de alejarse de la ciudad sin autorización judicial; y subsidiariamente su detención domiciliaria al cuidado de su hijo y su expareja.

En contraposición la fiscal solicitó al tribunal que se mantenga la prisión preventiva que le fuera impuesta a Lepio por la jueza natural ya que la misma fue fundada en la gravedad del hecho y en la pena en expectativa.

Ayer la jueza descartó el peligro de entorpecimiento pero fundó su resolución en el peligro de fuga y la gravedad del hecho. La víctima tenía varias lesiones, una de ellas grave en la zona del cuello, con una cicatriz quirúrgica de 21 centímetros.

Recordó que la imputada abre una ventana, saca la llave y luego ingresa al domicilio. Una testigo se esconde en el baño y se produce la agresión a la víctima, escucha que ella le grita “morite h. de p.” y que él le contesta “Ana me cortaste”. “La defensa trata de confundir con circunstancias menores que no cambian el hecho”, argumentó la fiscal.

El hecho fue grave cometido en la madrugada y la lesión puso en riesgo la vida de la víctima. La calificación legal provisoria del mismo es “homicidio en grado de tentativa agravado por la relación de pareja”, aunque la relación había terminado, pero se seguían viendo; descartando que se cometiera bajo emoción violenta. Concluyendo que, en caso de recaer condena, la pena será de cumplimiento efectivo y que la resolución de la jueza natural fue debidamente fundada.

Finalmente los jueces revisores resolvieron por unanimidad confirmar la prisión preventiva dictada por la jueza natural de la causa, Raquel Tassello, ya que la misma no fue arbitraria ni infundada. Tassello fundó su resolución en la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerla como probable autora del hecho. También en el peligro procesal de fuga, fundado en las características graves del hecho y la pena que se espera como resultado del procedimiento.

El ilícito investigado:

El hecho investigado acontece el día 01 de diciembre de 2018, cuando siendo aproximadamente las 06:00 hs, la víctima se encontraba acostado junto a una testigo en el interior de su domicilio sito en calle Los Aromos, del Barrio Las Flores.

En tales circunstancias, se hizo presente su ex pareja Ana Elizabeth Lepio, quien comenzó a caminar por el techo de la vivienda, para luego bajar a la altura de la puerta de ingreso y tras correr la ventana lindante a la misma, tomó la llave que se encontraba colgada y con la misma comenzó a abrir dicha puerta de ingreso.

Al escuchar ruidos, la testigo se escondió en el baño mientras la víctima se levantó y atendió a Lepio. Así las cosas, la víctima le manifestó a Lepio que su relación ya había terminado, a lo que Lepio preguntó si había alguien más.

Acto seguido, Lepio se dirigió al baño y constató que la testigo se encontraba en su interior, manifestándole a la víctima “sácala de ahí, la mato a ella o te mato a vos”.

Seguidamente Lepio, valiéndose de un cuello de botella color verde con tapa amarilla, y con claras intenciones de darle muerte a la víctima, le cortó la zona lateral izquierda de su cuello, refiriéndole éste “Ana me cortaste el cuello…me estoy muriendo Ana”, respondiéndole Lepio: “Morite h. de p.”. Posteriormente, la víctima egresó del domicilio tomándose el cuello, y fue caminando hasta intersección de Av. Rivadavia y calle Ituzaingó de esta ciudad de Comodoro Rivadavia, donde se encontró con personal de la Seccional Segunda a quien les refirió: “mi mujer Ana Elizabeth Lepio me apuñaló con una botella en mi casa, me desmayo, me desmayo”, siendo posteriormente auxiliado por la ambulancia del Hospital Regional.

Finalmente auxiliares de la justicia de la Seccional Cuarta anoticiado del hecho por la Seccional Segunda, se constituyeron en la ubicación antes referida y procedieron a la aprehensión de Lepio.

De acuerdo a lo establecido en la audiencia de control, se llevaron adelante procedimientos que permitieron el reconocimiento por parte de las víctimas, respecto a la participación de Matías Santos un hecho de robo agravado ocurrido en una vivienda ubicada en la zona de chacras de esta ciudad.

Posteriormente a las diligencias se llevó adelante la correspondiente revisión en sala del tercer piso de tribunales, con el Ministerio Público Fiscal representado por la fiscal general jefa Silvia Pereira, en tanto la defensa fue ejercida por Matías Cimadevilla.

