Chubut

Audiencia de revisión de la preventiva por el homicidio del pescador Gustavo Fozziano

En la fecha se concretó mediante el formato de videoconferencia la audiencia de revisión de la prisión preventiva que pesa sobre los condenados Nicolás Núñez y Fabián Hernández en relación al homicidio del pescador Gustavo Fozziano.

El tribunal de revisión fue conformado por los jueces Mariano Nicosia y Mariel Suárez; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Adrián Cabral, fiscal general; la defensa de los imputados fue ejercida por Cristina Sadino y Lilian Borquez defensoras públicas.

En un primer momento el fiscal recordó que los coimputados se encuentran condenados en segunda instancia por un hecho ocurrido el pasado 22 de abril de 2018 donde resultó la muerte de Gustavo Fozziano. El 24 de abril de 2018 se llevó a cabo la audiencia de apertura y control por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de autor para Núñez y de partícipe necesario para Hernández. En septiembre de 2019 se llevó a cabo el juicio oral y público donde el tribunal los condenó como autores; posteriormente se llevó a cabo una audiencia de impugnación ordinaria en marzo de 2020 confirmando el tribunal de Cámara la pena de 14 años de prisión para Núñez y de Hernández modificó la pena impuesta en primera instancia a 19 años y 8 meses de prisión. Persiste a la fecha el peligro de fuga en ambos, ya que poseen una condena y el doble conforme, la confirmación de un tribunal de segunda instancia. No han variado las condiciones por las cuales se les dictó la prisión preventiva, la gravedad del hecho y el monto de la pena, y a los fines de la aplicación de la Ley penal, solicitando se mantenga la prisión preventiva para ambos condenados, hasta que la sentencia quede firme.

Por la defensa de Núñez, Dra. Sadino en virtud de los peligros procesales existentes, no encuentra argumento legal para oponerse al mantenimiento de la situación de detención de su pupilo.

La defensa de Hernández, Dra. Borquez, impugnó la sentencia de la Cámara Penal ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia y ha sido admitida. Diciente con la fiscalía en que el estado de inocencia es un estado absoluto hasta que la sentencia quede firme. Sin embargo no han variado los peligros procesales por los cuales se le dictó la medida a Hernández por lo cual no formuló objeción a ello.

Finalmente el tribunal de revisión resolvió por unanimidad mantener la prisión preventiva de ambos condenados hasta que la sentencia quede firme, ya que no se ha controvertido lo que propuso el fiscal, de mantener la prisión preventiva de Núñez y Hernández. Tampoco han variado las circunstancias por las cuales se les dictó la prisión preventiva a ambos.

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