La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles a través del Boletín Oficial varios alimentos que infringían normas alimentarias.
En primer lugar, el organismo prohibió la comercialización de los productos rotulados como «empanada de carne libre de gluten» y «prepizza libre de gluten» de la marca Ruca Umel, por una muestra que, luego de ser analizada, determinó que dichos alimentos -específicamente los detallados en el artículo 1° citado debajo- no cumplían con el artículo 1383 del Código Alimentario Argentino (CAA) por poseer el valor del contenido de gluten superior al máximo permitido.
El artículo 1° de la disposición 9261, dice: «Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: «Empanada de carne libre de gluten», marca RUCA UMEL, RNPA N° 16010514, fecha de envasado 7/09/19, fecha de vencimiento 7/12/19 y «Prepizza libre de gluten» RNPA N° 16-010524, marca RUCA UMEL, fecha de envasado 6/9/19, fecha de vencimiento 06/12/2019, RNE 16001071, elaborados por: Zazzini Carla M y Zazzini M Antonella Soc. CAP, sito en Av. Pioneros 4962 – local 1, San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, por las razones expuestas en el considerando».
Asimismo, la ANMAT prohibió varios alimentos a base de almendras por dos motivos diferentes: en un caso, porque no se había consignado en el rótulo del producto la declaración de alérgenos de acuerdo a la normativa vigente; en otros casos, porque los alimentos carecían de autorización de producto.
Los artículos 1° y 2° de la disposición 9269 detallan los alimentos prohibidos. «Artículo 1°: Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: «Alimento de almendras tipo yogur con cereales – Alimento vegetal a base de almendras», RNPA Expte. N° 2019-29594392 y RNPA N° 2906- 16846/19, elaborado por Lógica Natural SRL, RNE N° 02- 035165, Virrey Vertiz 874, Villa Adelina, San Isidro, provincia de Buenos Aires, por no consignar en su rótulo la declaración de alérgenos de acuerdo a la normativa vigente, por las razones expuestas en el Considerando. Se adjunta imagen del rótulo del producto detallado en el ANEXO I que, registrado con el número IF-2019- 93574520-APN-DERA#ANMAT, forma parte integrante de la presente Disposición».
El artículo 2°, agrega: «Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: «Provoleta de almendras y castañas – Alimento vegetal a base de almendras y castañas, tipo provoleta»; «Hebras sabor mozzarella – Alimento vegetal a base de almendras y castañas, en hebras, sabor mozzarella»; «Untable de almendras – Pasta a base de almendras, untable»; «Untable de almendras sabor cheddar – Pasta a base de almendras, untable, sabor cheddar»; «Pasta de garbanzos – Pasta de garbanzos, hummus»; «Alfajor de dulce de almendras con cobertura de chocolate» , elaborado por Lógica Natural SRL, RNE N° 02- 035165, Virrey Vertiz 874, Villa Adelina, San Isidro, provincia de Buenos Aires, por carecer de autorizaciones de producto, por las razones expuestas en el Considerando. Se adjunta las imagenes de los rótulos de los productos detallados en el ANEXO II que, registrado con el número IF2019-93576620-APN-DERA#ANMAT, forma parte integrante de la presente Disposición», informó Diario ADNSUR.