La doctora Pereira manifestó que a tenor de todo lo expuesto y los resultados positivos de las medidas que habían sido dispuestas, se reconoció en un cien por ciento a Matías Santos como uno de los autores del hecho, que sucedió el 19 de noviembre de este año. Sostuvo la coautoría de robo doblemente agravado por ser en despoblado y en banda con la utilización de arma de fuego, artículos 45 y 166 inciso 2 primer y segundo párrafo del código penal. Argumentó sobre los peligros de fuga y entorpecimiento y enfatizó sobre los antecedentes del imputado para solicitar la prisión preventiva.

Prisión preventiva

El Juez Fabio Monti valoró los elementos colectados por el Ministerio Público Fiscal y teniendo en cuenta los riesgos procesales existentes resolvió la prisión preventiva para Matías Santos por el término de tres meses, comprometiendo a la fiscalía para que en ese término pueda elevarse la acusación respectiva que permita la posible elevación de la causa a juicio oral.

Hecho

Aquel lunes 19 de noviembre, antes de las 23, una familia se disponía a comer en su chacra, ubicada en la zona oeste de esta ciudad. En esas circunstancias son alertados por los ladridos de su perro que había gente en el exterior por que, temerosos de lo que acontecía, sale el propietario al exterior y al observar una persona vestida toda de negro, encapuchada y acercándose a la casa, efectúa un disparo con su arma de fuego, el cuál es repelido por el sujeto observado, pero inmediatamente es abordado por un segundo sujeto que desde atrás le golpea la cabeza y sumándose dos individuos más lo ingresan a la casa, maniatándolo con los cables de la alarma que iban arrancando.

En tanto, la esposa del afectado y sus hijos se encontraban en el interior y al escuchar los disparos intenta llamar a la policía, momento que ingresa abruptamente uno de los visitantes con un arma de fuego, a cara descubierta, y le apunta contando con la cooperación de otras dos personas, también con armas. Los trasladan hasta la habitación contigua a la que se encontraba su esposo y amenazando con las armas le decían a la mujer: “dónde está el fusil?, dónde están las armas?, mientras la situación se violentaba con el resto de los sujetos registraban toda la vivienda y los vehículos que estaban afuera apoderándose de armas con documentación registrada y todo tipo de herramientas, para darse posteriormente a la fuga en una camioneta de la empresa Obras Argentinas donde la víctima trabaja, encontrada dos días después cerca del aeropuerto abandonada y sin batería.

Se trata de un joven detenido este sábado en Trelew, quien luego de ingresar a la casa de su ex pareja, abusó sexualmente de ella.

Se realizó la audiencia de control de detención de un joven apresado el sábado pasado en Trelew por el delito de abuso sexual. La misma estuvo presidida por el Juez Marcelo Nieto Di Biasse y participó la fiscal Silvia Pereira.

De acuerdo a lo informado en la ocasión, el imputado se introdujo en la vivienda de su ex pareja cerca de las 5.30 de la madrugada, el sábado pasado, y a pesar de la negativa expresada por la mujer, él decidió permanecer en el lugar y acostarse.

Posteriormente, el hombre ejerció violencia contra la mujer para someterla sexualmente, mientras la víctima trató de defenderse.

Tras retirarse del lugar y dirigirse a su domicilio, se acercaron familiares de la víctima y cuando intentaba darse a la fuga fue detenido por la Policía que ya había sido notificada de lo ocurrido.

Según se informó, ambos tiene una hija en común, de 3 años, quien se encontraba en el domicilio al momento del hecho.

En la audiencia, la Fiscal mencionó los elementos colectados, valorándose fundamentalmente mensajes enviados por el imputado a su víctima previamente.

Argumentó sobre los riesgos de fuga y entorpecimiento para realizar el pedido de prisión preventiva, quedando ella a cargo de la investigación junto a la funcionaria de fiscalía Julieta Gamarra.

El Juez Di Biasse resolvió la apertura de investigación bajo la calificación de “abuso sexual con acceso carnal mediante violencia ejercida contra la víctima”, enmarcado en la Ley de Violencia de Género.

Tenido en cuenta los riesgos procesales detallados por la fiscalía, el magistrado determinó la prisión preventiva del imputado por el término que dure la investigación, fijada en 6 meses.

