Lo aclaró el asesor general de Gobierno, Jorge Echelini, quien además es autor de la Ley de Partidos Políticos en Chubut. “El único que puede legislar sobre partidos políticos es la Provincia del Chubut y rige para todos los partidos a nivel provincial y municipal”, explicó.
El asesor general de Gobierno y autor de la Ley de Partidos Políticos en Chubut en la que se incluyó la aplicación de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), Jorge Echelini, dijo que “no hay incompatibilidad entre la Carta Orgánica y la ley de partidos políticos y tampoco es necesaria la adhesión de los municipios”.
En contacto con el programa Actualidad 2.0, de Radio del Mar de Comodoro Rivadavia, detalló que la que rige es “una Ley de Partidos Políticos, por lo que no tiene carácter electoral por más que tenga disposiciones electorales. El único que puede legislar sobre partidos políticos es la provincia de Chubut y rige para todos los partidos a nivel provincial y municipal”.
En declaraciones que fueron reproducidas por el sitio ADNSur, de Comodoro, Echelini mencionó que “no se eligen candidatos sino precandidatos” por lo que “no se presenta una incompatibilidad de una postulación a doble cargo -tal como mencionó el intendente Néstor Di Pierro- porque se postula a ser candidato a un cargo”.
Y explicó que lo que se elige “es una interna partidaria abierta para todo el mundo”, por lo que la adhesión de los municipios “no es a las PASO sino a la fecha que se convoca para llamar a elecciones. Cualquier municipio podrá adherir o no, o poner otra fecha”.
“Hasta ahora todos piensan en las PASO como un sistema electoral que integra las leyes electorales, que es lo que está en debate en el Superior Tribunal de Justicia a través del planteo del ChuSoTo (Chubut Somos Todos). Nosotros entendemos que es una Ley de Partidos Políticos, por lo que no tiene carácter electoral por más que tenga disposiciones electorales. El único que puede legislar sobre partidos políticos es la Provincia del Chubut y rige para todos los partidos a nivel provincial y municipal”, agregó.
Sostuvo que la ley “no tiene que ver con lo electoral” por lo que no hace falta que adhieran. “No se eligen candidatos sino precandidatos. No se presenta una incompatibilidad de una postulación a doble cargo porque se postula a ser candidato a un cargo”, explicó.
“Como es una precandidatura, cuando viene la elección general ahí si se aplica Código Electoral y no más la Ley de Partidos Políticos”, comparó el asesor general del Gobierno.
Sostuvo que “no hay que confundir electoral con ley de partidos políticos que es otra cosa”.
“Lo que se elige acá es una interna partidaria abierta para todo el mundo”, enfatizó Echelini y amplió: “Se debería aplicar como tal, por eso la adhesión de los municipios no es a las PASO sino a la fecha que se convoca para llamar a elecciones. Cualquier municipio podrá adherir o no, o poner otra fecha”.
“Todos los partidos de la provincia se deben constituir en base a esta ley de partidos políticos. Establece cómo se eligen los candidatos de cada partido para una elección general, nada más que eso”, concluyó.