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Prisión preventiva

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La jueza nacional Daniella Camacho está a cargo de una causa titulada «Sobornos 2012-2016» y afirmó que la detención será «legal, constitucional y convencional». El ex mandatario ecuatoriano vive en Bélgica desde julio de 2017

La justicia ecuatoriana ordenó este jueves prisión preventiva para el ex presidente Rafael Correa por su presunta implicación en un caso de sobornos orquestados con sus copartidarios para la adjudicación de contratos con el Estado.

La jueza nacional Daniella Camacho pidió esa medida cautelar ratificando así la solicitud que el miércoles hizo la fiscal general del Estado, Diana Salazar, y teniendo en cuenta, dijo, que la prisión será «legal, constitucional y convencional» y por tanto «no arbitraria».

Salazar investiga una trama denominada «Sobornos 2012-2016» (antes «Arroz verde»), en la que están presuntamente implicados otros cuatro altos ex colaboradores del Ejecutivo de Correa (2007-2017), a los que también aplicó la misma medida cautelar este jueves.

La Fiscalía sospecha que la indagación arroja luz sobre cerca de una docena de elementos de convicción que apuntan a la comisión de los delitos de cohecho, asociación ilícita y tráfico de influencias, en la supuesta financiación irregular del movimiento político Alianza País (AP) que lideró el ex gobernante hasta 2017.

En el caso del ex presidente, Camacho consideró que la prisión preventiva es procedente ante la imposibilidad de dictar otras medidas idóneas que garanticen su comparecencia ante la justicia, dado que reside en Bélgica desde que abandonó el poder en mayo de 2017.

Y recordó que Correa tiene en su contra una orden de captura por violación de medidas cautelares en el caso de intento de secuestro en Colombia, en 2012, del político opositor Fernando Balda, por lo que justificó la prisión preventiva al no poder asegurar otro medio para que se enfrente a la justicia.

Hasta la fecha, Correa, que tiene más de una docena de expedientes abiertos no ha sido condenado por un tribunal en Ecuador, y se niega a regresar al país porque considera que es víctima de una persecución política por parte de su sucesor, Lenín Moreno, con el que está enemistado desde hace dos años.

En la misma sesión, Camacho aplicó la misma medida cautelar para el ex vicepresidente Jorge Glas, que fue segundo de Correa entre 2013 y 2017 y ese año fue elegido nuevamente en binomio con el actual mandatario ecuatoriano.

Glas se encuentra en prisión desde hace casi dos años cumpliendo una condena de seis años por asociación ilícita en otro caso de la trama Odebrecht, aunque ha recurrido la sentencia y el próximo 11 de septiembre se abrirá el proceso.

Otros vinculados en el caso «Sobornos 2012-2016» son el ex secretario del Agua Walter Solís, y el que fuera secretario de la Administración Vinicio Alvarado, además del antiguo asesor ministerial Yamil Massuh.

A todos ellos aplicó la prisión preventiva, en tanto que la jueza seguía la sesión sobre otros 17 presuntos implicados para los que la Fiscalía solicitó la prohibición de salida del país, la congelación de cuentas bancarias y la prohibición de enajenar bienes, entre otras medidas.

El caso se inició a raíz de la publicación por dos medios digitales locales de una supuesta trama de corrupción acuñada «Arroz Verde» y que analizó la presunta financiación irregular del movimiento político AP cuando era liderado por Correa y que involucraba a varias empresas nacionales e internacionales, entre otras, a la firma brasileña Odebrecht.

 

En un clima tenso, se desarrolló en Rawson la audiencia de apertura de investigación por una denuncia de abuso sexual a una chica de 16 años, ocurrido en 2012 en una vivienda del balneario de Playa Unión.

Cinco jóvenes enfrentaron este viernes en Rawson la audiencia de apertura de investigación por una denuncia de abuso sexual a una chica de 16 años, en 2012 en una vivienda del balneario de Playa Unión, informaron fuentes judiciales.

 

La acusación se hizo pública a través de las redes sociales en enero, pero recién llega a los estrados judiciales ahora porque, al tratarse de un delito de instancia privada, debía contar con la denuncia formal de la supuesta víctima.