Radio3 Cadena Patagonia

En una audiencia de control de detención llevada adelante en horas de esta mañana, la funcionaria de fiscalía Julieta Gamarra expuso sobre la imputación y los antecedentes que recaen sobre Brian Valenzuela, quien había sido detenido durante un allanamiento realizado ayer en Trelew. El evento tuvo lugar en sala de audiencias del tercer piso de tribunales en esta ciudad.
La fiscalía relató que el 19 de diciembre cerca de las 14,30 Brian Valenzuela amenazó de muerte con un arma de fuego a un jóven que caminaba por Muster y Murga de Trelew. A ese sitio habría llegado acompañado por otros cuatro individuos, manejando el imputado un vehículo vw gol color gris, descendiendo del mismo y diciéndole a la víctima que mataría a él y su hermano.

Radicada la denuncia y efectuada la entrevista correspondiente se ordena el allanamiento que se efectuó ayer en horas de la madrugada lográndose secuestrar un arma de fuego 9 mm con cargador y diez municiones, que se encontraba en el interior de un sillón, además de elementos sustraídos en diferentes hechos: una amoladora, un taladro, una sierra circular, una motocicleta, una gorra policial, y también marihuana y cocaína. Por otro lado, si bien el automóvil no se encontraba en aquel sitio, se pudo dar con los documentos que verifican la existencia del mismo.

El Juez César Zaratiegui valoró los elementos colectados e informados por la doctora Gamarra y acordó la prisión preventiva por el término de tres meses al considerar que existe el peligro de fuga y entorpecimiento. Valenzuela cuenta con antecedentes que datan del 3 de abril de 2017 cuando se benefició con la suspensión de un juicio a prueba, no habiendo cumplido con los requisitos fijados en la oportunidad. También tiene una sentencia de responsabilidad y una salida alternativa, mientras que otra causa del 28 de septiembre de este año, guarda estrecha vinculación con este nuevo hecho ya que el imputado disparó en varias oportunidades contra el domicilio y automóvil de una hermana de la víctima. Se puso de manifiesto el temor existente entre los testigos y las víctimas de todas estas situaciones.

La calificación es la de amenazas agravadas por el uso de arma, tenencia ilegal de arma de fuego y encubrimiento todo en concurso real, de acuerdo a los artículos 149 bis, 189 bis, 277 y 45. Al frente de la investigación estará la fiscal general Carolina Marín, en compañía de la funcionaria Julieta Gamarra, en tanto los defensores de Valenzuela son Abdón Manyauix y Pedro Contreras. En consecuencia, Brian Valenzuela deberá permanecer en principio tres meses en prisión preventiva, término en que se revisará su situación.

Se trata de la causa iniciada a raíz de los cuadernos de Oscar Centeno. En la misma resolución, afirmó que los empresarios no formaban parte de esa organización ilegal.

En uno de los fallos más esperados por el mundo político y empresarial, la Cámara Federal confirmó hoy los procesamientos de Cristina Kirchner, Julio De Vido y Roberto Barattacomo líderes de una asociación ilícita que funcionó detrás de los negocios de Planificación e incluyó en esa lista de organizadores al ex secretario José López, el financista Ernesto Clarens y el ex titular de la Cámara de la Construcción Carlos Wagner, quienes hasta ahora estaban como miembros de la banda.

Pero además, en una resolución de 89 hojas a la que accedió Infobae, los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, de Sala I de la Cámara Federal, resolvieron dejar afuera de la asociación ilícita a los empresarios que estaban procesados también como miembros. En la lista aparecen desde Angelo Calcaterra, Aldo Roggio, Luis Betnaza(Techint), Gabriel Romero, Juan Chediack o Enrique Pescarmona.

Al único que consideraron miembro fue a Gerardo Ferreyra, quien permanecerá detenido. El resto de los empresarios que están en la cárcel o en prisión domiciliaria quedan en libertad. «Electroingeniería S.A. habría sido el motor de las rutinarias y cuantiosas entregas de dinero que quedaron reflejadas en las anotaciones de Centeno. Pero ellas poseen un ingrediente especial (…) El dinero que, vía aquella compañía, era girado por Gerardo Ferreyra no puede ser leído bajo la sencilla visión de un retorno por un contrato, sino como el puente que enlazaría la asociación ilícita con cuantocanal pudiera habilitarse para la obtención de fondos», se señaló.

