El Concejo Deliberante modificó la ordenanza de uso del tapabocas, luego de la confusión que se originó por declaraciones contradictorias de los funcionarios sobre el tema.
Los concejales de Comodoro Rivadavia determinaron que será decisión de cada ciudadano utilizar o no el barbijo o tapaboca dentro del vehículo, pero sí establecen que es obligatorio usarlo en caso que se detenga en un control de autoridades de seguridad.
En la última sesión del Concejo Deliberante llevada a cabo el jueves, se modificó la Ordenanza Nº15064 sobre el uso obligatorio del tapabocas en espacios públicos, luego de la confusión que se originó por declaraciones contradictorias de los funcionarios sobre el uso del mismo dentro de los vehículos. Mientras algunas autoridades expresaron públicamente que se multaría a quienes no lleven barbijo adentro del auto, otros dijeron que no era obligatorio su uso en estas circunstancias, por lo que finalmente los ediles decidieron dejarlo en claro en la ordenanza para evitar mayores confusiones en la comunidad.
Uso del tapaboca
La ordenanza establece que es obligatorio utilizar protección en boca, nariz y mentón para circular en la vía pública, en el transporte público y en espacios cerrados tales como locales comerciales, farmacias, bancos, estaciones de servicio, instituciones públicas, entre otros.
Quedan exceptuados de usarlo niños menores de 2 años, aquellas personas que sufran de afecciones respiratorias, y cualquier persona que esté incapacitada para sacarse el cobertor sin ayuda.
A partir de ahora está establecido que el uso de barbijo dentro del vehículo queda a criterio de cada vecino, aunque sí será obligatorio colocárselo cuando se detenga en algún control de las autoridades de seguridad.
Quienes no cumplan con la medida podrán ser sancionados con multas económicas, que van desde los $5.000 a los $50.000