La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la distribución y la comercialización de un medicamento.
La disposición 7872/2018, que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, indica que se trata del producto rotulado de la siguiente manera: «Artrofin, no espere más, póngale fin al dolor, cápsulas x 16, Ext. Seco: HarpagophytumPhytolacca, Farm. Sandra N. Amezua Ruiz M.N. 11413».
La medida se adoptó «a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado toda vez que se trata de un medicamento sin autorización y que resulta peligroso para la salud», indica el texto oficial.
«Independientemente del resultado que puedan arrojar los futuros análisis físico-químicos, el producto en cuestión debe ser clasificado como un medicamento sin registro, toda vez que su rótulo describe una marca comercial ‘Artrofin’ y dichos que hacen referencia a propiedades terapéuticas ‘póngale fin al dolor'», subraya la norma.