No obstante, la decisión de la Cámara Federal revocó la falta de mérito que había beneficiado a los empresarios de segundas líneas que habían cumplido órdenes para entregar coimas. La media alcanzó a Jorge Neira, Héctor Sánchez Caballero, Rodolfo Poblete, ,Héctor Zabaleta, Francisco Valenti y Osvaldo Acosta.

A todos, sin embargo, se les mantiene el procesamiento por haber entregado dinero. Y en vez de dádivas, se consideró para todos la figura de cohecho, es decir: coimas. El chofer Oscar Centeno, arrepentido y puntapié de esta causa, también vio confirmado su procesamiento.

La banda, según la Cámara Federal

«Los ocho cuadernos escritos por Oscar Centeno entre 2005 y 2010, y nuevamente desde 2013 a 2015, son testimonios de la realidad; el más detallado que se pueda tener sobre una práctica de corrupción enquistada en el corazón del gobierno de la última década. En ellos se relatan infinidad de trayectos por las calles de esta ciudad y del conurbano, cientos de nombres y de lugares, múltiples escenas surcadas por un mismo denominador común: el dinero», sostuvo la Cámara en la resolución a la que accedió Infobae.

Pero además el fallo tomó las palabras de varios arrepentidos. «Al asumir la presidencia de la Nación, Néstor Kirchner no sólo habría traído consigo el modelo de gestión que desarrollara en sus años como gobernador de Santa Cruz, con él se importaría también un sistema de recaudación paraestatal, centrado principalmente –por su volumen- en la concesión de la obra pública, sin descartar otras formas recaudatorias de ingresos espurios», se señaló.

«Las referencias sobre el destino de las sumas percibidas se cuentan por centenares y conducen al domicilio de los ex mandatarios -sea en el edificio de Uruguay y Juncal de esta ciudad o en la quinta presidencial de Olivos- o a las manos de algún colaborador de extrema confianza. Es así que el nombre de Daniel Muñoz (fallecido), secretario privado de la presidencia, aparece mencionado 87 veces en las anotaciones de Centeno. Se agrega la residencia del matrimonio Kirchner en Río Gallegos, señalada también como destino de los bolsos con dinero. En suma, con mayor o menor detalle, lo cierto es que las evidencias colectadas muestran que el derrotero de los montos recaudados culmina en los ex presidentes», se advirtió.

«Infinidad de pagos, un único punto de convergencia – se añadió-. Una pirámide donde los diversos orígenes de la recaudación conducen a un mismo vértice. Las múltiples entregas de dinero de parte de numerosas empresas -a las que el Juez calificó en algunos casos como dádivas y en otros como cohecho- dan cuenta de ello.

Según se sostuvo, «las probanzas colectadas en autos han revelado los actores, los lugares y las rutinas de esta comunidad ilícita, enclavada en el seno de la Administración Pública Nacional.»

Y advirtió: «no se trató de una simple organización criminal ubicada en estratos medios del escalafón administrativo. Su estructura piramidal con eje en los máximos representantes del Poder Ejecutivo del Estado Nacional le dio características extraordinarias: de inusual y poderosa capacidad de acción, medios extraordinarios basados en la estructura jerárquica para lograr sus fines y, sobre todo, de una impunidad sin precedentes. Corrupción con rasgos definitivos de gravedad y descomposición institucional, increíblemente prolongada en el tiempo».

Desafuero

Aunque el juez Claudio Bonadio al dictar el procesamiento de Cristina Kirchner había dejado supeditado un pedido de desafuero a la confirmación de la Cámara, los jueces Bruglia y Bertuzzi no se expedieron sobre la cuestión. No obstante, confirmaron las prisiones preventivas de Cristina Fernández, Julio de Vido, Roberto Baratta, Nelson Lazarte, Rafael Llorens, José M. Olazagasti, José López, Oscar A. Thomas y Gerardo Ferreyra.

Lo que sí resolvieron rechazar las nulidades planteadas por la defensa de Cristina sobre la nulidad de la causa, el inicio de la investigación y los llamados planteos de «litispendencia».

