Chubut

Audiencia de control y apertura por resistencia a la autoridad

Cerca del mediodía de hoy jueves se llevó adelante mediante videoconferencia la audiencia de control de detención y apertura de la investigación preparatoria que tiene como imputado a Jesús Caruso.

Presidió el acto jurídico Mariel Suárez, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Facundo Oribones, funcionario de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Ariel Quiroga, abogado de la Defensa Pública.

En la audiencia el representante de fiscalía requirió se declare legal su detención, se le formalice el hecho en base a la calificación legal provisoria de “resistencia a la autoridad” y se dicte su arresto domiciliario.

Por su parte el defensor pidió no se le formalice el hecho, se rechace su arresto domiciliario y se dicte su libertad.

En un primer momento el funcionario de fiscalía solicitó se formalice el ilícito acontecido el pasado 17 de junio, a las 19 horas aproximadamente, cuando personal de la Brigada de Investigaciones se hacen presentes en el domicilio de la calle Francisco Jordan, en km. 14, para concretar una diligencia de allanamiento, registro domiciliario, personal y de automotor ordenado por la jueza Daniela Arcuri. A 100 mts. del domicilio advierten que un vehículo Ford Kinetic se alejaba de la vivienda, conducido por Caruso, lo interceptan identificándose, pero el imputado hizo caso omiso y comenzó a alejarse en reversa impactando otros vehículos de vecinos estacionados en la vía pública. Luego el imputado es detenido. Calificando provisoriamente el hecho como “resistencia a la autoridad”, en calidad de “autor” para Caruso.

Seguidamente Oribones solicitó se declare legal la detención del imputado ya que la misma fue realizada en flagrante delito; y asimismo el plazo de 6 meses para concluir con la investigación.

Cabe destacar, que el imputado tiene 21 casos en trámite, tres de ellos judicializados y 18 en etapa de investigación preparatoria, en su mayoría por lesiones, amenazas y desobediencia judicial; y gozaba de una medida sustitutiva de prohibición de acercamiento a la víctima. Siendo portador de una tobillera electrónica para su control.

Evidentemente las medidas sustitutivas que se le han dictado en los distintos Legajos de investigación no han abastecido la cautela de los mismos, afirmó el funcionario de fiscalía. Por lo cual solicitó su arresto domiciliario por el término de dos meses.

En contraposición el defensor se refirió a la declaración de su pupilo quién sostuvo que “una camioneta se le cruzó delante de su auto y que se baja una persona y le apunta con un arma sin identificarse como personal policial”, diciendo que la misma “resulta verosímil”.

Asimismo sostuvo que “si existió resistencia, la misma estaba justificada”. Pidiendo que no se formalice el hecho en su contra y cuestionando la medida de coerción requerida por el representante de fiscalía ya que no existe peligro de fuga porque su pupilo posee una tobillera electrónica. Solicitando su libertad y se rechace su arresto domiciliario.

Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal su detención ya que la misma fue realizada en flagrancia; y asimismo dio por formalizado el hecho en contra de Caruso, por el hecho y la calificación legal esgrimida por el funcionario de fiscalía.

Dándolo por anoticiado del mismo y por asegurada su defensa técnica. Coincidiendo con el defensor en que no existe peligro de fuga, ni de entorpecimiento ya que el imputado tiene una tobillera electrónica, lo cual restringe su libertad. Por lo cual dictó su libertad una vez concluida la audiencia.

 

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