La audiencia se realizó a puertas cerradas por ser un delito de instancia privada. Se retiraron rápidamente los abogados defensores, el fiscal y el juez de la causa sin dar declaraciones a la prensa. Se observaron carteles pegados en el exterior y un grupo de mujeres pertenecientes a la Multisectorial feminista aguarda la salida de los imputado, destacó ADN Sur.

Si bien se dictó la apertura de investigación para los acusados, no habrá prisiones preventivas por el momento.

Marcelo Capón, referente de la agrupación explicó: “Venimos a acompañar. Estamos contentos con que se haya dado apertura al juicio, creemos que es importante estamos esperando que haya una prisión preventiva”.

Familiares y amigos de la víctima pegaron carteles afuera de la oficina judicial. Foto: ADNSUR

«Si se citó a la audiencia de apertura de investigación, va de suyo que se instó la acción por un presunto delito contra la identidad sexual» admitió el penalista Fabián Gabalachis, defensor de dos de los acusados, a quienes no identificó por las características del hecho.

Gabalachis señaló que «la fiscalía impuso un marcado silencio» en la causa y explicó que se someterán «a ese principio por el tipo de delito que se ventila, aunque la acusación va en línea con lo que se leyó en las redes sociales».

Familiares y amigos de la víctima pegaron carteles afuera de la oficina judicial. Foto: ADNSUR
Según lo que la joven describió en su cuenta de Facebook, que luego se hizo viral al ser replicado por varios organizaciones feministas bajo el título «la manada de Chubut», los hechos ocurrieron en septiembre de 2012 en Playa Unión, cuando todos los involucrados eran menores de edad.

«Fuimos a una fiesta a la casa de RV y a poco tiempo de llegar perdí la conciencia y es ahí cuando una de mis amigas me encontró en una habitación siendo abusada por un grupo de cuatro varones (EQ, LDV, LM, RV) mientras JP era testigo y TM sostenía la puerta evitando que entre alguien o que pueda salir», contó.

La joven -hoy mayor- asegura que cuando reaccionó «estaba en estado de shock y como estaba desnuda» buscaron su ropa, «que estaba desparramada en la habitación oscura y llena de camas donde sucedió la violación».

«En ese momento -prosigue- el dueño de la casa echó a todo el mundo de la fiesta al grito de que no cuentan nada. Al volver a (Puerto) Madryn tuve un intento de suicidio, me encontraron mi mamá y mi papá y les conté lo que pasó, me llevaron al médico e hicieron el protocolo para la atención integral de la víctima de violencia sexual».

Según la información a la que accedió Télam, de todos los señalados cinco serán parte de la apertura de investigación: TM, LDV, LM, RV y EQ.

Se trata de apellidos muy conocidos de la sociedad chubutense, entre los que se cuentan familiares de un ex gobernador, un ex senador, empresarios e influyentes hombres de negocios.

Por eso «a partir de ese momento empezaron sus intentos de acallarme tanto a mi como a mis amistades (…). Tuve que irme con mi mamá a vivir a otra ciudad, como si hubiera sido responsable de la situación», expuso la joven.

Fuentes judiciales advirtieron que si no hay un pedido de detención comenzará a correr un plazo de seis meses para que se realice la investigación.

«De lo contrario nos vamos a oponer porque si piden prisión preventiva vamos a entrar a valorar prueba y eso ya es otro camino», indicó Gabalachis a Télam.

Se estima que la audiencia contará con algún tipo de cobertura policial en la oficina judicial ubicada en Don Bosco 141 de esta capital, a cargo de la doctora Ana Karina Breckle.

«El tema es asegurar que los pibes entren y salgan, y no va a ser una tarea fácil teniendo en cuenta que pueden haber manifestaciones de protesta», reconoció una fuente.

En la mañana del viernes se desarrolló en sede de los tribunales penales la audiencia de revisión de la prisión preventiva que pesa sobre el imputado Juan Emilio Heredia en base a los delitos de abuso sexual y lesiones agravadas. El fiscal solicitó se mantenga la medida de coerción que viene cumpliendo el imputado por treinta días. En contraparte el defensor pidió su arresto domiciliario.

Presidió el acto Miguel Caviglia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Martín Cárcamo, fiscal general y Cristian Ovalle, funcionario de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Juan Pablo Sulaivan, abogado de confianza del mismo.