Empresarios y ex funcionarios libres

Más allá de los procesamientos, la Cámara Federal dispuso la excarcelación de varios de los imputados. A los empresarios porque ya no forman parte de la asociación ilícita. A algunos ex funcionarios porque no hay riesgos para ellos de fugarse, entorpecer la investigación y tener relaciones residuales con el poder.

Los empresarios excarcelados son Carlos Mundín, presidente de BTU y del empresario rionegrino Raúl Vertua, que estaban detenidos en la cárcel de Marcos Paz. También alcanza a Néstor Otero y Juan Carlos Lascurain, ex presidente de la Unión Industrial Argentina, que por su edad y razones de salud tenia prisión domiciliaria.

Los ex funcionarios de menor rango que estaban presos y quedan libres son Walter Fagyas, ex presidente de Enarsa; Hernán Del Río, chofer de José María Olazagasti, secretario de Julio De Vido; Ezequiel García, ex director de Energías Renovables del Ministerio de Planificación; y Hernán Gómez, ex asesor del Ministerio de Planificación.

El resto de los ex funcionarios seguirán presos, entre ellos está De Vido, Baratta o Mariano Llorens, entre otros.

Arrepentidos

En un apartado, los jueces también resolvieron rechazar la inconstitucionalidad de la ley del arrepentido, formulada por varios ex funcionarios presos. Afirmaron que la ley no viola la igualdad ante la ley, sino que solo da beneficio a un imputado que colabora; ni tampoco el principio de no declarar contra si mismo. Un detalle, remarcaron, la ley es de acogimiento voluntario.

Desprocesados

La Cámara dispuso la falta de mérito de los protagonistas judiciales que estaban procesados por la causa cuadernos. Se trata del ex juez Norberto Oyarbide y del auditor Javier Fernández. Según la hipótesis, ellos habrían recibido dinero de la banda y por lo tanto no estarían formando parte de un sistema de recaudación organizado. No obstante se ordenó extraer testimonios para investigarlos, en una causa aparte, para estudiar si cometieron delitos.

Reducción de embargos

Los jueces decidieron además reajustar los embargos que había fijado Bonadio de 4 mil millones de pesos para cada uno de los integrantes de la asociación. A Cristina Kirchner le fijaron un embargo de 1.500.000 pesos y a De Vido 1.095.000, pero a los empresarios les fijaron un monto mayor.

 

Infobae

En tres meses más una nueva audiencia

Siguen con prisión preventiva por tres meses más los tres individuos que intentaron ingresar al Banco Patagonia en Rawson

A instancias del fiscal general Osvaldo Heiber el juez de garantías Gustavo Castro resolvió en la mañana de este viernes que por tres meses más hasta tanto prospere la investigación, los tres individuos sorprendidos por la policía intentando ingresar al Banco Patagonia en Rawson, continúen con medidas coercitivas.

Mientras que uno de ellos seguirá detenido en un centro carcelario, los otros dos estarán con arresto domiciliario. Se trata de Jaime Muñoz, Emiliano Núñez y Facundo Méndez, todos de la ciudad de Trelew. Un cuarto individuo logro fugar. El juez consideró que existe riesgo de que en libertad los imputados puedan entorpecer la investigación en la que restan aún realizar importantes pericias. Para Muñoz y Méndez ordenó el arresto domiciliario y para Núñez, su detención en la seccional tercera de Trelew. Solamente el imputado Núñez tiene antecedentes: una condena firme por un robo agravado hace casi tres meses en Trelew.

El hecho se produjo el pasado día 30 de noviembre cerca de las 23 horas del viernes cuando huían de la policía que les impidió ingresar al Banco Patagonia tras haber realizado dos boquetes en el techo. En la fuga abandonaron una mochila con herramientas, guantes y equipos de comunicación.

El juez Jorge Novarino hizo lugar al pedido del Ministerio Publico Fiscal respecto de una ampliación de 45 días de investigación a los fines de que la parte investigadora termine las pericias que tiene pendientes. Asimismo, el magistrado dispuso mantener la medida de prisión preventiva contra Maximiliano «Nego» Nehiual (23) imputado por la fiscalía como presunto autor del asesinato de Bruno Suarez (19) y por tentativa de homicidio contra otro joven que integraba el grupo de la víctima. Así las cosas, Nehiual continuara detenido en la comisaría local. En tanto, se estableció que 15 de enero del 2019 vence el plazo para la presentación de la acusación publica.

