Puerto Madryn

Colegio de Abogados de Puerto Madryn fijó una firme posición al anteproyecto de reforma de los códigos procesales no penales

El Colegio de Abogados de la ciudad de Puerto Madryn presentó a la Comisión de Reforma Procesal Civil y Comercial, de Familia, Laboral y Contencioso Administrativo un extenso documento donde afirman que, de aprobarse esta iniciativa propiciada por el Superior Tribunal de Justicia y el Poder Ejecutivo provincial, no mejorarán las condiciones del servicio de justicia. Por el contrario, los abogados sostienen que ellos empeorarán sustancialmente, generando a los chubutenses una grave inseguridad jurídica al contrariar las previsiones contenidas en los pactos internacionales y la Constitución nacional y provincial, desechando el aprovechamiento de largos años de doctrina y evolución jurisprudencial local en sintonía con la jurisdicción federal.

Se trata de una propuesta de cambio sustancial de la legislación procesal que resulta incompatible con el ordenamiento jurídico, no responde a la tradición jurídica argentina, tanto jurisprudencial como doctrinal, ni a la enseñanza del derecho y estudio de grado de las Ciencias Jurídicas.

El Colegio de Abogados de Puerto Madryn expresó no estar en desacuerdo con la reforma de las leyes procesales, necesaria para adecuarlas a la nueva legislación civil y comercial, de modo de hacerla compatible y útil al derecho sustancial, tampoco con la presencia física de los magistrados en las audiencias, ya establecida como obligatoria por la Ley procesal actual, ni con técnica de la oralidad, ya que la materialización del lenguaje humano a través de la palabra hablada, es la forma de comunicación más antigua del ser humano.

Sin embargo, para el éxito de la técnica de la oralidad se requiere una dotación de recursos humanos y de infraestructura muy altos, que en el contexto económico actual que afecta a la provincia, así como las carencias presupuestarias y desinversión del Poder Judicial, destinará al fracaso todo proyecto que pretenda implementar la oralidad en las causas civiles.

PMY

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