El máximo tribunal penal del país confirmó las penas perpetuas para los represores Jorge Magnacco, Víctor Olivera y los pilotos Ángel Malacalza y Eduardo Lance. Los jueces definieron a la ESMA como un «centro de exterminio» y destacaron el rol del Equipo de Antropología Forense para probar los vuelos. Un fallo que enfrenta al negacionismo y reafirma la memoria.
La justicia argentina dio un nuevo y contundente paso en la lucha contra la impunidad. La Cámara Federal de Casación Penal, el máximo tribunal penal del país, confirmó este jueves las condenas por delitos de lesa humanidad cometidos en la ESMA y Campo de Mayo, ratificó las prisiones perpetuas por los «Vuelos de la muerte» y destacó el carácter de «centros de exterminio» de esos ámbitos.
En fallos de la Sala II, el tribunal rechazó los recursos de las defensas y ratificó las condenas contra Jorge Luis Magnacco y Víctor Roberto Olivera, así como las penas perpetuas para los pilotos Ángel Delsis Malacalza y Eduardo José María Lance.
ESMA: un paradigma concentracionario y de exterminio
En la causa ESMA, el juez Alejandro W. Slokar sostuvo el «paradigma concentracionario» y definió a ese centro clandestino como un espacio de exterminio, con prácticas de deshumanización sistemática sobre los detenidos. Sus votos fueron acompañados por Daniel Antonio Petrone y Gustavo M. Hornos.
La sentencia remarcó el rol de Magnacco como médico vinculado a la maternidad clandestina y el Hospital Naval, y señaló que el encierro de mujeres embarazadas constituyó una forma extrema de violencia de género dentro del plan de apropiación de niños. También se confirmó la condena de Olivera por la detención ilegal de una madre y su hija bajo la modalidad de «libertad vigilada» tras su paso por la ESMA.
Vuelos de la muerte: de la sospecha a la certeza
En el caso de Campo de Mayo, con votos de Slokar, Ángela E. Ledesma y Guillermo J. Yacobucci, se puso de relieve la mecánica de los «Vuelos de la muerte» como herramienta de exterminio, en la que prisioneros eran arrojados al mar o a ríos desde aeronaves.
La resolución destacó la importancia de los hallazgos del Equipo Argentino de Antropología Forense para reconstruir el funcionamiento del dispositivo represivo y probar las desapariciones. El fallo describió que los cuerpos hallados en costas bonaerenses permitieron convertir «la sospecha en certeza» sobre estas prácticas y subrayó la dificultad probatoria al no haber sobrevivientes directos de los vuelos.
Asimismo, se estableció que Malacalza y Lance tenían dominio funcional sobre las operaciones represivas desde el Batallón de Aviación 601, lo que fundamentó sus responsabilidades penales.
Preservar la memoria y enfrentar el negacionismo
La sentencia también advirtió sobre la necesidad de preservar los sitios de memoria y el material probatorio, y alertó sobre el impacto de medidas que podrían afectar organismos encargados de su resguardo. En un contexto donde el negacionismo busca ganar espacio, el tribunal afirmó que el reconocimiento judicial de estos hechos constituye una forma de «memoria ejercida».
«Frente al negacionismo, la justicia reafirma la obligación del Estado de garantizar verdad, justicia y no repetición», sostuvieron los magistrados en su fallo, enviando un mensaje claro a la sociedad y a quienes intentan relativizar los crímenes de la dictadura.
Un fallo que hace historia
Las condenas confirmadas por Casación se suman a una larga lista de fallos ejemplares en la causa ESMA, considerada la «megacausa» más emblemática del país por la cantidad de víctimas y la jerarquía de los represores involucrados. La ESMA funcionó como el mayor centro clandestino de detención y exterminio de la dictadura, por donde pasaron miles de desaparecidos.
El rol de Magnacco como médico militar en la maternidad clandestina fue particularmente siniestro: se comprobó su participación en el robo de bebés nacidos en cautiverio, una de las prácticas más aberrantes del terrorismo de Estado. La confirmación de su condena perpetua cierra un capítulo más en la búsqueda de justicia para las víctimas y sus familias.