En la sala de audiencias de la Oficina Judicial se desarrollo una audiencia de revisión de la medida de prisión preventiva y pedido de ampliación del plazo de investigación. El acto judicial fue presidio por el juez de garantías Jorge Novarino.

La Fiscalía fue representada por el funcionario Julio Herrera . El detenido recibió el asesoramiento legal del abogado de la defensa publica Marcelo Catalano. El abogado particular Manuel Mauriño participo como querellante en representación de la familia de Bruno Suarez.

En la oportunidad, Herrera informo que los investigadores habían presentado un escrito solicitando una ampliación de 45 días para concluir pericias, en el marco de las tareas investigativas que vienen desarrollando. Asimismo indico que los representantes de la Defensa Publica, no habían formulado oposición a este requerimiento.

Por su parte, Catalano indico que a título personal consideraba que las justificaciones presentadas por la fiscalía, eran cuestiones de orden administrativo y no dicultades propias de la investigación. En este sentido, considero que desde un tiempo a esta parte, los investigadores estaban transformado lo excepcional en habitual.

La segunda cuestión abordada en la audiencia fue el pedido efectuado por Herrera de mantener la medida de prisión preventiva contra el procesado hasta la fecha en la que vence la acusación. El funcionario explico que el fundamento se basa en la observación realizada el último viernes por los jueces revisores Raquel Tasello y Jorge Odorisio respecto de tener una fecha determinada del vencimiento de la medida de coerción.

En este marco, recordó que Nehiual se encuentra cumpliendo una condena de 2 años y 2 meses de prisión por lesiones graves y hurto. A ello agrego que como resultado del procedimiento en esta causa donde se encuentra imputado por homicidio agravado y tentativa de homicidio, la misma seria de cumplimiento efectivo por tratarse de los delitos más graves que establece el Código Penal.

A su turno el querellante adhirió al pedido del reprententa del ministerio Publico Fiscal. En tanto, Catalano considero razonable el pedido de los acusadores.

Finalmente Novarino resolvió hacer lugar al pedido de ampliación de 45 días al plazo de investigación. Con respecto a la prisión preventiva dispuso que la misma debe continuar hasta el 15 de enero del próximo año.

Los hechos

El miércoles 30 de mayo Bruno Suarez y sus tres amigos fueron al Pub “Los Tres Hermanos”. Los adolecentes habían terminado de jugar un partido de futbol y decidieron ir tomar unas cervezas en el local ubicado sobre la calle Angulo del barrio «Juan XXIII», a dos cuadras del predio del Club Deportivo Sarmiento .

Bruno Suarez y sus amigos se ubicaron en una esquina de la barra, cerca de la salida de emergencia del recinto. Eran aproximadamente la 01:30 cuando ingreso Nehiual acompañado por dos mujeres. Se sentaron cerca de la máquina de música y la puerta de ingreso del pub.

Según el relato que van reconstruyendo los investigadores, a los pocos minutos el imputado se dirigió hacia la puerta de ingreso del local. Allí, actuando sobre seguro, de forma sorpresiva, sin motivo y sin advertencia previa, e extrajo un arma de fuego de entre sus ropas. Luego disparo contra el grupo de Bruno Suarez.

La fiscalía considera que las víctimas se encontraban desprevenidos y en completo estado de indefensión. Uno de los disparos impacto en el abdomen de Bruno Suárez. Esta herida finalmente le produciría la muerte. Tenía 19 años

En este sentido, se informo que uno de los jóvenes procuró ponerse a resguardo detrás de una pared , pero igualmente fue alcanzado por uno de los disparos del arma de fuego que utilizo Neihual.

Para los investigadores, el imputado tenia claras intenciones de darle muerte y por eso cambió la dirección de su ataque. Como consecuencia de los disparos le produjo una herida en el brazo derecho, arriba del codo, a la altura del corazón.

Finalmente, la encargada del local se acercó a la puerta del pub donde se encontraba el agresor y lo increpó por su conducta. Así logro impedir que continuara atacando a los jóvenes.

Con respecto a la calificación jurídica la fiscalía acusa a Nehiual como presunto autor del delito de homicidio doblemente agravado por alevosía y por el uso de arma de fuego, en concurso real con homicidio tentado doblemente agravado por alevosía y el uso de arma de fuego.