En un primer momento el fiscal requirió se mantenga la prisión preventiva del imputado por 30 días ya que se ha avanzado en la investigación. Se ha elaborado un nuevo informe por la psicóloga del Cuerpo Médico Forense. La víctima presenta sintomatología coincidente con la exposición a violencia de género, baja autoestima, problemas de identidad e imagen distorsionada sintiendo incapacidad de poner fin a la relación. Sentimiento de culpa y mucho miedo a raíz de los mensajes de culpabilización recibidos de su agresor. También aislamiento emocional, la víctima siente que está sola y que nadie puede entender lo que le sucede; como trastorno de estrés post-traumático. Nos encontramos ante el delito de “abuso sexual, con acceso carnal, dos hechos en concurso real, con lesiones leves agravadas por el vínculo”, aseguró el fiscal. Persisten los peligros procesales de fuga y entorpecimiento ya que aún restan tomar medidas de prueba; las características graves del hecho en contexto de violencia de género y la pena que se espera como resultado del procedimiento, de 6 a 30 años de prisión. Asimismo el fiscal se refirió a la reiteración delictiva del imputado por procesos pendientes en 4 causas restantes. A los fines de asegurar el proceso resulta indispensable la privación de la libertad del imputado, concluyó el fiscal.

En contraposición el defensor sostuvo que no se han acreditado en la causa las lesiones típicas en la víctima de los ataques sexuales. Para su defendido existió una relación sexual consentida y la víctima luego de la denuncia se desdijo de sus dichos. A su entender existe una clara inconsistencia en la denuncia. Por ello resulta desproporcional y arbitrario mantenerlo privado de su libertad. Concluyendo que no debe proceder la medida de prisión preventiva en virtud que no se configuran los peligros procesales ni de entorpecimiento, ni de fuga, aseguró el defensor. Presentando un Informe Socio-ambiental y solicitando su arresto domiciliario.

Finalmente el juez penal resolvió mantener la prisión preventiva de Heredia por el término de 30 días. Entendiendo la medida como proporcional y razonable al caso. No encontrando fundado el peligro de entorpecimiento pero si el peligro de fuga por la gravedad del hecho y los elementos de convicción suficientes existentes para tenerlo al imputado como probable autor del mismo.

Un hecho ocurrido en el domicilio de un barrio ubicado en el sector oeste de Trelew derivó en la detención de un hombre y una mujer, quienes fueron imputados durante la audiencia de control correspondiente por tentativa de homicidio, de acuerdo a los elementos colectados por el Ministerio Público Fiscal, que estuvo representado por la funcionaria de fiscalía Julieta Gamarra.

En sala de oficina judicial, tercer piso de tribunales, la funcionaria relató que el día 22 del corriente mes cerca de las 18,30, estas personas irrumpieron intempestivamente en una vivienda y atacaron sorpresivamente a su propietario asestándole una puñalada cada uno con armas blancas provocando sendas heridas en el pecho y en la región izquierda del tórax. La víctima debió ser trasladada y fue intervenida quirúrgicamente encontrándose actualmente en sala de cuidados intensivos con lesiones de carácter grave y en estado crítico.

Calificación
La calificación legal esgrimida por la fiscalía es tentativa de homicidio en calidad de coautores, de acuerdo a los artículos 72, 42 y 45 del código penal. Se pidió la apertura de investigación respectiva y a cargo de la misma estará la fiscal general Griselda Encina y la propia doctora Gamarra. Por otra parte, solicitó la prisión preventiva por el término de seis meses, al argumentar sobre la materialidad a propósito de las actuaciones policiales y el secuestro de dos cuchillos con manchas hemáticas, uno de ellos en poder del hombre imputado al llegar los efectivos.

Reafirmó la probabilidad de autoría, contándose con los dichos de uno de los testigos presenciales quien indicó a los dos agresores, como así también la propia víctima que pudo hablar al momento de su traslado señalando a las dos mismas personas como los autores del ataque. Expuso la doctora Gamarra sobre el peligro de fuga, dando cuenta de la gravedad del hecho y también al aludir a la pena en expectativa que como mínimo impone cuatro años de efectivo cumplimiento.

