El Código Electoral Nacional (CEN) prevé en su artículo 125 las sanciones para aquellas personas que no emitan su voto y que la inasistencia no sea justiciada.
Según indicó la Jefatura de Policía de la Provincia, en Trelew 249 personas justificaron su inasistencia por tener residencia a más de 500 kilómetros.
Por su parte, en las localidades de Gaiman, Dolavon y 28 de Julio, sumaron 45 ciudadanos que hicieron el mismo trámite.
En Las Plumas y El Mirasol fueron 11 las presentaciones, mismo número que en Paso de Indios y Los Altares.
Todas estas justificaciones se hicieron en las comisarias locales.
Las multas por no ir a votar llegan hasta $ 500
«Se impondrá multa de $ 50 a $ 500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años de edad que dejara de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección», precisa el artículo 125 del CEN.
Además, en aquellos casos donde un elector no asista a votar y no justifique su votación, figurará en el Registro de Infractores y «no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección».
Sanciones económicas mas duras
El artículo 128 bis del Código Nacional Electoral, fija las sanciones para los actos de proselitismo, publicación de encuestas y proyecciones.
«Se impondrá multa entre $ 10.000 y $ 100.000 a toda persona física o jurídica que violara las prohibiciones impuestas por el artículo 71 en sus incisos ‘fï y ‘hï de la ley», puntualiza el Código.
El artículo 71 inciso «f» prohíbe realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.
En tanto que el inciso «h» detalla la prohibición de publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
ELChubut