El tribunal colegiado integrado por los jueces Raquel Tasello y Jorge Odorisio resolvió mantener la medida de prisión preventiva contra Maximiliano «Nego» Nehiual (23), imputado por la fiscalía como presunto autor del asesinato de Bruno Suarez (19) y por tentativa de homicidio contra otro joven que integraba el grupo de la víctima. Los hechos ocurrieron el miércoles 30 de mayo.

Ese día, Nehiual utilizo un arma de fuego para disparar contra el grupo de adolescentes que se encontraban en el interior del pub «Los tres hermanos». Asimismo los magistrados establecieron que de acuerdo al estado procesal de la causa, el próximo lunes 3 de diciembre se tiene que debatir nuevamente la continuidad de la medida de coerción.

En la sala de audiencias de la Oficina Judicial se desarrollo una audiencia de revisión de la medida de prisión preventiva al cumplirse seis meses desde que el juez de garantías Jorge Novarino dispuso su aplicación.

La Fiscalía fue representada por la fiscal Laura Castagno y el funcionario Julio Herrera . El detenido recibió el asesoramiento legal del abogado de la defensa publica Tomas Malerba. El tribunal de revisión compuesto por los jueces Tasello y Odorisio participaron mediante el sistema de video conferencia desde la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia. En tanto, en representación de la familia de Bruno Suarez, asistió el abogado Manuel Mauriño.

En la oportunidad, Herrera informo que Nehiual se encuentra detenido desde el 30 de mayo y al cumplirse seis meses de la aplicación preventiva correspondía realizar una audiencia de revisión de la medida.

En este marco señalo que se encuentra pendiente la presentación de la pieza de acusación publica y que aun resta conocer el resultado de algunas pericias y el informe sobre la mecánica del hecho que deben realizar los profesionales del área de criminalísticas. Para todo ello, el investigador indicio que peticionara una prorroga de 45 días.

Por su parte Castagno, agrego que los fundamentos del pedido de mantener la medida de coerción se fundamentan en las características del hecho y la pena en expectativa.

Asimismo ,los representantes del Ministerio Publico Fiscal recordaron que el sospechoso se encuentra cumpliendo una condena de 2 años y 2 meses de prisión, en el marco de una causa por lesiones graves y hurto.

A su turno, Malerba no cuestiono los hechos reseñados por la fiscalía. En tanto, sostuvo que las partes no habían requerido la realización de esta audiencia al considerarla innecesaria en función de que su asistido ya se encuentra cumpliendo una condena.

Continua detenido

Luego de un cuarto intermedio, los jueces de Comodoro Rivadavia informaron su resolución. En este marco, señalaron que no compartían el criterio adoptado por el juez Novarino y les resultaba asombroso, que en la audiencia de apertura donde se otorgaron seis meses de investigación, el magistrado haya dictado una medida de prisión preventiva hasta la realización de la audiencia preliminar, la cual no tenía una fecha determinada.

Para la juez Tasello su colega de la circunscripción judicial de Sarmiento fijo una prisión preventiva sin fecha. Al respecto, considero que esta decisión judicial repercute sobre el derecho del imputado a tener un horizonte sobre su situación de privación de la libertad.

Por otra parte, celebro que el subdirector de la oficina judicial haya fijado una audiencia, aun cuando no había sido requerida por las partes. La presidenta del tribunal afirmo que termino siendo la oficina judicial, quien brego por los derechos del imputado.

Así las cosas, indicaron que se dan los requisitos procesales para mantener la prisión preventiva de Nehiual hasta el lunes 3 de diciembre a las 09:00. Ese día se deberá debatir la continuidad de la medida.

Los hechos

El miércoles 30 de mayo Bruno Suarez y sus tres amigos fueron al Pub “Los Tres Hermanos”. Los adolecentes habían terminado de jugar un partido de futbol y decidieron ir tomar unas cervezas en el local ubicado sobre la calle Angulo del barrio «Juan XXIII», a dos cuadras del predio del Club Deportivo Sarmiento .

Bruno Suarez y sus amigos se ubicaron en una esquina de la barra, cerca de la salida de emergencia del recinto. Eran aproximadamente la 01:30 cuando ingreso Nehiual acompañado por dos mujeres. Se sentaron cerca de la máquina de música y la puerta de ingreso del pub.