Defensa
A su turno, el defensor Javier Allende expuso que tanto la mujer como el hombre que se imputan no tienen antecedentes penales y rechazó la hipótesis fiscal al asegurar que se trató de una agresión mutua entre dos bandos. En esa línea mencionó que su clienta tenía una lesión grave en la mano y otra en la pierna y enfatizó sobre las estaturas y la dedicación como boxeadores de quienes estaban presentes incluyendo la víctima. Sugirió que se podría tratar la cuestión con una perspectiva de género y hasta llegó a señalar una probable tentativa de violación pero sin dar mayores precisiones.

Resolución
Respecto a esto último la Jueza Ivana González al explayarse en su resolución manifestó que no se puede conjeturar sobre estas cuestiones cuando no existen elementos que pudieran dar cabida a lo referido por el defensor. También expresó que desde el momento que hay personas heridas siguió la situación consultando a los médicos actuantes quienes le refirieron acerca de la lesión en la mano de la mujer calificándola como leve, si bien necesita curaciones diarias. Refirió que por el momento están los testimonios que sindican a las dos personas agresoras ingresando en forma sorpresiva lo que no da mucho espacio a defensa de parte de una persona directamente atacada. Coincidió con el Ministerio Público Fiscal en cuanto a que los elementos hasta este instante darían cuenta de una tentativa de homicidio sin perjuicio de profundizar la investigación.

Resolvió la prisión preventiva por el plazo de dos meses para las dos personas, y accedió a un pedido de la fiscalía para que el cuerpo médico forense verifique las lesiones de la mujer, a la vez que permitió se tengan en cuenta algunos puntos solicitados por la defensa para que se respondan por parte de los peritos médicos.

La Justicia le dictó este domingo dos meses de prisión preventiva al sujeto detenido por el femicidio de la joven de 19 años ocurrido el jueves en Comodoro Rivadavia.

Este domingo por la mañana se realizó en los Tribunales penales del barrio Roca, de Comodoro Rivadavia, la audiencia de control de detención y apertura de investigación por el femicidio de Daniela Fernández Quelca, la joven de 19 años asesinada el jueves pasado.

Al momento, la cusa tiene un solo sospechoso, la ex pareja de la joven, Eduardo Atanacio Pardo. La audiencia estuvo presidida por el juez Matín Cosmaro. Estuvo presente también la fiscal del caso, María Laura Blanco; y la abogada defensora Viviana Barillari.

La fiscal solicitó se autorice la apertura de investigación en contra del imputado y recordó que la víctima, Daniela Fernández Quelca, mantuvo una relación con el imputado Eduardo Atanacio Pardo desde principios de 2016, cuando ambos llegaron desde Bolivia a la ciudad petrolera.

Se expuso que el hombre ejercía violencia física y psicológica sobre la joven, hechos que se tornaban cada vez más graves. Finalmente, cuando la joven tomó la decisión de separarse del violento éste continuó hostigando a la adolescente; detalló en la audiencia la fiscal.

De acuerdo a los investigadores, esta situación continuó hasta el pasado 19 de junio cuando la víctima y el imputado se encontraban en el inquilinato en que residían separados y se produjo una discusión.

La situación llevó a los dos al lugar donde fue hallado el cuerpo de la joven, la calle Ricardo Torá al 2000, donde se cometió el crimen.

Por el momento, la causa fue calificada como “homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido una mujer siendo perpetrado por un hombre mediando violencia de género”.

El Magistrado resolvió finalmente, tras escuchar las posiciones de las partes, dictar la prisión preventiva del sujeto por dos meses la considerar que existen peligros de fuga y de entorpecimiento de la causa, además de establecer la apertura de la investigación por seis meses.

Una larga jornada se desarrolló hoy en relación al caso por el cual Oscar Romero, conocido abogado de nuestra zona, se encuentra cumpliendo medida de coerción tras haber sido imputado por tentativa de homicidio y portación de arma debido a lo ocurrido el 16 de abril de este año en una tapicería ubicada en Irigoyen al 1000 de nuestra ciudad.

En una audiencia iniciada a hora temprana, el abogado imputado recusó al Juez Gustavo Castro al indicar que el nombrado estaba denunciado en la nota de hábeas corpus que había presentado, según explicó por no otorgarle la libertad cuando goza de fueros o de inmunidad al ser considerado conjuez en una causa civil.

