Tres jueces coincidieron ayer en sus argumentos al momento de resolver la prisión preventiva por el término de 25 días para Juan Carlos Migues que el jueves pasado en horas de la madrugada en estado de ebriedad fue protagonista de un accidente al colisionar el automóvil que conducía con una motocicleta con el saldo del fallecimiento de su conductor. El accidente se produjo ese día pasada la una de la madrugada en el acceso a Rawson por la Ruta 25, sobre la avenida Libertad.
Las resoluciones primero del juez Marcelo Orlando y luego de los jueces Sergio Piñeda y José García, se adoptaron tras la realización de dos audiencias que tuvieron como escenario la Oficina Judicial de la ciudad de Rawson. De esta manera Migues continuará con la prisión que tras el accidente dispuso el fiscal general Osvaldo Heiber, debido a que el análisis de sangre determinó que el consumo de alcohol previo a la colisión excedía largamente al permitido legalmente para conducir vehículos.
Mientras dure ese tiempo de prisión preventiva, el Ministerio Público Fiscal deberá avanzar en la investigación, especialmente en lo relacionado con la pericia de “accidentología vial”, el análisis de las cámaras de seguridad en la esquina de la colisión y la secuencia del semáforo existente en la esquina de la colisión. En principio la teoría del Ministerio Público Fiscal indicaría que con su auto Migues cruzó el semáforo en rojo, provocando la colisión con el resultado de la muerte de Juan Carlos Santa Cruz. El defensor del imputado puso en duda esta circunstancia y según su teoría de los hechos, quien habría pasado el semáforo en rojo a excesiva velocidad y sin casco protector, habría sido el conductor de la moto.
El fiscal general Heiber había postulado seis meses de prisión preventiva, plazo de investigación hasta la audiencia preliminar del juicio oral y público. Cominetti solicitó la libertad de Migues con el compromiso de presentarse periódicamente en la Oficina Judicial o en tal caso el arresto domiciliario, argumentando su arraigo en la ciudad de Rawson que impediría toda idea de fuga de la zona. Esta postura fue rechazada en la primera audiencia por el juez Orlando al disponer 25 días de prisión preventiva, resolución que en la segunda audiencia fue convalidada por los jueces García y Piñeda.
El hecho está caratulado como “homicidio culposo doblemente agravado” que prevé penas de prisión de efectivo cumplimiento.