Según el relato que van reconstruyendo los investigadores, a los pocos minutos el imputado se dirigió hacia la puerta de ingreso del local. Allí, actuando sobre seguro, de forma sorpresiva, sin motivo y sin advertencia previa, e extrajo un arma de fuego de entre sus ropas. Luego disparo contra el grupo de Bruno Suarez.

La fiscalía considera que las víctimas se encontraban desprevenidos y en completo estado de indefensión. Uno de los disparos impacto en el abdomen de Bruno Suárez. Esta herida finalmente le produciría la muerte. Tenía 19 años

En este sentido, se informo que uno de los jóvenes procuró ponerse a resguardo detrás de una pared , pero igualmente fue alcanzado por uno de los disparos del arma de fuego que utilizo Neihual.

Para los investigadores, el imputado tenia claras intenciones de darle muerte y por eso cambió la dirección de su ataque. Como consecuencia de los disparos le produjo una herida en el brazo derecho, arriba del codo, a la altura del corazón.

Finalmente, la encargada del local se acercó a la puerta del pub donde se encontraba el agresor y lo increpó por su conducta. Así logro impedir que continuara atacando a los jóvenes.

Con respecto a la calificación jurídica la fiscalía acusa a Nehiual como presunto autor del delito de homicidio doblemente agravado por alevosía y por el uso de arma de fuego, en concurso real con homicidio tentado doblemente agravado por alevosía y el uso de arma de fuego.

El juez de garantías Fabio Monti abrió la investigación judicial y dictó la prisión preventiva por el plazo de siete días para el autor del crimen, Angel Rodríguez.

En audiencia de control de detención, el juez Fabio Monti, resolvió formalizar la apertura de investigación conforme el hecho relatado y la calificación provisoria legal escogida por el Ministerio Público Fiscal por el plazo legal previsto en el CPP. A su vez, ordeno dar intervención al cuerpo médico forense a fin de examinar a Rodríguez y determine las lesiones que se encuentran en su cuerpo y las formas de producción. Además la requisa vehicular del rodado marca VW color rojo que se encuentra en puesto policial 625 a fin de proceder al secuestro de cuchillos y que personal de Criminalística proceda al levantamiento de toma de muestras de presuntas manchas hemáticas y de combustible. Y por último, pidió a las partes para que produzcan la mayor cantidad de pruebas posibles para esclarecer el caso.

El Hecho.

El crimen se produjo el lunes 19 de noviembre, aproximadamente a las 00:20 hs. como consecuencia de una reyerta, muere Leonardo Souto y Ricardo Triviño recibe heridas punzo cortantes. Las lesiones fueron de carácter grave conforme informe del médico forense. Leonardo Souto recibió tres heridas punzo cortantes que le provocaron la muerte. La calificación provisoria solicitada por el fiscal Osvaldo Heiber fue de homicidio simple en concurso real con lesiones graves en carácter de presunto autor, además solicitó prisión preventiva y dejo planteado los riesgos procesales. El fiscal general Osvaldo Heiber expuso que existe probabilidad de autoría por testimonios, peligro de fuga, peligro de entorpecimiento, por lo tanto requiere en principio un mes de prisión preventiva, no hay medida sustitutiva que neutralicen los peligros procesales.

Por otra parte el defensor Fabian Gabalachis, refiere al breve lapso del suceso, no se opone a la apertura de investigación y agrega que hay individuos que viene hostigando a mi defendido. Adelanta como materia probatoria, las numerosas denuncias contra estas personas. La entrevista de la mujer de Rodríguez y testigos coinciden que esta gente vino armada, ingresó a su domicilio, en el cual se encontraban cuatro de sus hijos. El imputado resistió y reaccionó. La probabilidad de autoría podría estar contrarrestada por una causa de justificación. Además veo razonable que exista una morigeración y solicito el arresto domiciliario con todas las prohibiciones del caso y que el domicilio sea informado al juez en forma reservada en atención a algún temor de que sigan las represalias de este grupo. También solicito que intervenga al cuerpo médico forense para que examine a Rodríguez y constate que las lesiones que ha sufrido son en relación a un arma blanca. El MPF, no descarta la legítima defensa o exceso, lo cierto es que hay un homicidio. El defensor Gabalachis comparte las medidas de investigación, pero con menor impacto sobre su defendido.