A esto se opuso en forma drástica la fiscal general Carolina Marín, explicando que si había sido designado para esa tarea porque no lo tuvo en cuenta al momento de la audiencia de control y ratificó la vigencia del Juez Castro.

El propio magistrado rechazó la recusación, por lo que derivó en la convocatoria a dos jueces que revisaran esta decisión. Sin embargo se pasó a un cuarto intermedio mientras se nombraban a los magistrados, aunque recién después de las 11,30 fueron convocadas las partes, a quienes interiorizaron que una nota del Superior Tribunal daba cuenta que el nombramiento de Romero no era tal por lo que todo volvió a fojas cero, ya que tal cuestión quedaba abstracta para su tratamiento.

Entónces el abogado, nuevamente con la actuación de Gustavo Castro, argumentó sobre sus necesidades laborales llamando la atención sobre las condiciones carcelarias y sus imposibilidades en materia de salud pidiendo la libertad, o en todo caso se le permitan salidas laborales con la utilización de tobillera.

La fiscal Marín volvió a presentar la oposición del Ministerio Público teniendo en cuenta la gravedad del hecho por el que se resolvió la prisión preventiva reafirmando la subsistencia de los riesgos procesales de fuga y entorpecimiento, coincidiendo en esos aspectos el Juez para determinar la continuidad de la prisión preventiva de Oscar Romero, quien deberá permanecer mientras dure la investigación en dependencia policial.

Fue mediante una audiencia de control desarrollada, en horas de este mediodía, en sala de oficina judicial en los tribunales de Trelew,. El Ministerio Público Fiscal, a través dela fiscal general jefa Silvia Pereira y la funcionaria de fiscalía Julieta Gamarra, presentó los hechos e imputó a una persona de 76 años por abuso sexual agravado, solicitando la medida de coerción.

Los hechos que fueron relatados resultan captados por la figura de los artículos 119, primero y último párrafo del código penal, esto es abuso sexual simple agravado por el vínculo, en perjuicio de una menor, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, 119 tercero y cuarto inciso b del código en perjuicio de otra menor, ambos en la modalidad de delito continuado, 55 contrario sensu, en concurso real con abuso sexual simple, cuatro hechos, en perjuicio de una tercera menor, 119 primero y último párrafos y 54 del código penal, todo ello enmarcado en la ley de violencia de género, Ley 26845.

Entre los elementos colectados y presentados por las representantes del Ministerio Público Fiscal se expuso un informe intervención del servicio de asistencia a la víctima del delito, allanamiento y secuestro en el domicilio del imputado, además de la denuncia respectiva, dando cuenta que al momento de los sucesos las tres víctimas, nietas del abusador, eran menores de edad.

Si bien el defensor Lisandro Benítez pidió el arresto domiciliario, a partir de la edad del imputado, el Juez César Zaratiegui acordó con lo expuesto por la fiscalía, dando lugar a las características gravísimas de todo lo sucedido y los riesgos procesales existentes, para resolver la prisión preventiva por el término de cuatro meses, mientras dure la investigación, acerca de lo cuál también determinó su apertura. El imputado por los aberrantes hechos permanecerá en dependencias del centro de detención de esta ciudad.

La Corte Suprema, por unanimidad, desestimó los recursos de queja presentados por la ex presidente Cristina Kirchner y el ex jefe de los espías, Oscar Parrilli, en la causa por el Memorándum con Irán. Con esta decisión, quedó firme la prisión preventiva dictada para ambos y se despejó el camino para que avance el juicio oral, que aún no tiene fecha.

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Corrección Federal había confirmado los procesamientos de, entre otros, Kirchner y Parrilli, encuadrando el hecho en las figuras de estorbo de un acto funcional, abuso de autoridad y encubrimiento agravado.

En la misma resolución, el tribunal confirmó la prisión preventiva impuesta a la ex mandataria, cuya ejecución efectiva se supeditó al resultado del proceso de desafuero requerido por el juez de instrucción. Contra esa decisión, las defensas presentaron recursos de apelación, que fueron declarados inadmisibles por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal por considerar que no se dirigieron contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.

