Presidió el acto Gladys Olavarría, quién junto a Mariel Suárez y Mónica García, juezas penales conformaron el tribunal; por el Ministerio Público Fiscal asistió Camila Banfi, fiscal general. Por la querella Karina Jurado; la defensa de Fleitas fue ejercida por Cristina Sadino y Viviana Barillari, defensoras públicas; en tanto que la de Aguirre fue ejercida por Alicia Dramesino, abogada particular del mismo.
La fiscal en su alegato inicial sostuvo que va a probar a lo largo del debate el ilícito acontecido el pasado 10 de febrero de 2017, cuando siendo las 23.15 hs. aproximadamente, Mauricio Fleitas, Diego Aguirre junto a dos personas más, aun no identificadas, se hacen presentes en el domicilio de la víctima sobre calle Colonos Vascos y Cayelli. Aguirre que conducía un automóvil VW Bora, color gris, se baja y marca la casa de la víctima. Mientras que Fleitas y uno de sus acompañantes, aún no identificado, ingresan a la propiedad por los techos. Estos últimos forcejean con Jurado en la puerta de su domicilio, la víctima recibe un golpe con un hierro y Fleitas efectúa dos disparos, uno de ellos impacta sobre el cuerpo de la víctima quitándole la vida. Uno de los disparos ingresa por los pulmones provocándole su muerte por shock hipovolémico. Inmediatamente huyen a bordo del automóvil Bora, donde los esperaba Aguirre y otra persona que oficiaba de campana. Calificando legalmente el hecho como “homicidio en ocasión de robo”, en calidad de autor para Fleitas, y de partícipe necesario para Aguirre.
Por su parte la querella coincidió con la fiscal en cuanto a la prueba y el relato del hecho pero postuló la figura de “homicidio criminis causae” y subsidiariamente “homicidio en ocasión de robo”; ya que a su entender “hay prueba fehaciente para acreditar que el homicidio se produce en aras de procurar la impunidad de los encartados”.
La defensa de Fleitas mencionó que la acusación privada es extemporánea ya que fue presentada fuera de término”. Afirmó que la evidencia de la causa arroja un resultado disímil. Le realizaron el dermonitrotest a mi asistido estando demorado, no en el marco de esta causa, sin la intervención de la defensa. En las condiciones en las que se le tomó dicha prueba se vulneraron sus garantías constitucionales de derecho a defensa y de tener un juicio justo. Esto no puede ser un indicio de certeza para fundar una condena, argumentó la defensora, por lo cual se impone su absolución”
En igual sentido se expresó la defensora de Aguirre sosteniendo que “mi asistido no tiene relación alguna con el hecho, ni se trata de su automóvil. La noche del hecho Aguirre llega de trabajar, y luego se traslada a la zona Norte a guardar el camión, acompañado por su padre. Postulando también su absolución del caso.
El primer testigo fue un oficial de servicio que la noche del hecho solicitan presencia policial por un robo en calle Cayelli y cuando llega la lugar ya había dos auxiliares de la justicia. Una persona a los gritos y un compañero sosteniendo a una persona grave herida. Vecinas escucharon personas saltando en el techo y disparos. Otro vecino dijo ver subirse tres personas a un VW Bora color gris.
El segundo testigo fue un suboficial que esa noche recuerda que llega al lugar y había una persona ensangrentada, tirada en el piso. Un vecino menciona la presencia de un Bora gris supuestamente implicado en el robo. Inmediatamente se hizo presente personal de Criminalística, el Jefe de Comisaría y el fiscal Juan Carlos Caperochipi, recordó.
Otro testimonio fue el de un Cabo que fue uno de los primeros en llegar al lugar del hecho y memoró que la víctima se encontraba como arrodillado entre el protón de acceso y la puerta de entrada a la vivienda. No presentaba signos vitales.