A lo largo de toda la mañana del jueves se desarrolló en los tribunales penales ordinarios la jornada de alegatos en el juicio por el homicidio del empresario de la carne Orlando Jurado, acontecido el pasado 10 de febrero de 2017, que tiene como imputados a Mauricio Fleitas y Diego Aguirre. La fiscal solicitó se declare a ambos imputados penalmente responsables como autor y participe del delito de “homicidio en ocasión de robo”. La querella del delito de “homicidio criminis causae”; en tanto que ambas defensas requirieron la absolución de sus pupilos.
La fiscal en su alegato sostuvo que ha quedado acreditado a lo largo del debate tanto la materialidad como la autoría del hecho acontecido el pasado 10 de febrero de 2017, cuando siendo las 23.15 hs. aproximadamente, Mauricio Fleitas, Diego Aguirre junto a otra persona más, aun no identificada, se hacen presentes en el domicilio de la víctima sobre calle Colonos Vascos y Cayelli. Aguirre que conducía un automóvil VW Bora, color gris, se baja y marca la casa de la víctima. Mientras que Fleitas y uno de sus acompañantes, aún no identificado, ingresan a la propiedad por los techos. Estos últimos forcejean con Jurado en la puerta de su domicilio, la víctima recibe un golpe con un hierro y Fleitas efectúa dos disparos, uno de ellos impacta sobre el cuerpo de la víctima quitándole la vida. Uno de los disparos ingresa por los pulmones provocándole su muerte por shock hipovolémico. Inmediatamente huyen a bordo del automóvil Bora, donde los esperaba Aguirre y otra persona que oficiaba de campana.
El móvil fue obtener dinero abonado por un cliente a Jurado, con claras intenciones de apoderarse del mismo. Aguirre marca el domicilio y los autores vieron interrumpido su plan. Fleitas disparó con un arma de fuego 11,25 . 23 y produce el deceso casi inmediato de Jurado por shock hipovolémico irreversible. La autoría quedó acreditada con la declaración del gomero que dijo ver la noche del hecho dos personas subir a un Bora gris, con llantas de aleación, vidrios polarizados y sin la patente delantera. La fiscal aludió al dermonitrotest positivo de pólvora en ambas manos a Fleitas a las pocas horas del hecho. El Bora estaba en condiciones de circular, aseguró Banfi. Existen indicios objetivos en las antenas que captan los teléfonos en la noche del hecho; y también indicio de oportunidad ya que sabían que la víctima había cobrado dinero efectivo ese día. Por lo cual la fiscal solicitó se declare a ambos imputados penalmente responsables como autor a Fleitas y participe necesario a Aguirre del delito de “homicidio en ocasión de robo”. Por último solicitó al tribunal no descarte la figura de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.
Seguidamente la querella solicitó al tribunal se declare penalmente responsable a Fleitas como autor de “homicidio criminis causae” y a Aguirre como partícipe necesario del mismo delito. Ha quedado acreditado a lo largo del debate la materialidad, la muerte de Jurado, como la autoría del hecho en cabeza ambos imputados. Refiriéndose a las contradicciones de los testigos de la defensa. Era un robo planeado, pero algo no salió bien. Fleitas disparó a los fines de procurar la impunidad para él y para terceros, concluyó.
Por su parte las defensoras de Fleitas plantearon su absolución ya que el dermonitrotest es un indicio de presunción y orientativo y la imagen con el presunto arma no es categóricamente real. Respecto del móvil, no hubo motivo, Fleitas no sabía de qué manera cobraba Jurado. No estaba en el lugar del hecho, no hay un grado de certeza que la etapa de juicio requiere para un veredicto de condena. La única conducta que hay es contra la vida, no hay móvil de robo; entonces el procurar la impunidad no tiene sustento en los hechos, sostuvieron las defensoras. Solicitando su absolución y subsidiariamente se lo declare responsable de homicidio simple.
A continuación la defensora de Aguirre también planteó su absolución y subsidiariamente se lo condene pero por homicidio simple. No discute la materialidad pero si la autoría del mismo. El automóvil secuestrado al ser peritado estaba sin carga de batería, fallaba el arranque y la bomba hidráulica. Entonces no podemos hablar que se escaparon, encienden y suben al auto para huir. Mi asistido no tenía manera de saber cuánto dinero Jurado iba a recibir. “No necesitaba robarle o matarlo, porque ya lo había matado económicamente, le había quitado muchos clientes”. La noche del hecho Aguirre entre las 21.30 y las 23.20 estuvo en su casa y luego fue a km. 5 a guardar el camión.
Finalmente el tribunal resolvió que dará a conocer el veredicto de responsabilidad penal el próximo 24 de mayo, a las 12.00 hs.
Presidió el acto Gladys Olavarría, quién junto a Mariel Suárez y Mónica García, juezas penales integraron el tribunal de debate; por el Ministerio Público Fiscal asistió Camila Banfi, fiscal general. Por la querella Karina Jurado; la defensa de Fleitas fue ejercida por Cristina Sadino y Viviana Barillari, defensoras públicas; en tanto que la de Aguirre fue llevada por Alicia Dramesino, abogada particular del mismo. Asimismo familiares de la víctima fueron asistidas por una profesional del SAVD.