A raíz de ello, interpusieron sendos recursos extraordinarios, cuyos rechazos dieron origen a la intervención de la Corte Suprema.

Así, el máximo tribunal, con la firma de Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, desestimó las quejas por considerar que no se dirigen contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (conforme artículo 14 de la Ley 48).

En tanto, el tribunal oral federal número 8 se encuentra en preparativos del juicio oral. En la causa fueron procesados la ex presidenta, Parrili, el ex secretario de Legal y Técnica de la Presidencia Carlos Zanini, la ex procuradora del Tesoro Angelina Abbona, el ex funcionario del Ministerio de Justicia Juan Mena, el diputado nacional Andrés Larroque, el ex vicecanciller Eduardo Zuain, el dirigente de la comunidad Jorge Khalil, el dirigente social Luis D’Elía, el ex titular de Quebracho Fernando Esteche y el agente de inteligencia Alan Bogado.

El ex canciller Héctor Timerman, que también estaba procesado, falleció el 30 de diciembre.

Tanto el juez Claudio Bonadio como la Cámara Federal entendieron que la firma del memorándum con Irán fue un plan criminal del gobierno de Cristina Kirchner para beneficiar a los iraníes acusados del atentado a la AMIA que tenían pedido de captura internacional. Puntualmente, se buscaba que Interpol diera de baja las detenciones.

La denuncia había sido presentada por el fiscal Alberto Nisman el 14 de enero del 2015. Cuatro días después fue encontrado muerto en su departamento de Puerto Madero. El juez Daniel Rafecas y la Cámara Federal desestimaron la denuncia por entender que no había delito. Pero luego la Cámara Federal de Casación Penal la reabrió y se avanzó con los procesamientos.

Las defensas sostienen que no hubo ningún plan criminal y que el memorándum fue una decisión política que no se puede judicializar y que fue refrendada por el Congreso Nacional. El objetivo era destrabar la causa judicial del atentado a la AMIA que estaba frenada hacía años porque Irán no detenía y extraditaba a los acusados.

Infobae

Celestino Pacheco y Juan Marcelo Carrizo quedaron detenidos. No obstante se consideró ilegal la detención.

Este mediodía se concretó la audiencia de control de detención de Celestino Pacheco (34) y Juan Marcelo Carrizo (35), ambos quedaron con prisión preventiva por un plazo de dos meses. Así lo definió la jueza Daniela Arcuri.

En tanto, tras la exposición de la fiscalía representada por Andre Rubio y Laura Blanco, junto a la exposición de Ariel Quiroga y Mauro Di Taranto se consideraron los incidentes que acompañaron la detención de los sospechosos, procedimiento que implicó algunas denuncias públicas por la irrupción intempestiva en el departamento de uno de los acusados, la juez señaló como ilegal el procedimiento de detención.

Teniendo en cuenta la gravedad del delito que implica atentar contra la policía se considere la privación de la libertad.

 

 

La Cámara de casación rechazó la presentación de la defensa del hijo de Lázaro Báez por «inadmisibilidad del recurso».

La Cámara de Casación Penal confirmó la prisión preventiva de Martín Báez, en el marco de la causa por lavado conocida como «la ruta del dinero K», en la que está acusado junto a su padre.

La Sala IV del tribunal integrado por Gustavo Hornos, Diego Borinsky y Gustavo Carbajo, rechazó la presentación de la defensa por «inadmisibilidad del recurso».

El hijo de Lázaro Báez se encuentra detenido en la cárcel de Ezeiza desde el 7 de enero, por haber transferido 5,5 millones de dólares de cuentas que estaban inhibidas.

En base a un informe de la Unidad de Información Financiera (UIF), el fiscal Abel Córdoba había acreditado un extraño movimiento de más de USD 5 millones en cuentas del exterior.

El funcionario judicial consideró que la maniobra demostró un riesgo de entorpecimiento de la causa y por eso pidió que sea encarcelado, algo que fue aceptado por unanimidad por el tribunal.

«Entendemos a esta altura que aquellas medidas cautelares oportunamente adoptadas no han sido suficientes, ello por cuanto a la fecha se han verificado nuevos hechos que denotan actos de entorpecimiento», coincidieron los jueces Adriana Palliotti, Néstor Guillermo Costabel y María López Iñiguez.

infobae